Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2004 (11/02/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

Pag. 261868

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 11 de febrero de 2004

Que, mediante Ordenanza Nº 011-2000/CDLO de fecha 5 de MORDAZA del 2000, se creo el Registro de Organizaciones Sociales (R.O.S.) de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA para el Reconocimiento y Registro de las citadas Organizaciones, asi como de sus juntas directivas, ante esta entidad edil; asimismo, con Decreto de Alcaldia Nº 003-2000-MDLO/ALC se aprobo el Reglamento del Registro de Organizaciones Sociales (R.O.S.) del distrito de Los MORDAZA, el cual establece los requisitos y el procedimiento para las solicitudes de reconocimiento que se presenten; Que, el citado Reglamento dispone, en su articulo 16º, que previa evaluacion de la Unidad de Participacion Vecinal, se expedira la Resolucion de Alcaldia de Reconocimiento y Registro; de igual forma, se senala que para la interposicion de Recursos Impugnativos se tomara en cuenta los plazos previstos en los articulos 98º y siguientes del Decreto Supremo Nº 002-94-JUS que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, previo pago de la Tasa a que se refiere la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 011-2000/CDLO, ademas de la firma de Letrado y la MORDAZA de nuevas pruebas instrumentales. Finalmente el articulo 21º preceptua que la Resolucion de Alcaldia que emita la Municipalidad podra ser reconsiderada ante la misma instancia o apelada en MORDAZA instancia ante el Concejo Municipal del distrito. Con la Resolucion de Concejo emitida en MORDAZA y MORDAZA instancia quedara agotada la via administrativa; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece en su articulo 20º, numeral 33, y, articulo 50º que la via administrativa se agota con la decision que adopte el MORDAZA, con excepcion de los asuntos tributarios y en el caso de Acuerdos adoptados en Sesiones de Concejo, los que se rigen por lo establecido en el articulo 51º del mismo dispositivo; en consecuencia ya no es atribucion del Concejo Municipal o de otra instancia, salvo en casos de revision, resolver los recursos administrativos que se interpongan contra Resoluciones de Alcaldia o Resoluciones Directorales; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 038-2003 se establecio que es el MORDAZA de la Municipalidad de Los MORDAZA quien, mediante Resolucion de Alcaldia, resolvera en MORDAZA instancia administrativa los expedientes que hayan sido objeto de recurso impugnatorio y se encuentren en tramite ante el Concejo Distrital, poniendo fin al procedimiento y dando por agotada la via administrativa; Que, mediante Informe Nº 015-2004-MDLO/OAL la Oficina de Asesoria Legal opina que a efectos de garantizar el derecho del administrado a la pluralidad de instancia, es necesario adecuar el Reglamento del Registro de Organizaciones Sociales (R.O.S.) del distrito de Los MORDAZA aprobado con Decreto de Alcaldia Nº 003-2000/CDLO a fin de adecuarlo a la normativa legal vigente; en tal sentido propone modificar los articulos 16º, 20º y 21º de forma tal que los procedimientos de registro de dichas organizaciones se resuelvan en primera instancia con resolucion jefatural expedida por la Unidad de Participacion Vecinal, previa opinion favorable de la Oficina de Asesoria Legal, en tanto que los Recursos de Apelacion que se interpongan seran resueltos mediante Resolucion de Alcaldia; asimismo, plantea que en el caso de las solicitudes de registro presentados por los comites de obras y analogos deberan ser visados por la Junta Directiva de la Organizacion de mayor jerarquia y que en el caso de las organizaciones sociales reguladas por el Codigo Civil, debera existir inscripcion previa ante los Registros Publicos; Que, mediante Ordenanza Nº 139-CDLO se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA, segun la cual las funciones de liderar, disenar, proponer la validacion y aprobacion, difundir, capacitar, implementar la programacion, desarrollar, supervisar y evaluar el cumplimiento del o los procedimientos para la admision, calificacion y acreditacion de organizaciones sociales de base del distrito de Los MORDAZA recae en la Oficina de Participacion Ciudadana; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el articulo 20º, inciso 6 de la Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Modifiquense los articulos 16º, 20º y 21º del Decreto de Alcaldia Nº 003-2000/CDLO, los cuales quedaran redactados de la siguiente manera:

"Articulo 16º.- Calificada la solicitud de registro de la organizacion social, la Oficina de Participacion Ciudadana u oficina analoga, requerira la opinion de la oficina de Asesoria Legal, luego de lo cual emitira Resolucion Jefatural resolviendo el procedimiento en primera instancia administrativa. Las solicitudes de registro de comite de obras u analogos deben obligatoriamente ser visados por la Junta Directiva de la Organizacion Social de mayor jerarquia; la Oficina de Participacion Ciudadana u oficina analoga esta facultada a otorgar un plazo de tres (3) dias para que los solicitantes subsanen la omision de este requisito." "Articulo 20º.- Para la interposicion de recursos administrativos se debe observar lo dispuesto por el articulo 207º y siguientes de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, previo pago de la tasa a que hace referencia la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 011-2000/CDLO. La Resolucion de Alcaldia que resuelva el recurso de apelacion agota la via administrativa de conformidad a lo dispuesto por el articulo 50º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972." "Articulo 21º.- Para que proceda el registro de organizaciones sociales reguladas por el Codigo Civil, estas deberan efectuar previamente su inscripcion ante los Registros Publicos de Lima. Consecuentemente, si en este MORDAZA de organizaciones existieran impugnaciones internas, la Jefatura de Participacion Vecinal se abstendra de registrarlas hasta que los solicitantes obtengan la referida inscripcion Registral". Articulo Tercero.- Los expedientes administrativos sobre registro de organizaciones sociales que a la fecha se encuentren en tramite deberan adecuarse a lo dispuesto en los articulos precedentes. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion Municipal la supervision del cumplimiento del presente Decreto. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02763

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Regulan servicios de cuidado diurno infantil en el distrito
ORDENANZA Nº 149-MDMM MORDAZA MORDAZA, 16 de enero 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria celebrada en la fecha, con dispensa del tramite de Aprobacion de Acta; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley Nº 27680, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo que es concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.