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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G33/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 4 de febrero de 2004 Que, al crearse el distrito de "Los Olivos" por Ley Nº 25017 del 7.4.1989, cuyos límites por el Este son la autopista a Ancón o autopista Panamericana Norte, y el eje del jirón San Bernardo, y luego hacia el sur por la antigua carretera Panamericana Norte o Av. Gerardo Unger, estos límites crean la Zona Especial aislada denominada de Infantas; sin embargo esta población viene pa- gando sus tributos a esta Municipalidad, así como se les viene prestando los servicios municipales conforme a ley; Los habitantes de esta zona se han constituido en Co- mité de Gestión, Pro Creación Municipal del Centro Pobla- do de Infantas, y que tienen necesidad de servicios locales y su eventual sostenimiento, permitiendo además definir los problemas limítrofes del distrito; Estando a lo Informado por la Gerencia de Planificación y Presupuesto en su Informe Nº 015-2004, de Desarrollo Urbano en su Informe Nº 016-2004-MDSMP-GDU, y de Asesoría Jurídica en su Informe Legal Nº 134-2004-GAJ/ MDSMP, y de conformidad con el artículo 9º inciso 19) de la Ley Nº 27972, y con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y con dispensa del trámite de lectura, el Concejo por mayoría aprobó el siguiente: ACUERDO Artículo Primero.- OTORGAR OPINIÓN FAVORABLE para la creación del Centro Poblado de Infantas. Artículo Segundo.- APROBAR los límites del Centro Poblado de Infantas: Por el Norte :Con el río Chillón. Por el Sur :Con el Jr. San Bernardo Por el Oeste :Con la autopista a Ancón o autopista Panamericana Norte. Por el Este :Con la Av. Gerardo Unger o antigua ca- rretera Panamericana Norte. Artículo Tercero.- Encargar al equipo de planificación que se encargó del proceso de elaboración del "Plan Inte- gral de Desarrollo de San Martín de Porres al 2004", las modificaciones que sean necesarias al Plan Integral. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 02284 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65 /G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6F/G72/G74/G61/G6C/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G61/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G69/G64/G61/G64/G20/G63/G6F/G6E /G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA/G20/G32/G37/G38/G30/G36 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1991-2003-MPI Ilo, 31 de diciembre del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27806 se aprobó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con la finalidad de promover la transparencia de los actos de Es- tado y regular el derecho fundamental del acceso a la in- formación consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Estado; Que, el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM que aprue- ba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en sus artículos 3º y 8º establece la obligación de la máxima autoridad de las entidades públi- cas obligadas a brindar información, de designar al funcio- nario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia y precisa las obligaciones de di- cho funcionario;Que, la misma norma mencionada en el considerando anterior establece que la designación del funcionario o fun- cionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la entidad que será publicada en el Diario Ofi- cial El Peruano y adicionalmente deberá colocarse dicho dispositivo en un lugar visible de la entidad; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Re- glamento aprobado con Decreto Supremo Nº 72-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar al Jefe de la Oficina de Sistemas y Racionalización de la Municipalidad Provincial de Ilo como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27806 - Ley de Transparen- cia y Acceso a la Información Pública. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la notificación de la presente a los interesados. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JORGE A. MENDOZA PÉREZ Alcalde 02259 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F /G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 112-2004-MPI Ilo, 20 de enero de 2004 CONSIDERANDO:Que, los Procesos de Adquisiciones y Contrataciones de los Gobiernos Locales se rigen por las disposiciones establecidas en el Texto Único de la Ley Nº 26850 de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado median- te Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sus Modificatorias, Normas Complementarias y Conexas; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la Entidad establecerá la de- pendencia o dependencias responsables de planificar los procesos de adquisición o contratación, señalando en sus manuales de organización o dispositivo equivalente las acti- vidades que competen a cada cargo, con la finalidad de es- tablecer las responsabilidades que le son inherentes; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la Entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, que debe prever los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requeri- do, el mismo que deberá ser aprobado por el Titular del Plie- go o la máxima autoridad administrativa de la Entidad; Que, el Artículo 5º del Reglamento de la Ley Nº 26850, de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que para la formulación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones , cada una de las dependencias de la Enti- dad determinará según corresponda, sus necesidades de bienes, servicios en general, de consultoría y ejecución de obras, en función de sus respectivas metas, señalando las prioridades, la programación respectiva y un perfil genéri- co de las especificaciones técnicas; Que, el Artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 26850, de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado median- te Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece el conteni- do mínimo del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones,