TEXTO PAGINA: 38
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G38/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 11 de febrero de 2004 denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; a los Arts. 105º, 111º, 113º y 116º de su Regla-mento; y, en uso de las atribuciones que le confieren losArts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad y el Art.33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE: 1º APROBAR la Exoneración del proceso de Adjudicación Directa Pública para la "Contratación deservicios de publicidad en los Diarios: El Comercio, La República, El Peruano y El Callao", para atender los requerimientos de publicidad de diversas Facultades yDependencias Administrativas de la Universidad Nacio-nal del Callao, correspondiente al primer semestre del2004, por las consideraciones expuestas en la presen-te Resolución. 2º AUTORIZAR al Comité Especial Permanente de Ad- judicaciones de Menor Cuantía, para que dentro del marco de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, el Texto Único Ordenado y el Reglamentode la Ley, aprobados mediante Decretos Supremos Nºs.012 y 013-2001-PCM y demás normatividad vigente, pro-cedan a la contratación de los referidos servicios de publi-cidad, mediante un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, por el monto total de hasta S/. 134,654.60 (ciento treinta y cuatro mil seiscientos cincuenta y cuatro con 60/100 Nuevos Soles), incluido IGV, según el siguiente deta-lle: DIARIO VALOR REFERENCIAL (EN NUEVOS SOLES) EL COMERCIO Hasta 67,937.60 LA REPUBLICA Hasta 20,602.12 EL PERUANO Hasta 41,316.80EL CALLAO Hasta 4,798.08 TOTAL Hasta 134,654.60 3º DISPONER, que el egreso que origine la presente Resolución se cargará al Programa 029: "Educación Su-perior", Subprograma 076: "Superior Universitaria", Activi-dad 1-00199: "Desarrollo de la Educación Universitaria",Componente 3-0498: "Desarrollo de la Enseñanza", Espe- cífica del Gasto 39: "Otros Servicios de Terceros", con cargo a los recursos directamente recaudados de las Facultadesy la administración central. 4º Transcribir la presente Resolución a los Vicerrecto- res, Facultades, Escuela de Post Grado, Oficina de Con-trol Institucional, Oficina de Asesoría Legal; Oficina deAbastecimientos y Servicios Auxiliares, Oficina General deAdministración, Oficina de Archivo General y Registros Académicos, Oficina de Contabilidad y Presupuesto, Ofici- na de Tesorería, ADUNAC e interesados, para conocimientoy fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y archívese. ALBERTO ARROYO VIALE Rector 02812 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 ESSALUD /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G74/G75/G62/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G79/G6F/G73 /G58/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 103-PE-ESSALUD-2004 Lima, 3 de febrero del 2004VISTOS: La Carta Nº 1189-GER-INCO-ESSALUD-2003 y las Cartas Nºs. 0016 y 0037-GER-INCO-ESSALUD-2004,mediante la cuales la Gerencia del Instituto Nacionaldel Corazón solicita la exoneración de la realización de una Licitación Pública para la adquisición del Tubo de Rayos X MRC 200 05 08 para el equipo deCineangiografía Philips HM 3000; el Informe Técnico-Legal que sustenta la exoneración; y; la Carta Nº 221-OCAJ-ESSALUD-2004 de la Oficina Central de Aseso-ría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Socialde Salud - ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus asegurados y sus derechohabientes a través del otorga- miento de prestaciones de prevención, promoción, re-cuperación y rehabilitación, y prestaciones económicasy sociales, que corresponden al régimen contributivode la Seguridad Social en Salud, así como de otrosseguros de riesgos humanos; Que, mediante Carta Nº 1189-GER-INCO-ESSA- LUD-2003 del 2 de diciembre del 2003, el Instituto Na-cional del Corazón solicitó la exoneración para la ad-quisición del Tubo de Rayos X MRC 200 05 08 para el Equipo de Cineangiografía Philips Modelo Integris HM3000, por el valor de US$ 144,500.00, toda vez queel actual ha dejado de funcionar; Que, mediante Carta Nº 0016-GER-INCO-ESSA- LUD-2004 del 8 de enero del 2004, el INCOR remite el sustento de la solicitud de exoneración del proceso deLicitación Pública para la adquisición del Tubo de Ra-yos X MRC 200 05 08 para el Equipo de Cineangiogra-fía Philips HM 3000, en base al literal f) del artículo 19ºdel Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, indicando que el Tubo deRayos X MRC 200 05 08 cuyas características se des-criben es el único que reúne las condiciones requeri-das, por lo que no admite sustitutos; Que, con Carta Nº 0037-GER-INCO-ESSALUD- 2004 del 20 de enero del 2004, el INCOR señaló querealizado el estudio de mercado para la adquisición delmencionado Tubo, se concluye que Philips Peruana S.A.es el único proveedor en el país, toda vez que es la única empresa que distribuye y a la que puede ser ad- quirido en el país; Que, de conformidad con lo establecido por el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, procedeexonerar de la realización de una Licitación Pública,cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, de lo señalado en el Informe Técnico que sus- tenta la exoneración se desprende que la realizaciónde una Licitación Pública para la adquisición del Tubode Rayos X MRC200 05 08 no cumpliría función algu-na, debido a que se trata de un bien que no admitesustitutos, pues es el único que satisface las necesida- des de la Entidad y, además, puede ser adquirido a un único proveedor; Que, al haberse configurado la causal prevista en el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,resulta procedente aprobar la exoneración de la adquisi-ción del Tubo de Rayos MRC 200 05 08 de la realiza-ción de una Licitación Pública, debiendo realizarse, paratal efecto, una Adjudicación de Menor Cuantía; Que, de conformidad con lo dispuesto por el literal a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba-do mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la exoneración debe ser aprobada por resolución del Titu- lar del Pliego de la Entidad;