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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G33/G35/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 4 de febrero de 2004 ción Política del Perú y el Decreto Ley Nº 17537, y con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 27972, el Concejo Municipal con dispensa del trá- mite de lectura, por mayoría aprobó el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público Municipal, interponer la demanda de Nulidad del Acta de Compromiso de fecha 15.5.2002, y de la Resolución de Alcaldía Nº 1558-2002-AL/MDSMP del 24.6.2002, que aprueba la acotada Acta de Compromiso. Artículo Segundo.- Encargar a la Procuraduría Muni- cipal, informar respecto a las acciones que se han de im- plementar, así como el estado de los mismos. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 02282 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G78/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G2D/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G6F/G73/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ACUERDO DE CONCEJO Nº 011-2004 San Martín de Porres, 30 de enero del 2004 Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Memorando Nº 32-04-PPM/MDSMP, del Procurador Pú- blico Municipal, quien solicita autorización para interponer las acciones judiciales correspondientes contra los funcio- narios de esta Comuna que resultaron responsables en el Informe Especial Nº 001-2003-02-2170 emitido por el Ór- gano de Control Institucional que tiene carácter de prueba preconstituida; CONSIDERANDO: Que, el artículo 29º de la Ley Nº 27972 dispone que la representación y defensa de los intereses y derechos de las municipalidades en juicio, se ejercitan a través del ór- gano de defensa judicial conforme a ley, el cual está a car- go de procuradores públicos municipales y el personal de apoyo que requiera; Que, el artículo 9º inciso 23) de la acotada Ley Orgáni- ca de Municipalidades dispone que son atribuciones del Concejo Municipal, autorizar al procurador público munici- pal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse pro- cesos judiciales contra los funcionarios, servidores o ter- ceros respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal; así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes. Que, el Concejo Mu- nicipal, en cumplimiento de sus obligaciones establecidas taxativamente en la Ley Nº 27972, está facultado a tomar decisiones en salvaguarda de los intereses de la población y la Institución Municipal; Que, en el Informe Especial Nº 001-2003-02-2170 so- bre presuntas irregularidades y sobrevaluación en la Ad- quisición de Unidades de Transporte y apropiación de di- nero de los fondos provenientes de la Cobranza Coactiva a la Empresa Telefónica del Perú, por los ex funcionarios del Ejercicio 2002 de la Municipalidad de San Martín de Po- rres, se ha detectado responsabilidad penal a los ex fun- cionarios Eduardo Sandoval Bravo, Faustino Albines Co- beñas, Ricardo Burga Álvarez, Miguel de la Cruz Tuya, Pedro Zapata Chávez, Jorge B. Rodríguez Gálvez, Gladis Violeta Ugaz Vera como presuntos autores de los delitos contra la Administración Pública en la modalidad de retar- do de actos oficiales, peculado, y contra la fe pública, en agravio de la Municipalidad Distrital de San Martín de Po- rres, cuando los referidos ex funcionarios ostentaban los cargos de Director de Administración, Jefe de la Unidad de Tesorería, Director Municipal, Alcalde (e), Jefe de la Uni- dad de Logística, y Jefe de la División de Maestranza, yAlcaldesa respectivamente; Que, estando a lo dispuesto por el literal f) del Artículo 15º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacio- nal de Control y de la Contraloría General de la República, es atribución del Sistema emitir, como resultado de las ac- ciones de control efectuadas, los informes respectivos con el debido sustento técnico y legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrati- vas y/o legales que sean recomendadas en dichos Infor- mes, motivo por el cual resulta necesario autorizar al Pro- curador Público Municipal, para que interponga las accio- nes judiciales que correspondan; Estando a lo informado por la Gerencia de Asesoría Jurídica en el Informe Nº 128-2004-GAJ/MDSMP, de con- formidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Consti- tución Política del Perú y el Decreto Ley Nº 17537, y con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 27972, el Concejo Municipal con dispensa del trámite de lectura, se aprobó por mayoría el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público Municipal, a iniciar y seguir las acciones legales corres- pondientes, contra los ex funcionarios Eduardo Sandoval Bravo, Faustino Albines Cobeñas, Ricardo Burga Álvarez, Miguel de la Cruz Tuya, Pedro Zapata Chávez, Jorge B. Rodríguez Gálvez, Gladis Violeta Ugaz Vera y los que re- sulten responsables, como autores de los delitos contra la Administración Pública en la modalidad de retardo de ac- tos oficiales, peculado, contra la fe pública, y otros en agra- vio de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres. Artículo Segundo.- Encargar a la Procuraduría Muni- cipal, informar respecto a las acciones que se han de im- plementar, así como el estado de los mismos. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 02283 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6C/GED/G6D/G69/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G50/G6F/G62/G6C/G61/G64/G6F/G20/G64/G65 /G49/G6E/G66/G61/G6E/G74/G61/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-2004 San Martín de Porres, 30 de enero del 2004 Visto: en Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha; el Expediente C.0630-2004, del 27.1.2004, presentado por el Comité de Gestión Pro Creación Municipal del Centro Poblado de Infantas, perteneciente a la jurisdicción de San Martín de Porres, quienes solicitan opinión favorable para constituirse en Centro Poblado y los Informes de las Ge- rencias de Planificación y Presupuesto Nº 015-2004, de Desarrollo Urbano Presupuesto Nº 016-2004-MDSMP- GDU, y de Asesoría Jurídica Informe Legal Nº 134-2004- GAJ/MDSMP; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Es- tado, señala que las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia como lo establece el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 129º inciso 4) de la Ley Nº 27972 dis- pone que para la creación de municipalidades de centros poblados se requiere que "exista opinión favorable del Con- cejo Municipal Distrital, sustentada en informes de las ge- rencias de planificación y presupuesto, de desarrollo urba- no y de asesoría jurídica o sus equivalentes, de la munici- palidad distrital respectiva; Que, mediante Decreto Ley Nº 11369 del 22.5.1950 se crea en la provincia de Lima el Distrito Obrero Industrial "27 de Octubre", hoy San Martín de Porres, conformado por los veinticinco centros poblados comprendidos entre el Puente del Ejército, la carretera Panamericana, el río Chi- llón y el océano Pacífico;