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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (06/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 26

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G35/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 6 de febrero de 2004 Artículo 6º.- Facultar al Ministerio de la Producción a suspender mediante Resolución Ministerial las actividadesextractivas en forma temporal en las zonas de pesca esta-blecidas en el Régimen Especial de Pesca aprobado porDecreto Supremo Nº 037-2003-PRODUCE. Artículo 7º.- El Ministerio de la Producción dictará las medidas complementarias que sean necesarias para elcumplimiento del presente Decreto Supremo. Artículo 8º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 02560 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G69/G63/G65/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G2D /G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G20/G61/G20/G43/G68/G69/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G50/G45/G43/G20/G79/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G6C/G75/G63/G68/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G65/G6C /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G62/G61/G6E/G64/G6F/G20/G79/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G61/G64/G75/G61/G6E/G65/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 004-2004-PRODUCE Lima, 5 de febrero del 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (OPE-PCO) Nº 15, de fe- cha 16 de enero de 2004, el Director Ejecutivo de laOficina Ejecutiva de Promoción Económica del Minis-terio de Relaciones Exteriores, alcanzó al DespachoViceministerial de Industria la Carta remitida por el Di-rector General del Departamento de Cooperación In-ternacional del Ministerio de Ciencia y Tecnología deChina, mediante la cual lo invita a participar y realizaruna breve presentación en el Taller "APEC Workshopon Development of S&T Intermediary Mechanism", quese realizará en la ciudad de Beijing, China, del 9 al 10de febrero de 2004; Que, el Despacho Viceministerial de Industria del Mi- nisterio de la Producción, con Oficio Nº 245-2003-PRO-DUCE/VMI, de fecha 19 de noviembre de 2003, comunicóal Director del APEC Subsecretaría para Asuntos de Asiay Cuenca del Pacífico, que el señor Carlos Zamorano Mac-chiavello, Viceministro de Industria, asistirá en representa-ción del Ministerio de la Producción, llevando como partici-pación del sector Industria, la exposición "La Política deInnovación y los Centros de Innovación Tecnológica: ElCaso Peruano"; Que, resulta de suma importancia reforzar la partici- pación de nuestro país en la referida comunidad econó-mica, dada la importancia de la misma y teniendo en cuen-ta que el Perú es uno de los tres únicos países Latinoame-ricanos que pertenecen a la misma, conjuntamente conChile y México; aunado a ello, el Perú ha planteado sersede para las reuniones de APEC en el año 2008, por locual resulta de importancia participar de manera activa enlas diferentes actividades organizadas por el APEC. Espe-cíficamente en los temas relacionados a ciencia y tecnolo-gía, debido a que esto permitirá a las empresas ser máscompetitivas; Que, mediante Facsímil (SAP-AYO) s/n, de fecha 30 de enero de 2004, la Subsecretaría para Asuntos de Asiay Cuenca del Pacífico del Ministerio de RelacionesExteriores, comunicó al Despacho Viceministerial de In-dustria, que en el marco de la visita a China, para parti-cipar en el Taller "APEC Workshop on Development ofS&T Intermediary Mechanism", se han concertado re-uniones con las autoridades de dicho país con el propó-sito de tratar los temas de "Lucha contra el contrabandoy Delitos Aduaneros" y las medidas transitorias de salva-guardias aplicadas por el Perú a China, los días 11, 12 y13 del citado mes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 y sus modificatorias, la Ley Nº 28128, Ley dePresupuesto del Sector Público para el Ejercicio Fiscal2004, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización deviajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Carlos Zamo- rano Macchiavello, Viceministro de Industria del Ministeriode la Producción, a la ciudad de Beijing - China, para par-ticipar en el Taller "APEC Workshop on Development of S&TIntermediary Mechanism", a realizarse el 9 y 10 de febrerode 2004, así como para que participe en las reuniones so-bre temas de "Lucha contra el contrabando y Delitos Adua-neros" y las medidas transitorias de salvaguardias aplica-das por el Perú a China, los días 11, 12 y 13 del citadomes. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, en lo que respecta apasajes aéreos y parte de los viáticos serán cubiertos porla entidad organizadora del Taller, y los otros gastos seráncubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de laProducción, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos x 5 días US$ 1 300,00 Tarifa CORPAC US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionado Funcionariodeberá presentar al Titular del Sector, con copia a la Ofici-na General de Desarrollo y Planeamiento Estratégico, uninforme describiendo las acciones realizadas y los resulta-dos obtenidos, con la correspondiente rendición de cuen-ta. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otor- ga derecho de exoneración o liberación de impuestos y/oderechos de cualquier clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y elMinistro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 02573 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G46._/G61/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G2D /G63/G75/G72/G73/G6F/G2C/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G63/GE1/G6C/G63/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65 /G6D/G75/G6C/G74/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 038-2004-PRODUCE Lima, 3 de febrero del 2004 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-PE del 27 de junio del 2002, se aprobó el Reglamento de Inspec-ciones y del Procedimiento Sancionador de las Infraccio-nes en las Actividades Pesqueras y Acuícolas, disponién-dose en su artículo 41º la utilización de los precios prome-dios anuales de cada recurso hidrobiológico expresado enUnidades Impositivas Tributarias (UIT), denominados Fac-tor del Recurso, para la determinación y cálculo de lasmultas a imponerse; Que por Resolución Ministerial Nº 094-2003-PRODU- CE del 11 de marzo del 2003, se aprobaron los Cuadrosde Factores del Recurso a ser utilizados para el cálculo delas multas a imponerse, los mismos que estuvieron vigen-tes hasta el 31 de diciembre del 2003; Que en relación a lo expuesto en el considerando pre- cedente, se hace necesario establecer los factores corres-pondientes a cada recurso hidrobiológico para la aplica-ción de multas en el presente año, a efectos de brindar alos órganos sancionadores del Ministerio de la Producción,las herramientas necesarias que les permitan la correctaaplicación de las multas;