Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2004 (06/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, viernes 6 de febrero de 2004
CUENTAS CUENTAS DIVISIONARIAS SUBDIVISIONARIAS Y OTROS NIVELES DE DESAGREGACION 301.01.11 301.01.12 301.01.13 302.01.11 302.01.12 302.01.13 44 OBLIGACIONES TESORO PUBLICO 445.11 446.11 75 TRANSFERENCIAS CORRIENTES RECIBIDAS 91 PRESUPUESTO DE INGRESOS 93 ESTIMACIONES DE INGRESOS 751.01.11 751.01.13 91.12 91.13 93.12 93.13

NORMAS LEGALES

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30 TRANSFERENCIAS Y REMESAS DE CAPITAL

Recursos Ordinarios para los Gobiernos Regionales Fondo de Compensacion Regional Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales Recursos Ordinarios para los Gobiernos Regionales Fondo de Compensacion Regional Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales Recursos Ordinarios para los Gobiernos Regionales Recursos Ordinarios para los Gobiernos Regionales Recursos Ordinarios para los Gobiernos Regionales Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales Fondo de Compensacion Regional Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales Fondo de Compensacion Regional Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales

que la fiscalizacion de la actividad minera que se desarrolla en estos estratos sera fiscalizada por los funcionarios del Ministerio de Energia y Minas; Que, el inciso c) del articulo 59º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales modificada por Ley Nº 27902, establece entre otras, la facultad regional para fomentar y supervisar las actividades de la pequena mineria y la mineria artesanal, lo que esta sujeto al MORDAZA de las disposiciones sobre transferencia de funciones; Que, es necesario establecer los lineamientos a seguir para la realizacion del sorteo de fiscalizadores externos que seran designados para la ejecucion del Programa Anual de Fiscalizacion del ano 2004, asi como la relacion de unidades mineras que seran fiscalizadas en el ano 2004; Que, es necesario precisar el regimen de fiscalizacion que tendra la Pequena Mineria y Mineria Artesanal en el ano 2004; De conformidad con lo establecido en el inciso w) del articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los lineamientos a seguir para la realizacion del sorteo de fiscalizadores externos que seran designados para la ejecucion del Programa Anual de Fiscalizacion del ano 2004, los mismos que se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Establecer la relacion de unidades de produccion que seran objeto de fiscalizacion en el ano 2004, conforme se consigna en el Anexo II que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 3º.- La fiscalizacion de la Pequena Mineria y Mineria Artesanal sera realizada por funcionarios del Ministerio de Energia y Minas en coordinacion, si fuera necesario, con las Direcciones Regionales de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Contador General de la Nacion 02536 FE DE ERRATAS RESOLUCION DIRECTORAL Nº 002-2004-EF/75.01 Mediante Oficio Nº 021-2004-EF/11.03, el Ministerio de Economia y Finanzas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Directoral Nº 002-2004-EF/75.01, publicada en nuestra edicion del dia 27 de enero de 2004. DICE: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora General de Credito Publico DEBE DECIR: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora General de Credito Publico (e) 02539

MORDAZA CHAPPUIS C. Directora General de Mineria

ANEXO I Lineamientos para el sorteo de fiscalizadores externos que seran designados para la ejecucion del Programa Anual de Fiscalizacion del ano 2004
1. Etapa previa al sorteo a. La Universidad del MORDAZA mediante Oficio Nº CCGE-323/03, de fecha 9 de enero de 2004, remitio a la Comision de Calificacion y Clasificacion, el Informe Final de la evaluacion de las solicitudes de las personas naturales y juridicas interesadas en inscribirse en el Registro de Fiscalizadores Externos, dicho informe contiene los resultados de la Asesoria Especializada para la Evaluacion y Calificacion de Fiscalizadores Externos de las Actividades Mineras, llevado a cabo por el Centro de Consultoria en Gestion Empresarial de dicha universidad. b. La Direccion General de Mineria publicara en el Diario Oficial El Peruano y en su pagina web la relacion de fiscalizadores inscritos en el Registro de Fiscalizadores Externos, habilitados para ser contratados segun las necesidades de ejecucion del Programa Anual de Fiscalizacion 2004. c. La Direccion de Fiscalizacion Minera ha clasificado y agrupado las unidades mineras a ser fiscalizadas de acuerdo al indice de frecuencia y severidad resultante del ano 2004, el grado de cumplimiento de obligaciones ambientales, la envergadura y/o complejidad de la operacion y la ubicacion geografica de las operaciones, por lo cual se les asigno un numero de orden para efectos del sorteo. 2. Sorteo Las unidades mineras de gran y mediana mineria seran sorteadas entre los fiscalizadores que figuran inscritos en el registro de Fiscalizadores Externos, habilitados para ser contratados segun las necesidades de ejecucion del Programa Anual de Fiscalizacion 2004. El sorteo se realizara en acto publico previamente convocado. 3. Post-sorteo La Direccion General de Mineria publicara en su pagina web el resultado del sorteo y expedira la Resolucion Directoral de designacion de fiscalizadores para el Programa Anual de Fiscalizacion del ano 2004.

ENERGIA Y MINAS
Aprueban lineamientos del sorteo de fiscalizadores externos que seran designados para la ejecucion del Programa Anual de .iscalizacion del ano 2004
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 081-2004-MEM/DGM
MORDAZA, 2 de febrero de 2004 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 049-2001-EM, se aprobo el Reglamento de Fiscalizacion de las Actividades Mineras; Que, el articulo 24º del Reglamento MORDAZA citado establece que los fiscalizadores que se requieran para ejecutar los Programas Anuales de Fiscalizacion seran designados a traves de un sorteo que se llevara a cabo en acto publico; Que, el articulo 25º del reglamento MORDAZA citado establece que previamente a la designacion se informara sobre las unidades de produccion que seran objeto de la fiscalizacion; Que, la Ley Nº 27651 - Ley de Formalizacion y Promocion de la Pequena Mineria y Mineria Artesanal establece

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