Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2004 (19/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 19 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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asi tambien se ha llegado a determinar que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es complice de los hechos; Que, los hechos MORDAZA expuestos constituyen presuntos ilicitos penales que ocasionan un grave perjuicio a este Poder del Estado, por lo que dichos actos deben ser debidamente investigados por las autoridades correspondientes a fin de determinar las responsabilidades del caso, en consecuencia resulta necesario autorizar a la Procuradora Publica del Poder Judicial, a fin de que inicie las acciones legales pertinentes ante las autoridades respectivas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado; el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial - D.S. Nº 01793-JUS y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que interponga las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y otros que resulten responsables, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SIVINA MORDAZA Presidente 03433 RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 031-2004-P-PJ MORDAZA, 17 de febrero del 2004 VISTO: El Memorandum Nº 493-2003-GPEJ-GG/PJ del Gerente de Personal y Escalafon Judicial y los Informes Nºs. 149, 150 y 151-2003-SRB-GPEJ-GG/PJ del Subgerente de Remuneraciones y Beneficios; CONSIDERANDO: Que, mediante acta de defuncion se acredita que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, pensionista sobreviniente por viudez, fallecio el 11 de MORDAZA de 2002, sin embargo, posterior a su fallecimiento se le hizo un abono indebido de pension durante el periodo del 11 al 30 de MORDAZA de 2002; Que, asimismo, tal y como se aprecia del Informe Nº 150-2003-SRB-GPEJ-GG/PJ, y de la documentacion adjunta, se acredita que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cristerna MORDAZA MORDAZA de Lovera, pensionista sobreviniente, fallecio el 9 de MORDAZA de 2001, sin embargo, posterior a su fallecimiento se ha realizado un cobro indebido de pension durante el periodo del 9 de MORDAZA al 30 de junio del 2001; Que, asi tambien, posterior al cese del ex Magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se desempeno en el cargo de Juez Mixto de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA hasta el 9 de enero del 2001, se realizo un pago indebido de remuneraciones correspondiente al periodo no laborado del 9 al 31 de enero del 2001; Que, pese a los requerimientos cursados a los herederos de los pensionistas fallecidos y al ex Magistrado, a fin de que devuelvan los montos indebidamente cobrados, hasta la fecha no han procedido con hacer efectiva la devolucion, lo cual viene ocasionando perjuicios al Poder Judicial; Que, en el caso especifico del fallecimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se desprende del Oficio Nº 2206-2003-AD/CSJLL, que el Jefe de la Oficina de Administracion de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, luego de los requerimientos cursados a los herederos de la mencionada ex pensionista, ha derivado los actuados al Despacho del Presidente de dicha Corte para hacer MORDAZA los derechos de este Poder del Estado ante la Fiscalia Provincial Especializada en lo Penal de Turno de esa ciudad;

Que, los hechos MORDAZA expuestos deben ser debidamente investigados por las autoridades correspondientes a fin de determinar las responsabilidades del caso, en consecuencia resulta necesario autorizar a la Procuradora Publica del Poder Judicial, a fin de que inicie las acciones legales pertinentes ante las autoridades respectivas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado; el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial - D.S. Nº 01793-JUS y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que intervenga en la denuncia presentada por la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA e interponga las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, herederos de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Barreto; Cristerna MORDAZA Lovera MORDAZA heredera de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cristerna MORDAZA MORDAZA de Lovera; y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la finalidad de conllevar a la recuperacion de los fondos del Estado, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SIVINA MORDAZA Presidente 03435 RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 032-2004-P-PJ MORDAZA, 17 de febrero del 2004 VISTO: Los Memorandums Nºs. 436-2003-GPEJ-GG/PJ y 2377-2003-SRB-GPEJ-GG/PJ del Gerente de Personal y Escalafon Judicial y los Informes Nºs. 134, 135, 136, 139 y 140-2003-SRB-GPEJ-GG/PJ del Subgerente de Remuneraciones y Beneficios; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 0045-2003P-CSJJU/PJ, de fecha 28 de enero del 2003, se resolvio dejar sin efecto la designacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Vocal Suplente a partir del 30 de enero del 2003; Que, sin embargo, tal y como se desprende del Informe Nº 134-2003-SRB-GPEJ-GG/PJ, debido a que el Area de Remuneraciones recibe la informacion del cese el dia 17 de febrero del 2003, fecha posterior al cierre de planillas de febrero, se ha originado un pago indebido de haberes a la mencionada doctora; Que, asimismo, al ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se le hizo un pago indebido de haberes los meses de marzo y MORDAZA de 1999, y un pago indebido por bonos en el mes de marzo de 1999, conforme se encuentra acreditado en la MORDAZA de pagos por concepto de remuneraciones y de bonificacion jurisdiccional del periodo 1999; Que, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA durante el periodo no laborado del 19 de MORDAZA al 30 de MORDAZA del 2002, se le hizo un pago indebido de haberes, conforme se encuentra acreditado en la MORDAZA de pagos del periodo 2002; Que, al ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se le hizo un pago indebido de haberes correspondiente al periodo no laborado del 9 al 30 de enero del 2003, conforme queda acreditado en la MORDAZA de pagos de remuneraciones del periodo 2003; Que, tal y como se desprende del Informe Nº 140-2003SRB-GPEJ-GG/PJ, mediante memorandum Nº 454-2002ISE-SPTP-GPEJ-GG/PJ, de fecha 31 de diciembre del 2002, se informa la baja de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dando por concluido el contrato de locacion de servicios el 10 de diciembre del 2002;

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