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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (14/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G32/G32/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 14 de febrero de 2004 precedente, los aportes dispuestos en los artículos 6º y 7º del Decreto Supremo Nº 037-2003-PRODUCE, se efec- tuarán en una cuenta intangible en una institución de pri- mer nivel del Sistema Financiero Nacional, que para tal fincoordinarán los titulares de los establecimientos industria- les pesqueros. Formalizada la personería jurídica del órgano que ad- ministre el FONDEMPASUR, dichos fondos serán transfe- ridos a las cuentas correspondientes que determine el FONDEMPASUR. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 03116 RELACIONES EXTERIORES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G69/G70/G6C/G6F/G2D /G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G20/G61/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E /G65/G6C/G20/G53/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G22/G4C/G61/G20/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G2D /G66/G72/G6F/G6E/G74/G65/G72/G69/G7A/G61/G20/G65/G6E/G20/G45/G75/G72/G6F/G70/G61/G20/G79/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G2D/G64/G61/G64/G20/G41/G6E/G64/G69/G6E/G61/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0104-2004-RE Lima, 13 de febrero de 2004 CONSIDERANDO:Que la Secretaría General de Relaciones con la Unión Europea y Cooperación Exterior, en colaboración con laAgencia Española de Cooperación Internacional, la Xunta de Galicia, la Universidad de La Coruña y el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia viene organizando elSeminario Internacional "La Cooperación Transfronteriza en Europa y en la Comunidad Andina", evento que se rea- lizará en la ciudad de Cartagena de Indias, República deColombia, del 18 al 20 de febrero de 2004; Que el Ministerio de Relaciones Exteriores de la Repú- blica de Colombia ha cursado una invitación para que fun-cionarios peruanos vinculados a los temas que son de com- petencia del Grupo de Alto Nivel para la Integración y el Desarrollo Fronterizo de la Comunidad Andina, participenen el citado seminario; Que el Seminario Internacional "La Cooperación Trans- fronteriza en Europa y en la Comunidad Andina" tiene comoobjetivo el fortalecimiento de las relaciones de coopera- ción con los países andinos lo cual permitirá un mayor in- tercambio de experiencias en la materia, así como el cono-cimiento de la experiencia europea en el tema del desarro- llo fronterizo y su aplicabilidad para el caso andino; Que, en consecuencia, es necesario designar a la de- legación peruana que participará en el Seminario Interna- cional "La Cooperación Transfronteriza en Europa y en la Comunidad Andina"; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GPX) Nº 474, del Gabinete de Coordinación del Secre- tario de Política Exterior, de 10 de febrero de 2004; De conformidad con la Cuarta Disposición Comple- mentaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, en concordancia con el artículo 83º delDecreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamentode la Ley del Servicio Diplomático de la República; el inci- so m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgá- nica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcio- narios públicos; y el artículo 15º de la Ley Nº 28128, Leyde Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Claudio de la Puen-te Ribeyro, Director de América del Sur de la Subsecreta- ria para Asuntos de América, para que participe en el Se-minario Internacional "La Cooperación Transfronteriza en Europa y en la Comunidad Andina", que se llevará a cabo en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colom- bia, del 18 al 20 de febrero de 2004. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cum- plimiento de la presente Resolución, por concepto de pa- sajes US$ 400,00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 28,00,serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo el citado funcionario rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quin-ce (15) días al término del referido seminario. Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días ca- lendario siguientes al término del citado viaje, el mencio-nado funcionario deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones reali- zadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 03093 SALUD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G22/G4C/G69/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G42/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G2D /G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G65/G7A/G61/G20/G43/G72/GED/G74/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G42/G69/G65/G6E/G65/G73 /G64/G65/G20/G4E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G65/G7A/G61/G20/G45/G73/G74/G72/G61/G74/GE9/G67/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G2D /G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 099-2004/MINSA Lima, 31 de enero del 2004 Visto el Oficio Nº 0132-2004-OGA/MINSA, de la Ofici- na General de Administración; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, se aprobaron las normas que de- ben observar las entidades del Sector Público en los pro- cesos de adquisición de bienes, contratación de serviciosy ejecución de obras; Que, con fecha 15 de marzo del 2001 entró en vigencia el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el Artículo 16º numeral 2) del Reglamento del Tex- to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, señala que los bienes de naturaleza es- tratégica son aquellos de alta tecnología que las Entidadesque brindan prestaciones de salud adquieren para mejorar sustancialmente sus niveles de atención, en tanto que bie- nes y servicios de naturaleza crítica son aquellos con losque las Entidades prestadoras de salud deben contar per- manentemente para asegurar la continuidad de sus activi- dades operativas; Que, el Ministerio de Salud es un órgano del Poder Eje- cutivo y ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud,con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona huma- na, a través de la promoción, protección, recuperación, y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entornosaludable, con pleno respeto de los derechos fundamenta- les de la persona, desde su concepción hasta su muerte natural; Que, el Artículo 16º inciso d) del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que dentro del primer mes de cada año, el Titular del Pliego Presupuestal correspondiente apro- bará y publicará en el Diario Oficial El Peruano la lista delos bienes y servicios a ser considerados como de natura- leza estratégica o crítica; Que, mediante el Oficio de visto, el Grupo de Trabajo conformado por la Dirección General de Salud de las Per-