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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G36/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 8 de febrero de 2004 su normal operatividad y evite riesgos que atenten con- tra la seguridad de los usuarios; Que, para la contratación del servicio indicado, es ne- cesario recurrir a una empresa especializada y con am-plia experiencia, que esté en condiciones de suministrarlos repuestos originales que se requieran, amparada en la garantía de la representación de la fábrica matriz de ascensores marca Schindler; Que, según el Informe Nº 005-2004-MINCETUR/SG/ OGA-OASA, la empresa Ascensores Schindler del PerúS.A. es la representante exclusiva del fabricante en elmercado peruano, siendo la única que puede garantizar el mantenimiento de los ascensores marca Schindler, uti- lizando repuestos legítimos y originales de fábrica, sien-do conveniente, por razones de estandarización, contra-tar con la empresa que garantice el suministro de repues-tos originales del fabricante; Que, a tenor de lo establecido en el inciso f) del artícu- lo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la exonera-ción de los procesos de selección, también procede cuan-do los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, estando a lo señalado en el artículo 20º de la mencionada Ley, las exoneraciones del proceso de se- lección deben ser aprobadas mediante Resolución delTitular del Pliego de la entidad, debiéndose remitir copiade dicha Resolución a la Contraloría General de la Re-pública, acompañada del Informe Técnico Legal; De conformidad con los Artículos 19º inciso f) y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y Artículos 115º y116º de su Reglamento, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM; y, De acuerdo con el Informe de visto y con el Informe Nº 027 2004-MINCETUR-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la contratación de los servicios de mantenimiento preventivo de los ascen-sores marca Schindler instalados en el edificio de la sedecentral del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Artículo 2º.- La Oficina General de Administración que- da encargada, a través de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de contratar por el lapso de 12 meses los servicios a los que se contrae el artículo 1º de la presen-te Resolución, mediante el proceso de Adjudicación de Me-nor Cuantía, sin exceder la cantidad de Cincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 50,000.00), financiados con Recur-sos Ordinarios, a la empresa Ascensores Schindler del Perú S.A., por tratarse de servicios que no admiten sustitutos. Artículo 3º.- Disponer que la Oficina General de Ad- ministración remita copia de la presente Resolución y delos Informes que la sustentan a la Contraloría Generalde la República, dentro de los 10 días calendario siguien-tes a la fecha de aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 02620 DEFENSA /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G72/G20/G79/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G2D /G63/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G72/GE1/G63/G74/G65/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G46/G69/G73/G2D /G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 101-2004-DE/EP Lima, 2 de febrero de 2004Visto, el Oficio Nº 010 DL/D-6.d.1 del 27 de enero de 2004, mediante el cual se solicita facultades administra-tivas al señor General de Ejército Comandante Generaldel Ejército para el Año Fiscal 2004. CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 6º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, el Ministro de Defensa, es laMáxima Autoridad del Ministerio y Titular del Pliego delsector , y su artículo 5º considera dentro de su estructu- ra como Órganos de Ejecución del Ministerio al Ejército del Perú, Marina de Guerra del Perú y la Fuerza Aéreadel Perú; Que, el artículo 25º de la Ley antes citada señala que el Ejército del Perú es el Órgano del Ministerio de Defen-sa que tiene por función la preparación, organización, mantenimiento y equipamiento del componente Terres- tre de las Fuerzas Armadas. Participa en la ejecución dela política de Defensa Nacional. Contribuye a garantizar,en forma permanente, la integridad territorial y el mante-nimiento de la soberanía del país; Que, el artículo 43º de la Ley Nº 27209, Ley de Ges- tión Presupuestaría del Estado, indica que la Unidad Ejecutora es la dependencia orgánica que cuenta conun nivel significativo de desconcentración administrati-va, para contraer compromisos, devengar gastos y orde-nar pagos; Que, la Unidad Ejecutora 003 Ejército del Perú, perte- nece al Pliego 026: Ministerio de Defensa, y para la eje- cución del presupuesto asignado tiene una organizacióndesconcentrada a través de Unidades Operativas, lascuales para el cumplimiento de la metas requieren de laadquisición de diversos bienes y servicios, así como lacontratación de obras; Que el artículo 6º del Reglamento de la Ley del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto SupremoNº 004-DE/SG de fecha 19 de febrero del 2003, estable-ce que el Ministro de Defensa puede delegar las faculta-des y atribuciones que no sean privativas a su funciónde Ministro de Estado; Que, es necesario que el Ministro de Defensa preci- se las facultades de la Máxima Autoridad Administrativade la Unidad Ejecutora 003: Ejército del Perú, ejercidapor el Comandante General del Ejército, con relación alos procesos de selección regulados por el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM de fecha 12 de febrero de 2001, ysu Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM de fecha 12 de febrero de 2001, con susmodificatorias; Que, el artículo 4º del mencionado Reglamento, fa- culta al Titular del Pliego, para que mediante Resolución pueda designar a los funcionarios y dependencias de laentidad encargados de los diferentes aspectos de las ad-quisiciones y contrataciones, delegándoles los distintosniveles de decisión y autoridad, bajo responsabilidad,salvo en aquellos asuntos que por indicación expresa de dicho Reglamento, sean indelegables; Que, el artículo 7º del mencionado Texto Único Orde- nado de la Ley Nº 26850 dispone que el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones será aprobado por el Ti-tular del Pliego o la Máxima Autoridad Administrativa dela Entidad; Que, el artículo 23º del citado Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, establece que para cada proceso deselección la Entidad designará un Comité Especial quedeberá llevar adelante el proceso; así como, podrá de-signar un Comité Especial Permanente para los casosprevistos en el artículo 17º del mencionado Texto Único Ordenado; Que el artículo 36º del referido Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, dispone que el contrato deberápresentarse por escrito y se ajustará a la proforma in-cluida en las bases con las modificaciones aprobadaspor la Entidad durante el proceso de selección; así mis- mo, el artículo 118º del citado Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en su primerpárrafo señala que los contratos serán suscritos por losfuncionarios que cuenten con las facultades suficientespara ello;