Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2004 (14/02/2004)


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MORDAZA, sabado 14 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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precedente, los aportes dispuestos en los articulos 6º y 7º del Decreto Supremo Nº 037-2003-PRODUCE, se efectuaran en una cuenta intangible en una institucion de primer nivel del Sistema Financiero Nacional, que para tal fin coordinaran los titulares de los establecimientos industriales pesqueros. Formalizada la personeria juridica del organo que administre el FONDEMPASUR, dichos fondos seran transferidos a las cuentas correspondientes que determine el FONDEMPASUR. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de la Produccion 03116

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionario diplomatico a Colombia para participar en el MORDAZA "La Cooperacion Transfronteriza en Europa y en la Comunidad Andina"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0104-2004-RE MORDAZA, 13 de febrero de 2004 CONSIDERANDO: Que la Secretaria General de Relaciones con la Union Europea y Cooperacion Exterior, en colaboracion con la Agencia Espanola de Cooperacion Internacional, la Xunta de MORDAZA, la Universidad de La Coruna y el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia viene organizando el MORDAZA Internacional "La Cooperacion Transfronteriza en Europa y en la Comunidad Andina", evento que se realizara en la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia, del 18 al 20 de febrero de 2004; Que el Ministerio de Relaciones Exteriores de la Republica de Colombia ha cursado una invitacion para que funcionarios peruanos vinculados a los temas que son de competencia del Grupo de Alto Nivel para la Integracion y el Desarrollo Fronterizo de la Comunidad MORDAZA, participen en el citado seminario; Que el MORDAZA Internacional "La Cooperacion Transfronteriza en Europa y en la Comunidad Andina" tiene como objetivo el fortalecimiento de las relaciones de cooperacion con los paises andinos lo cual permitira un mayor intercambio de experiencias en la materia, asi como el conocimiento de la experiencia europea en el tema del desarrollo fronterizo y su aplicabilidad para el caso andino; Que, en consecuencia, es necesario designar a la delegacion peruana que participara en el MORDAZA Internacional "La Cooperacion Transfronteriza en Europa y en la Comunidad Andina"; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GPX) Nº 474, del Gabinete de Coordinacion del Secretario de Politica Exterior, de 10 de febrero de 2004; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, en concordancia con el articulo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; los articulos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y el articulo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA de la MORDAZA Ribeyro, Director de MORDAZA del Sur de la Subsecretaria para Asuntos de MORDAZA, para que participe en el Se-

minario Internacional "La Cooperacion Transfronteriza en Europa y en la Comunidad Andina", que se llevara a cabo en la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia, del 18 al 20 de febrero de 2004. Articulo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, por concepto de pasajes US$ 400,00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 28,00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo el citado funcionario rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido seminario. Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino del citado viaje, el mencionado funcionario debera presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 03093

SALUD
Aprueban "Listado de Bienes y Servicios de Naturaleza Critica y de Bienes de Naturaleza Estrategica del Ministerio de Salud"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 099-2004/MINSA MORDAZA, 31 de enero del 2004 Visto el Oficio Nº 0132-2004-OGA/MINSA, de la Oficina General de Administracion; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se aprobaron las normas que deben observar las entidades del Sector Publico en los procesos de adquisicion de bienes, contratacion de servicios y ejecucion de obras; Que, con fecha 15 de marzo del 2001 entro en vigencia el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el Articulo 16º numeral 2) del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que los bienes de naturaleza estrategica son aquellos de alta tecnologia que las Entidades que brindan prestaciones de salud adquieren para mejorar sustancialmente sus niveles de atencion, en tanto que bienes y servicios de naturaleza critica son aquellos con los que las Entidades prestadoras de salud deben contar permanentemente para asegurar la continuidad de sus actividades operativas; Que, el Ministerio de Salud es un organo del Poder Ejecutivo y ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a traves de la promocion, proteccion, recuperacion, y rehabilitacion de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su MORDAZA hasta su muerte natural; Que, el Articulo 16º inciso d) del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, establece que dentro del primer mes de cada ano, el Titular del Pliego Presupuestal correspondiente aprobara y publicara en el Diario Oficial El Peruano la lista de los bienes y servicios a ser considerados como de naturaleza estrategica o critica; Que, mediante el Oficio de visto, el Grupo de Trabajo conformado por la Direccion General de Salud de las Per-

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