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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2004 (30/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G39/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de enero de 2004 MUNICIPALIDAD DE COMAS FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 109-C/MC Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 109-C/MC, publica- da en nuestra edición del día 28 de enero de 2004. Cuadro de Infracciones y Sanciones del Reglamento de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores de la Municipalidad de Comas C. INFRACCIONES DE LOS VEHÍCULOS NO AUTO- RIZADOS DICE: C-02 Por reincidencia a la infracción C-01 ..................................... 1.00 % UIT DEBE DECIR: C-02 Por reincidencia a la infracción C-01 ..................................... 1.00 UIT 01996 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G2D /G72/G69/G7A/G61/G72/G6F/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G61 /G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G63/G75/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G63/G6F/G62/G72/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G63/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G2D/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G6C/G65/G66/G6F/G6E/GED/G61/G20/G79/G20/G6F/G74/G72/G61/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2004-AC-MDMM Magdalena del Mar, 16 de enero de 2004EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MAR VISTO: El Informe Nº 05-2004/GM-MDMM de fecha 14 de ene- ro de 2004, de la Gerencia Municipal, que precisa los al-cances y contenido del Acuerdo de Concejo Nº 058-2003- AC-MDMM, que aprobó la exoneración del proceso de se- lección correspondiente a la contratación de los serviciosde una persona natural o jurídica especializada en temas de recuperación y ejecución de cobranzas coactivas, para que preste el asesoramiento debido a la Municipalidad deMagdalena del Mar, bajo la modalidad de servicios perso- nalísimos; CONSIDERANDO: Que, corresponde a las Municipalidades asumir las com- petencias y ejercer las funciones que les confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, de conformidad con el artículo 19º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es legalmente válido disponer, por excepción, la contrata-ción de servicios por la causal de servicios personalísi- mos, cumpliendo las formalidades exigidas por ley; Que, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 058-2003-AC- MDMM, se aprobó la exoneración del proceso de selec- ción correspondiente para la contratación de los servicios de una persona natural o jurídica especializada en temasde recuperación y ejecución de cobranzas coactivas, para que preste el asesoramiento debido a la Municipalidad de Magdalena del Mar, bajo la modalidad de servicios perso-nalísimos; Que, el referido Informe Nº 05-2004/GM-MDMM de la Gerencia Municipal, señala que por Acuerdo de Concejodebe precisarse, entre otros, la persona jurídica que reali- zará el servicio indicado; Que, a través del Informe Nº 001-2003-CE-SP-MDMM de fecha 18 de diciembre de 2003 el Comité Especial lue- go de efectuada la evaluación correspondiente, determina que la empresa Gálvez Monteagudo & Abogados S.C.R.L.reúne las características solicitadas para el servicio de consultoría especializada en temas de recaudación y eje- cución de cobranza coactivas a favor de la MunicipalidadVEHICULOS MENORES- Al Conductor CODIGO INFRACCION SANCION MEDIDA JUNTO UIT CON LA MULTA REINCIDENCIA (12 MESES) B-1 Transferir la credencial de conductor 0.03 Suspe nsión de 3 meses B-2 Prestar servicio sin estar afiliado a una persona jurídica o Transportador autorizado con permiso de operación 0.05 D.O.M. B-3 Estar afiliado a una persona jurídica no autorizada por la Municipalidad 0.04 B-4 Realizar el servicio en vías de alta velocidad en las aceras o vías no autorizadas. 0.05 B-5 Por trasladar un pasajero en el asiento a lado del conductor (6:00 a 19:00 horas). 0.02 B-6 Poner en riesgo la seguridad física de los pasajeros. 0.005 B-7 Prestar el servicio con vehículo en mal estado de conservación (sucios, deteriorados, etc) 0.005 Suspensión 2 días B-8 Agredir en forma verbal al Inspector Municipal. 0.01 Suspensión temporal B-9 Agredir físicamente al Inspector Municipal 0.05 D.O.M. Suspensión definitiva B-10 Fugarse ante el requerimiento del Inspector Municipal 0.05 D.O.M. B-11 Prestar el servicio en vehiculos sin cobertor (máscara ) y/o sin parabrisas. 0.02 B-12 Prestar servicio sin las condiciones mínimas de higiene y aseo personal. 0.005 B-13 Prestar servicio en vehículo con chasis, toldera o asiento deteriorado o sucio 0.01 B-14 No haber obtenido la Credencial de Conductor 0.05 D.O.M. B-15 No portar credencial de Conductor 0.02 B-16 Prestar servicio en vehículo con Razón Social o Logotipo no autorizado o que pertenece a otro Persona Jurídica 0.03 D.O.M B-17 Recoger pasajeros de un paradero que no le corresponde. 0.03 B-18 Prestar servicio en vehículo autorizado sin sticker vehicular. 0.01 B-19 Por no portar el car né de seguridad y educación vial. 0.02 B-20 No cancelar las infr acciones y multas después de vencido el plazo. D.O.M. B-21 Recoger pasajeros a menos de 40 metros lineales de un paradero autorizado 0.02 B-22 Por no haber obtenido el Carné de educación y seguridad Vial. 0.05 B-23 Prestar servicio sin haber obtenido el sticker vehicular. 0.05 D.O.M. 01881