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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (06/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 13

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G34/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 6 de febrero de 2004 Que, el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre-to Supremo Nº 013-2001-PCM, de fecha 12 de febrero de2001, faculta al Titular del Pliego a designar mediante Re-solución a los funcionarios y dependencias de la Entidadencargados de los diferentes aspectos de las adquisicio-nes y contrataciones, delegándoles los distintos niveles dedecisión y autoridad, bajo responsabilidad, salvo en aque-llos asuntos que, por indicación expresa de dicho Regla-mento, sean indelegables; Que, de acuerdo al artículo 7º del Texto Único Ordena- do de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, de fecha 12 de febrero de 2001, concordantecon el artículo 7º de su Reglamento, el Plan Anual de Ad-quisiciones y Contrataciones será aprobado por el Titulardel Pliego, pudiendo ser delegada dicha aprobación me-diante disposición expresa; Que, según los artículos 7º y 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones puede ser modi-ficado de conformidad con la asignación presupuestal o encaso de reprogramación de metas propuestas, para lo cuallas inclusiones y exclusiones de los procesos de selec-ción deben ser aprobadas por el Titular del Pliego o la máxi-ma autoridad administrativa de la Entidad, según corres-ponda; Que, el artículo 23º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, establece que la Entidad podrá designar un Co-mité Especial Permanente para los casos previstos en elartículo 17º del mismo cuerpo legal; Que, el artículo 37º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado dispone que elabora-das las Bases por el Comité Especial, éste las elevará a laautoridad competente para su aprobación; Que, el artículo 34º del mencionado Texto Único Orde- nado de la Ley Nº 26850 señala que la formalización de lacancelación del proceso deberá realizarse mediante reso-lución del mismo o superior nivel de aquél que dio inicio alexpediente de adquisición o contratación; Que, el artículo 118º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado dispone que los con-tratos serán suscritos por el funcionario que cuente conlas facultades suficientes para ello; Que, el artículo 42º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 concordante con el artículo 135º de suReglamento prescribe que la Entidad, mediante resolu-ción previa del Titular del Pliego o de la máxima autori-dad administrativa, según corresponda, podrá ordenary pagar directamente la ejecución de prestacionesadicionales hasta por el 15% de su monto, siempre quesean indispensables para alcanzar la finalidad del con-trato y se cuente con la asignación presupuestal nece-saria; asimismo, podrá reducir servicios u obras hastapor el mismo porcentaje; Que, de acuerdo con el Principio de Economía estable- cido en el artículo 3º del Reglamento de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, concordante con elPrincipio de Simplicidad establecido en el artículo IV delTítulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del ProcedimientoAdministrativo General, de fecha 10 de abril de 2001, lostrámites establecidos por la autoridad administrativa de-ben ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidadinnecesaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa -, el Texto Único Ordenadode la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado -, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto SupremoNº 013-2001-PCM, con sus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de Carácter Público correspondiente al Ejer-cicio Fiscal del Año 2004, de la Unidad Ejecutora 009: Ofi-cina de Previsión Social de las Fuerzas Armadas, Pliego026, el mismo que se detalla en el Anexo de la presenteResolución. Artículo 2º.- Delegar a favor de la Dirección de Admi- nistración del Viceministerio de Asuntos Administrativos yEconómicos del Ministerio de Defensa, las siguientes fa-cultades respecto a la Unidad Ejecutora 009: Oficina dePrevisión Social de las Fuerzas Armadas: a) Aprobar las modificaciones por inclusiones y exclu- siones al Plan Anual de Adquisiciones y Contratacionesde Carácter Público correspondiente al Ejercicio Fiscal del Año 2004. b) Nombrar el Comité Especial Permanente que se en- cargará de la organización y conducción de los procesosde selección de Adjudicación de Menor Cuantía. c) Aprobar las Bases Administrativas de los procesos de selección antes indicados. d) Cancelar los procesos de selección de Adjudicación de Menor Cuantía en los casos que corresponda. e) Suscribir los contratos derivados de los procesos de selección de Menor Cuantía. f) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales o su reducción hasta el límite establecido en la normatividadvigente. g) Designar a los funcionarios y dependencias de la Enti- dad encargados de los diferentes aspectos de las adquisicio-nes y contrataciones, delegándoles los distintos niveles dedecisión y autoridad, bajo responsabilidad, a fin que realicenlos actos administrativos señalados en el presente artículo. Artículo 3º.- Autorizar a la Directora de Administración del Viceministerio de Asuntos Administrativos y Econó-micos a expedir las Resoluciones Directorales correspon-dientes, a fin de ejecutar la delegación de facultades quese señala en el artículo precedente. Artículo 4º.- Informar la presente Resolución al Con- sejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do -CONSUCODE- y a la Comisión de Promoción de laPequeña y Microempresa -PROMPYME- dentro de los diez(10) días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo 5º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones de Carácter Público de la Unidad Ejecutora 009:Oficina de Previsión Social de las Fuerzas Armadas, Plie-go 026: Ministerio de Defensa, correspondiente al Ejerci-cio Fiscal 2004 puede ser revisado en la Dirección de Ad-ministración del Viceministerio de Asuntos Administrativosy Económicos del Ministerio de Defensa, avenida Boule-vard S/N, Cuartel General del Ejército, distrito de San Bor-ja, provincia y departamento de Lima, sin costo alguno. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 02488 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G2D /G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G75/G64/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G62/G6F/G67/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G61/G73/G65/G73/G6F/G72/G61/G72/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G65/G72/G72/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA /G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6E/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G6E/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 102-2004-DE/MGP Lima, 3 de febrero de 2004 Visto el Oficio V.100-1763 del Director General del Ma- terial de la Marina, de fecha 12 de setiembre del 2003; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 064 DE/MGP de fe- cha 17 de enero del 2003, se aprueba la exoneración delproceso de selección para Adjudicación Directa Pública ala Marina de Guerra del Perú, para contratar los ServiciosPersonalísimos del Estudio de Abogados Coudert Brothersde Nueva York en los Estados Unidos de América; paraasesorar y patrocinar judicialmente a la Marina de Guerradel Perú, en la acción destinada a recuperar el monto eco-nómico que estableció la Sentencia Judicial de fecha 12 deagosto de 1993, emitida por la Corte Suprema de Justiciade la República, a través de la ejecución de una SentenciaNacional en el territorio de los Estados Unidos de Améri-ca; Que, el Estudio de Abogados Coudert Brothers señala que dentro del monto indicado en la Resolución Ministerialautoritativa no está considerado los intereses que puedanrecuperar del monto original de la deuda, por lo que solici-tan una aclaración de los alcances de la referida Resolu-ción Ministerial; Que, habiéndose evaluado los alcances de la Resolu- ción Ministerial Nº 064 DE/MGP de fecha 17 de enero del2003, resulta necesario esclarecer al detalle los concep-