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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G36/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 8 de febrero de 2004 Que, en la situación descrita y atendiendo a que es imprescindible que la Entidad cuente con una póliza deseguro general vigente, y que es una medida de carác-ter temporal ante un hecho de excepción que determinauna acción rápida a fin de adquirir o contratar loindispensable para paliar la urgencia, se configuran los presupuestos legales para declarar en situación de ur- gencia la contratación de una póliza de seguro general,de conformidad con lo establecido en el artículo 21º delTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decre-to Supremo Nº 012-2001-PCM, en concordancia con lo establecido en el artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba-do mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 47º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, los funcionarios y servidores, así como los miembros del Comité Especial que participanen los procesos de adquisición o contratación de bie-nes, servicios y obras son responsables del cumplimientode las normas de la presente Ley y su Reglamento. Ental sentido, se verifica que no se convocó oportunamen- te al proceso de selección para la contratación del servi- cio de seguros generales, por lo que debe determinarsela responsabilidad de los funcionarios y/o servidores quehayan incurrido en dicha omisión; Que, en consecuencia, de conformidad con lo dis- puesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, lacontratación de la póliza de seguro general que se reali-ce mediante exoneración por situación de urgencia seefectuará mediante el proceso de Adjudicación de Me-nor Cuantía, que se llevará a cabo mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtención, por cualquier medio de comunicación de una cotización que cumplalos requisitos establecidos en las Bases con autoriza-ción expresa del Titular del Pliego o de la máxima auto-ridad administrativa de la Entidad, según corresponda,precisándose que, de acuerdo a lo dispuesto por el artí- culo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decre-to Supremo Nº 013-2001-PCM, el contrato que se cele-bre como consecuencia de la indicada exoneración de-berá cumplir con los respectivos requisitos, condiciones,formalidades y garantías, contempladas en el Titulo III, De las Normas de Contratación y Ejecución de Contra- tos, del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado mediante el DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM; De conformidad con el Decreto Ley Nº 19338, normas modificatorias y conexas, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, elReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº013-2001-PCM y estando a las atribuciones conferidasen el Reglamento de Organización y Funciones del IN- DECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR en situación de ur- gencia la contratación del servicio de seguros genera- les, de acuerdo a las razones expuestas en la parte con-siderativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- EXONERAR del proceso de Adjudicación Directa Selectiva la contratación del servi-cio de seguros generales y autorizar a la Dirección Na- cional de Logística para que proceda a contratar mediante el proceso de adjudicación de menor cuantía el servicioantes mencionado, por un valor referencial hasta por lasuma de S/. 74,999.00 (Setenta y cuatro mil novecientosnoventa y nueve con 00/100 nuevos soles). Artículo Tercero.- DISPONER la determinación de responsabilidades de los funcionarios y/o servidores in- volucrados en una oportuna convocatoria al proceso deselección para la contratación del servicio de segurosgenerales.Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección Nacio- nal de Logística se encargue de realizar la publicaciónde la presente resolución en el Diario Oficial El Peruanoy en la página web del INDECI, así como la remisión deuna copia a la Contraloría General de la República y aCONSUCODE, dentro de los días calendario siguientes a su expedición. Artículo Quinto.- DISPONER que la Secretaría Ge- neral ingrese la presente Resolución en el Archivo Ge-neral Institucional y notifique a la Subjefatura, DirecciónNacional de Logística, Oficina de Planificación y Presu-puesto, Oficina de Administración, Oficina de Asesoría Jurídica y a la Oficina de Estadística y Telemática, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 02592 INDECOPI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4E/G54/G50/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G2D /G74/GE9/G20/G64/G65/G20/G46/G69/G62/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G70/G61/G63/G61 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0006-2004/CRT-INDECOPI Lima, 22 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funcio- nes del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislati-vo Nº 807, corresponde a la Comisión de ReglamentosTécnicos y Comerciales, en su calidad de OrganismoNacional de Normalización, aprobar las Normas Técni-cas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben reali- zarse sobre la base del Código de Buena Conducta parala Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas quefigura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Téc-nicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a lalegislación nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Norma-lización, del cual forman parte el Reglamento de Elabo-ración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y elReglamento de Comités Técnicos de Normalización,aprobados mediante Resolución Nº 0072-2000/INDECO- PI-CRT, respectivamente; Que, toda vez que las actividades de elaboración y ac- tualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizar-se con la participación de representantes de todos los sec-tores involucrados: producción, consumo y técnico, consti-tuidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó el Comité Técnico de Normalización de Fibra de Alpaca de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento deComités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, el 30 de junio del 2003 y el 21 de agosto del 2003, el Comité Técnico señalado presentó a la Secretaría Téc-nica de la Comisión 03 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y 1 Proyecto de Norma Técnica Peruana respec- tivamente, los cuales fueron elaborados de acuerdo al Re-glamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técni-cas Peruanas mediante el Sistema Ordinario, y sometido aDiscusión Pública por un período de sesenta días calenda-rio, en el caso de los 3 primeros Proyectos de Normas Téc- nicas Peruanas contados a partir del 20 de agosto del 2003 y para el caso del último Proyecto de Norma Técnica Pe-ruana a partir del 6 de setiembre del 2003; Que, habiéndose recibido observaciones a los Proyec- tos de Normas Técnicas Peruanas éstas fueron revisa-