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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (04/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 101

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G33/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 4 de febrero de 2004 Que, mediante Informe Nº 013-2004-UR/MDP de fe- cha 21 de enero del 2004, emitido por la Unidad de Ren- tas, se formula requerimiento para contratar los servi- cios de una persona natural o jurídica especializada en la realización de programas de fiscalización tributa- ria, Asesoría, Procuraduría y Cobranza para la recupe- ración de deuda tributaria y no tributaria que permita incrementar las rentas municipales; Que, mediante el Informe Nº 05-2004-MDRG, de fe- cha 21 de enero del 2004, emitido por el Asesor Legal de la Municipalidad, respecto al requerimiento formula- do por la Unidad de Rentas, opina por que se acceda a lo propuesto por la Unidad antes referida, disponiendo que se realicen las acciones pertinentes conforme al Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante el D.S.Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado mediante el D.S.Nº 013-2004-PCM, recomendando que se contrate los servicios personalísimos de una persona natural o jurídica que se encargue de lo señalado en el conside- rando precedente, precisando que esta modalidad de contratación se debe ejecutar a lo que dispone el artí- culo 111º del D.S.Nº 013-2001-PCM; Que, el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, prescribe que se encuentran exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Públi- co o Adjudicación Directa los servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, según el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se encuentran exonerados de los procesos de selección los contratos de locación de servicios celebrados con personas naturales o jurídicas, cuando para dicha con- tratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus ca- racterísticas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesión, ciencia ,arte u ofi- cio, debiendo evaluarse objetivamente las característi- cas o habilidades del locador en función de la naturale- za de las prestaciones; Que, de la evaluación efectuada, la Empresa J. J. & W. S. R. Ltda. es una empresa inscrita en el Libro de Sociedades Comerciales de los Registros Públicos de Lima, con la ficha Nº 125370, con RUC Nº 20299323286, con licencia de Funcionamiento Nº 00348-96 y con do- micilio legal en la Calle Saturno Nº 141 - distrito de Surco - Lima, altamente especializada en la ejecución de programas de fiscalización tributaria, en la presta- ción de servicios de Asesoría, Procuraduría y Cobran- za de deuda Tributaria y no Tributaria, servicios que hace constar ha brindado a distintas Municipalidades del país; Que, la Municipalidad como contraprestación de los servicios que brindará la Empresa cancelará el veinti- cinco por ciento (25%) más el Impuesto General a las Ventas - IGV, del total recuperado y depositado en la Tesorería de la Municipalidad o en las cuentas corrien- tes que la entidad edil mantiene en las entidades ban- carias; Que, en el presente caso se cumplen con las exi- gencias contenidas en el artículo 113º del citado regla- mento para la exoneración del concurso público, la que debe ser aprobada por el Concejo Municipal según lo precisa el inciso c) del artículo 20º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se establece que las contrataciones a que se refiere el artículo 19º se realizarán mediante un pro- ceso de adjudicación de menor cuantía y deberán ser aprobados mediante Acuerdo de Concejo, el cual debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano y copia de él junto con el informe que lo sustenta, deberá remitir- se a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su apro- bación; De conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime del Concejo Municipal, con dispensa del trámite de lectura del Acta, de conformidad con lo es- tablecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; SE ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del pro- ceso de selección de concurso púb lico, para la adqui- sición de los servicios para la ejecución de progra- mas de fiscalización tributaria y no tributaria a los prin- cipales contribuyentes, asesoría, procuraduría y co- branza. Artículo Segundo.- Autorizar la contratación de la Empresa J.J. & W S.R.Ltda., bajo la modalidad de ser- vicios personalísimos, encargando a la Dirección Mu- nicipal la implementación del proceso de adjudicación de menor cuantía que permita la respectiva contrata- ción. Artículo Tercero.- Apruébese en calidad de contra- prestación por los servicios personalísimos que brinde la empresa, el pago del 25 % de los ingresos que re- caude más el Impuesto General a las Ventas - IGV. Artículo Cuarto.- Encargar a la oficina de Secreta- ría General la notificación del presente acuerdo de Con- cejo a la Contraloría General de la República, así como la publicación del mismo en el Diario Oficial El Perua- no. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.TITO H. HUAMÁN LÓPEZ Alcalde 02235 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS - CAÑETE /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G2C/G20/G61/G73/G65/G73/G6F/G72/GED/G61/G2C/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G75/G72/GED/G61/G20/G79/G6F/G74/G72/G6F/G73/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2004-MDSL-C San Luis, 19 de enero del 2004VISTO:En sesión Ordinaria Pública de Concejo Municipal de fecha 16 de enero del 2004, el Informe Nº 001-2004/AL- MDSLC del Despacho de Alcaldía, el Informe Nº 005-2004/ DTO-MDSLC del departamento de Obras Públicas, el In- forme Nº 001-2004-AR/MDSLC del área de Rentas, el In- forme Nº 001-2004-AL/MDSLC Asesoría Legal, acumula- dos por guardar relación sobre la contratación de servicios personalísimos para la fiscalización tributaria y adminis- trativa; y, CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 001-2004 de la Dirección de Rentas, se formula requerimiento para contratar los servi- cios de una persona natural o jurídica especializada en Fis- calización, Asesoría, Procuraduría y Cobranza para la re- cuperación de deuda tributaria y no tributaria que permita incrementar las rentas municipales; sobre los grandes con- tribuyentes, en especial de las instalaciones que de las empresas viene operando a la fecha en el distrito; Que el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado, aprobada por D.S. Nº 012-2001-PCM se- ñala en su artículo 19º que están exonerados de los proce- sos de Licitación Pública o Concurso Público o Adjudica- ción Directa, según sea el caso, las adquisiciones o con- trataciones que se realicen: h) para servicios personalísi- mos, de acuerdo a lo que establezca el reglamento; Que, mediante Informe Nº 001-2004-UAL-MD, de la Asesoría Legal respecto al requerimiento formulado por lo Dirección de Rentas, opina por que se accede a ello, disponiendo que se realicen las acciones pertinentes conforme al Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y adquisiciones del estado y su Reglamento; señalando respecto a los servicios Personalísimos que