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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2004 (27/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G35/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 27 de enero de 2004 Artículo 5º.- Sustitúyase el inciso b) del artículo 84º del Reglamento, por el siguiente texto: "b) Los contribuyentes que en el ejercicio gravable an- terior no hubieran tenido actividades o hubieran determi-nado su Impuesto de acuerdo al Nuevo Régimen Único Simplificado o Régimen Especial del Impuesto, efectuarán sus pagos a cuenta de acuerdo a lo previsto en el inciso b)del artículo 85º de la Ley". Artículo 6º.- Deróguense los artículos 76º y 85º del Reglamento. Artículo 7º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Única.- En tanto se dicte la Resolución de Superinten- dencia a que se refiere el artículo 124º de la Ley, en el Registro de Ventas que los sujetos del Régimen Especialdel Impuesto se encuentran obligados a llevar, se deberánanotar todos los ingresos que constituyan rentas de terce-ra categoría. Las operaciones en moneda extranjera se contabiliza- rán en moneda nacional convirtiéndolas al tipo de cambio promedio ponderado venta publicado por la Superinten-dencia de Banca y Seguros vigente a la fecha de la ope-ración. En los días en que no se publique el tipo de cam-bio referido, se utilizará el último publicado. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 01634 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G79/G20/G63/G61/G72/G61/G63/G74/G65/G72/GED/G73/G74/G69/G63/G61/G73/G20/G61/G64/G69/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G63/G6F/G6C/G6F/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G42/G6F/G6E/G6F/G73/G20/G53/G6F/G62/G65/G72/G61/G6E/G6F/G73/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G6D/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G6F/G2C/G20/G61/G20 /G74/G72/G61/G76/GE9/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G6F/G73/G20/G73/G75/G62/G61/G73/G74/G61/G73 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 002-2004-EF/75.01 Lima, 26 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 28130, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fis-cal 2004, el Decreto Supremo Nº 015-2004-EF autorizó la emisión de Bonos Soberanos hasta por la suma de S/. 1 950 000 000,00 (UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTAMILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 015-2004-EF y en el Regla-mento de Emisiones y Colocaciones de Bonos Sobera- nos en el Mercado Interno, aprobado por Decreto Su- premo Nº 006-2004-EF, las características adicionalesde los bonos serán determinadas por la Dirección Ge-neral de Crédito Público, a través de una Resolución Di-rectoral; Que, es necesario aprobar el monto y las característi- cas adicionales de la primera colocación de Bonos Sobe- ranos a ser realizada en el mes de enero, a través de dossubastas; en la primera se reabrirá la serie de los bonosdenominados Bonos Soberanos 09JUL2008, emitidos bajoel Decreto Supremo Nº 079-2003-EF y Resolución Direc-toral Nº 009-2003-EF/75.01, y en la segunda se subastará la serie nueva de bonos denominados Bonos Soberanos 30ENE2014; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28130 y en el Decreto Supremo Nº 015-2004-EF;SE RESUELVE: Artículo 1º.- La primera colocación a ser realizada en el marco de lo dispuesto en el Artículo 1º del DecretoSupremo Nº 015-2004-EF, será hasta por la suma de S/. 150 000 000,00 (Ciento Cincuenta Millones y 00/100 Nue- vos Soles), la cual será efectuada en dos subastas, la pri- mera hasta por S/. 70 000 000,00 (Setenta Millones y 00/100 Nuevos Soles) y la segunda hasta por S/. 80 000 000,00(Ochenta Millones y 00/100 Nuevos Soles). En el caso que sea necesario realizar la segunda vuel- ta a que se refiere el literal b) del numeral 3 del Reglamen- to de la Emisión y Colocación de Bonos Soberanos en el Mercado Interno, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2004-EF, el monto autorizado en el párrafo anterior podráincrementarse en los porcentajes señalados en dicho re-glamento. Artículo 2º.- Las características adicionales de la co- locación a que se refiere el artículo precedente serán las siguientes: - Emisor : La República del Perú - Moneda : Nuevos Soles - Valor nominal de cada bono : S/. 1 000,00 (Mil y 00/100 Nuevos Soles)- Mecanismo de colocación : Subasta a través del sistema DATATEC- Participantes de la subasta : Los Creadores de Mercado y Aspirantes a Creadores de Mercado designados por Resolución Ministerial Nº 005-2004-EF/75 - Modalidad de subasta : Holandesa - Negociabilidad : Libremente negociables- Representación : Mediante anotación en cuenta en el regis- tro contable de CAVALI ICLV S.A. - Pago del principal e intereses : A través de CAVALI ICLV S.A. Los pagos se realizarán según los crono-gramas que se describen en el Anexo 1incluido en la presente Resolución Direc-toral. De los bonos a ser colocados en la primera subasta: - Denominación : Bonos Soberanos 09JUL2008 - Código ISIN : PEP01000CO43 - Nemónico : SB09JUL08- Fecha de vencimiento : 09 de julio de 2008 - Monto de colocación : Hasta S/. 70 000 000,00 (Setenta Millones y 00/100 Nuevos Soles) - Tasa de interés : 9,47% nominal anual fija- Cupón semestral : S/. 47,35 - Redención : Al vencimiento se cancelará el íntegro del capital. - Fecha de subasta : 28 de enero de 2004 - Fecha de liquidación : 29 de enero de 2004- Variable a subastar : Precio del bono El precio a subastar no incluirá los intere-ses corridos generados por cada bono. - Monto a pagar : El monto a pagar por el inversionista que resulte adjudicatario en la subasta, será el precio del bono fijado en la subasta máslos intereses corridos generados por cadabono adjudicado. - Intereses corridos : Los intereses devengados por los Bonos Soberanos 9.JUL.2008 en 20 días, del período comprendido entre el 9 de enero de 2004 y el 29 de enero de 2004 ascien-den a S/. 5,20. - Monto en Circulación : Actualmente están en circulación 261 000 unidades del bono que se reabre. De los bonos a ser colocados en segunda subasta: - Denominación : Bonos Soberanos 30ENE2014 - Emisión : Bonos bajo el concepto de Valor Adquisi- tivo Constante (VAC) - Plazo : Diez (10) años - Fecha de emisión : 30 de enero de 2004 - Fecha de vencimiento : 30 de enero de 2014- Monto de colocación : Hasta S/. 80 000 000,00 (Ochenta Millo- nes y 00/100 Nuevos Soles) - Fecha de subasta : 29 de enero de 2004- Fecha de liquidación : 30 de enero de 2004 - Variable a subastar : Tasa de interés nominal anual - Precio de colocación : A la par- Pago de intereses : Será establecido por la unidad responsa- ble tomando como referencia la metodolo-gía descrita en el Anexo 2 de la presen-te Resolución Directoral.