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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G35/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 27 de enero de 2004 financiamiento. El procedimiento señalado se empleará tam- bién para el caso de las addendas que amplíen la vigencia,modifiquen o añadan metas no contempladas originalmen-te; Estando a lo informado por la Oficina de Programación y Presupuesto Público de la Oficina General de Adminis- tración y de la Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estratégico, mediante el Informe Técnico Nº 002-2004-PRODUCE/OGA-OPPP e Informe Nº 01-2004-PRODUCE/OGDPE, respectivamente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y el Artículo 18º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Addenda al Convenio suscrito entre el Ministerio de la Producción y el Programa de lasNaciones Unidas para el Desarrollo - PNUD para la ejecu-ción del Programa "Implementación y modernización insti-tucional del Ministerio de la Producción". Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 01582 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G20/G43/G49/G42/G45/G52/G54/G45/G43/G20/G63/G61/G6C/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61 /G6F/G70/G65/G72/G61/G72/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G6E/G6F/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G54/G65/G63/G2D/G6E/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 001-2004-PRODUCE/VMI Lima, 23 de enero del 2004 VISTO: El escrito con registro Nº IN-01575003 del 16 de di- ciembre de 2003, presentado por CIBERTEC, median- te el cual solicita la calificación para operar como Cen- tro de Innovación Tecnológica a denominarse CITECIBERTEC. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27267 - Ley de Centros de Innova- ción Tecnológica -, modificada por Ley Nº 27890, y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2000-ITINCI, establecen los lineamientos para la crea-ción, desarrollo y gestión de los Centros de InnovaciónTecnológica, con la finalidad de promover la innovación, la calidad y la productividad, para el desarrollo competitivo de las diferentes etapas de producción dela industria nacional; Que, los artículos 28º al 32º del Reglamento de la Ley de Centros de Innovación Tecnológica, aprobado por De-creto Supremo Nº 027-2000-ITINCI, contemplan los requi- sitos y procedimientos que deben cumplir las personas ju- rídicas de derecho privado interesadas en operar comoCentros de Innovación Tecnológica; Que, el recurrente ha cumplido con acreditar los requi- sitos del caso y ha obtenido evaluación técnica favorable; Que, el Viceministro de Industria del Ministerio de la Producción constituye la Autoridad Competente para efec- tos de otorgar la calificación para operar como Centro deInnovación Tecnológica; De acuerdo con el Informe Nº 003-2004-PRODUCE- VMI/DNI-DC del 8 de enero de 2004, de la Direcciónde Competitividad de la Dirección Nacional de Indus- tria; De conformidad con la Ley Nº 27267, modificada por Ley Nº 27890, el Decreto Supremo Nº 027-2000-ITINCI,el Texto Único de Procedimientos Administrativos apro-bado por Decreto Supremo Nº 009-2002-ITINCI, el De- creto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, los incisos k) y m) del artículo 13º, Primera Disposición Complementariay Segunda Disposición Final del Reglamento de Organi-zación y Funciones del Ministerio de la Producción, apro-bado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y mo-dificatoria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar a CIBERTEC, la calificación para operar como Centro de Innovación Tecnológica a de-nominarse CITE CIBERTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ZAMORANO MACCHIAVELLO Viceministro de Industria 01552 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G61/G73/G65/G73/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/GED/G61/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G6C/G74/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 010-2004-TR Lima, 23 de enero de 2004 VISTO: El Memorándum Nº 042-2003-MTPE/SG, de fecha 23 de enero de 2003, de la Secretaría Generaldel Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II (F-5) de la Asesoría Técnica de la Alta Dirección del Ministeriode Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en tal sentido, es necesario emitir el acto admi- nistrativo mediante el cual se designa al funcionario quedesempeñará dicho cargo; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regu- la la participación del Poder Ejecutivo en el nombramien-to y designación de funcionarios públicos; y el literal d) del Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Desígnase, a partir de la fecha, al doctor CARLOS HERMOZA SEMINARIO, en el cargode Asesor II (F-5) de la Asesoría Técnica de la AltaDirección del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN DE DIOS RAMÍREZ CANCHARI Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 01556