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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (19/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G35/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 19 de febrero de 2004 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6E/G61/G74/G75/G2D /G72/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6C/G69/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G72/G72/G65/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G2D /G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G2D /G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 215-2004 Lima, 16 de febrero de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA:La solicitud presentada por el señor Manuel Augusto Barbarán Vásquez para que se le autorice la inscripciónen el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Perso-nas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros;y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formalespara la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros median- te Convocatoria Nº 02-2004-RIAS celebrada el 16 de ene-ro de 2004, en concordancia con lo dispuesto en el artícu-lo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Segurosha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el in-dicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or-gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - LeyNº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultaddelegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enerode 1998; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Ma- nuel Augusto Barbarán Vásquez con matrícula Nº N-3646en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Perso-nas Naturales Libro II: de los Corredores de Seguros quelleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 03399 UNIVERSIDADES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G2D/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G67/G65/G6E/G69/G65/G72/GED/G61 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0101 Lima, 9 de febrero de 2004 Visto el Oficio Nº 112-2004-OCL-ABAST de fecha 9 de febrero de 2004 del Jefe (e) de la Oficina Central de Logís-tica solicitando la Exoneración del Proceso de Adjudica-ción por el Servicio de Publicidad, para el Primer Semes-tre 2004 del Centro de Estudios Pre-Universitarios de laUniversidad Nacional de Ingeniería (CEPRE-UNI); CONSIDERANDO:Que, mediante Oficio Nº 0101-2004/CEPREUNI el Di- rector del CEPRE-UNI solicita exoneración al proceso deadjudicación por el servicio de publicidad a través de me-dios de comunicación radial y televisiva, de difusión masi- va, para atender los requerimientos de publicidad del Cen-tro de Estudios Pre-Universitarios de la Universidad Na-cional de Ingeniería (CEPRE-UNI), para el primer semes-tre del 2004; Que, sustenta su pedido en el Informe Técnico que acompaña al referido oficio, en el que se señala, que luegode efectuado el análisis de mercado, resulta procedente lacontratación de los servicios de publicidad en radio y tele-visión, por los siguientes medios: Radio Planeta, RadioStudio 92, Radio CPN, TV OKEY y Canal RTP, respectiva-mente, por un monto referencial de US$ 15,676.87 (Quin-ce Mil Seiscientos Setenta y Seis y 87/100 Dólares Ameri-canos); Que, mediante Informe Legal Nº 026-OCAL, la Oficina Central de Asesoría Legal, ha cumplido con emitir el Infor-me Legal de acuerdo a lo establecido en los artículos 20º y113º Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 "Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado", y en su Re-glamento, aprobados por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, respectiva-mente; Que, el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, establece que se encuentran exonerados de los pro-cesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica-ción Directa, a los procesos de selección para la concen-tración de servicios personalísimos, procediendo su con-tratación conforme lo dispuesto por el artículo 20º de dichotexto, concordante con el artículo 113º de su Reglamento,mediante una Adjudicación de Menor Cuantía, debiendoaprobarse tales exoneraciones a través de resolución delTitular del Pliego; Que, el artículo 111º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, modificado por Decretos Supremos Nº 071-2001-PCM, Nº 128-2001-PCM, Nº 125-2002-PCM y Nº 041-2003-PCM, establece que de conformidad con el inciso h) delartículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, se encuentran exonerados del proceso de se-lección, los servicios de publicidad que prestan al Estadolos medios de comunicación televisiva, radial, escrita ocualquier otro medio, en atención a las características par-ticulares que los distinguen; Que, los artículos 105º y 116º del referido Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, establecen los procedimientos aque deben ceñirse las contrataciones de menor cuantía, conla indicación de que la autoridad competente que aprueba laexoneración, deberá indicar el órgano o dependencia quese encargará de llevar a cabo la Adquisición requerida; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, su Reglamento, y el artículo 33º, Inc. b), de la LeyUniversitaria Nº 23733, concordante con el artículo 52º,Inc. c) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingenie-ría; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de adjudicación para la contratación de medios de comu-nicación radial y televisiva, de difusión masiva, por los Ser-vicios de Publicidad, para el Primer Semestre 2004, delCentro de Estudios Pre-Universitarios de la UniversidadNacional de Ingeniería (CEPRE-UNI), por un monto refe-rencial de US$ 15,676.87 (Quince Mil Seiscientos Setentay Seis y 87/100 Dólares Americanos), según detalle: Radio Planeta : US$ 3052.35 Radio Studio 92 : US$ 2984.52 Radio CPN : US$ 4165.00TV OKEY : US$ 3690.00Canal RTP : US$ 1785.00 -------------------- TOTAL : US$ 15,676.87 Artículo 2º.- Autorícese la contratación del referido Servicio de Publicidad, mediante un Proceso de Adjudi-cación de Menor Cuantía con cargo a la fuente de financia-miento Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3º.- La adquisición que se efectuará en virtud de la presente Resolución Rectoral, está a cargo de la Ofi-cina Central de Logística de la Universidad Nacional deIngeniería. Artículo 4º.- Disponer que la presente Resolución Rec- toral sea publicada en el Diario Oficial El Peruano. Asimis-