TEXTO PAGINA: 36
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G34/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de enero de 2004 SEGURIDAD CIUDADANA JUSTIFICACIÓN USO Clasificación determinada por el uso del servicio de vigilancia pública y protección civil y atención de emergencias en procura de la seguridad ciu- dadana. VALOR Valor del predio, como criterio "conjunto" para racionalizar el costo del servicio de seguridad ciu- dadana. UBICACIÓN Sector A, B y C (Determina la frecuencia del ser- vicio por Sectores). Artículo 6º.- RENDIMIENTO DE LOS ARBITRIOS El monto recaudado por los arbitrios regulados en la presente Ordenanza constituye renta de la MunicipalidadDistrital de Barranco. El rendimiento de los mencionados arbitrios será desti- nado exclusivamente a financiar el costo de los servicios de limpieza pública, parques y jardines y seguridad ciuda-dana. Artículo 7º.- OBLIGACIÓN CONTRIBUTIVA Los propietarios de los predios, en calidad de contribu- yentes están en la obligación de pagar los arbitrios regula- dos en la presente Ordenanza, así se encuentren desocu-pados o cuando cedan el uso a un tercero bajo cualquiertítulo o modalidad. Excepcionalmente cuando no sea posible identificar al propietario, la calidad de contribuyente la asumirá el po- seedor del predio. Los conductores de Kioscos y módulos reconocidos y autorizados por la Municipalidad de Barranco, que ocupanla vía pública, tienen la calidad de contribuyentes del arbi-trio de Limpieza Pública y Seguridad Ciudadana, por serusuarios de dicho servicio. Artículo 8º.- NACIMIENTO Y FIN DE LA OBLIGACIÓN La obligación al pago de los arbitrios es mensual y se configura el primer día hábil de cada mes. Cuando se efectúe cualquier transferencia de dominio la obligación tributaria para el nuevo propietario, nace a partirdel primer día del mes siguiente de ocurrida la transferen- cia, correspondiendo al transferente efectuar el pago hasta el mes de ocurrida la transferencia. Artículo 9º.- INAFECTACIONES Se encuentran inafectos a los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana los predios de propiedad de: a) La Municipalidad de Barranco, siempre que el uso de sus predios no esté cedido contractualmente o bajo cual-quier otra modalidad, en cuyo caso el pago de las obliga-ciones recaerá en los que hayan contratado o pactado con ella. b) Los gobiernos extranjeros, en condición de recipro- cidad, siempre que los predios de su propiedad se desti-nen a residencia de sus representantes diplomáticos, o alfuncionamiento de oficinas dependientes de sus embaja-das, delegaciones o consulados. c) El cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. d) Entidades religiosas reconocidas por el Estado, que destinen sus predios a templos, conventos, monasterios. e) La Policía Nacional del Perú, cuyos predios estén destinados a Comisaría del distrito. f) Organizaciones políticas inscritas en el Registro Na- cional del Jurado Nacional de Elecciones. Artículo 10º.- EXONERACIONES Se encuentran exonerados del 50% del pago de arbi- trios: a) Los contribuyentes que gocen del Beneficio de Deducción del Impuesto Predial establecidos en el Artí-culo 19º del Decreto Legislativo Nº 776, modificado me-diante Ley Nº 26952. Asimismo, se encuentran exoneradas de la totalidad del tributo a pagar las personas que se encuentren en estado de necesidad precaria, previo informe social de la Geren- cia de Desarrollo Humano. Las exoneraciones genéricas de tributos otorgados o que se otorguen no comprenden a los arbitrios reguladosen la presente ordenanza. El otorgamiento de exoneracio- nes deberá ser expreso. Artículo 11º.- IMPORTES DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SEGU-RIDAD CIUDADANA Apruébese los importes de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana parael ejercicio 2004, fijados en los Anexos I, II y III que formanparte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 12º.- PERIODICIDAD Y RECAUDACIÓN Los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, son de periodicidad y recaudaciónmensual. Artículo 13º.- VENCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN La obligación de pago de las cuotas vence el último día hábil de cada mes. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde Distrital, para que me- diante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones comple- mentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Segunda.- Concédase como incentivo por el pago ade- lantado de los tributos municipales del ejercicio 2004, losdescuentos siguientes: a.- Descuento del 10% en el pago del monto insoluto de los Arbitrios (Limpieza Pública, Parques y Jardines y Se-guridad Ciudadana), a los contribuyentes que hasta el 28de febrero del 2004, cancelen el pago total del ImpuestoPredial y Arbitrios Municipales 2004. b.- Descuento del 5% en el pago del monto insoluto de los Arbitrios a los contribuyentes que hasta el 28 de febre- ro del 2004, cancelen el pago total del Arbitrios Municipa-les 2004. c.- Descuento del 5% en el pago del monto insoluto de los Arbitrios a los contribuyentes que hasta el 28 de febre-ro del 2004, cancelen dos trimestres del Impuesto Predial y un semestre de Arbitrios Municipales. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde ANEXO I CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCION DEL COSTO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA 1.- CASA HABITACIÓN ÁREA CONSTRUIDA DE LAZONA A ZONA B ZONA C PROPIEDAD MONTO MONTO MONTO MENSUAL MENSUAL MENSUAL Hasta 25 m2 8.00 6.50 4.50 Más de 25 m2 hasta 50 m2 10.50 8.00 5.50 Más de 50 m2 hasta 75 m2 12.50 10.00 7.00 Más de 75 m2 hasta 100 m2 14.50 12.00 8.50 Más de 100 m2 hasta 125 m2 18.50 14.00 10.00 Más de 125 m2 hasta 150 m2 22.00 16.00 11.50 Más de 150 m2 hasta 175 m2 25.00 19.50 13.00 Más de 175 m2 hasta 200 m2 28.00 22.00 14.50 Más de 200 m2 hasta 225 m2 31.00 23.25 16.00 Más de 225 m2 hasta 250 m2 34.00 25.50 17.50 Más de 250 m2 hasta 400 m2 37.00 27.75 19.00 Más de 400 m2 hasta 600 m2 40.00 30.00 20.50 Más de 600 m2 hasta 800 m2 43.00 32.25 22.00 Más de 800 m2 hasta 1000 m2 46.00 34.50 23.50 Más de 1000 m2 hasta 1200 m2 49.00 36.75 25.00 Más de 1200 m2 hasta 1400 m2 52.00 39.00 26.50 Más de 1400 m2 hasta 2200 m2 56.00 42.00 28.00 Más de 2200 m2 112.00 84.00 29.50