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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (20/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G36/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 20 de febrero de 2004 JUSTICIA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G4F/G46/G4F/G50/G52/G49 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 033-2004-JUS Lima, 19 de febrero de 2004 CONSIDERANDO:Que, por Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promo- ción del Acceso a la Propiedad Formal, complementadapor la Ley Nº 27046, se crea la Comisión de Formaliza-ción de la Propiedad Informal - COFOPRI, cuyo TextoÚnico Ordenado se aprobó mediante Decreto SupremoNº 009-99-MTC; Que, el artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, estable-ce que el Gerente General será designado medianteResolución Suprema a propuesta del Ministro que presideCOFOPRI; Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-98-MTC, se aprobó el Estatuto de COFOPRI, cuyo artículo 14º dispo-ne que la Gerencia General de la entidad constituye cargode confianza; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27594 dispone que los procedimientos normados por leyes específicas para ladesignación de Consejos Directivos, Directorios y Funcio-narios, continúan vigentes; Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente Gene- ral de COFOPRI, por lo que resulta necesario designar ala persona que desempeñará el mencionado cargo; De conformidad con la Ley Nº 27594, Decreto Legisla- tivo Nº 803, Decretos Supremos Nºs 014-98-MTC y 009-99-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al señor CARLOS JULIO ENRIQUE ORTIZ DE ZEVALLOS EAST,como Gerente General de la Comisión de Formalizaciónde la Propiedad Informal - COFOPRI. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BALDO KRESALJA ROSELLÓ Ministro de Justicia 03612 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G2D /G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 077-2004-JUS Lima, 13 de febrero de 2004 Visto, el Oficio Nº 0140-2003-JUS de la Presidenta del Consejo de Defensa Judicial del Estado, de fecha 15 deenero de 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 262-2003-JUS, se designó a la señora abogada María Esperanza Adrian-zén Olivos, en el cargo de Director de Programa SectorialI (nivel F-2), Secretaria Técnica del Consejo de DefensaJudicial del Estado; Que, mediante Resolución Suprema Nº 052-2003-JUS, que aprobó el Cuadro de Asignación de Personal del Mi-nisterio de Justicia, se modificó el nivel del referido cargopúblico de confianza, teniendo como nueva denominaciónel de Director de Programa Sectorial II, nivel F-3; Que, por Resolución Suprema Nº 069-2003-JUS, se precisó que el Cuadro para Asignación de Personal delMinisterio de Justicia, regirá a partir del 1 de enero de 2004;Que, mediante el documento de vistos, la Presidenta del Consejo de Defensa Judicial del Estado solicitó efec-tuar nueva designación a favor de la mencionada profesio-nal, considerando la actual denominación del cargo queostenta; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en el Decreto Ley Nº 25993y en la Ley Nº 27594; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar, a partir del 1 de enero de 2004, a la señora abogada MARÍA ESPERANZA ADRIANZÉN,como Directora de Programa Sectorial II, nivel F-3, Secre-taria Técnica del Consejo de Defensa Judicial del Estado. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 262-2003-JUS. Regístrese, comuníquese y publíquese.FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 03497 MIMDES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G2D /G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G6C/G69/G67/G69/G6F/G73/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 105-2004-MIMDES Lima, 17 de febrero de 2004 Vistos la Carta de Donación de fecha 11 de noviembre de 2003, emitida por la entidad donante The Adventist De-velopment and Relief Agency (ADRA) International, conSede en la ciudad de Silver Spring, Estados Unidos deNorteamérica, a favor de la "Asociación Agencia Adven-tista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales del Perú"-ADRA PERU; CONSIDERANDO:Que, mediante el documento de vistos, la entidad do- nante The Adventist Development and Relief Agency(ADRA) International, con Sede en la ciudad de SilverSpring, Estados Unidos de Norteamérica, han efectua-do una donación consistente en doscientos veinticuatro(224) sillas de ruedas para adultos, ciento diecinueve(119) sillas de ruedas para niños, doscientos cincuenta(250) accesorios/partes de las sillas de ruedas, cientotreinta y cinco (135) muletas, veintiocho (28) equipos parabaño, doce (12) equipos de terapia/rehabilitación y cua-renta y cinco (45) materiales educativos, con un pesoaproximado de 14,515.200 Kgs. y un valor FOB aproxi-mado de US$ 118,645.00 (CIENTO DIECIOCHO MILSEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 DÓLA-RES AMERICANOS) a favor de la "Asociación AgenciaAdventista para el Desarrollo y Recursos Asistencialesdel Perú" ADRA PERU, amparados entre otros docu-mentos en los Conocimientos de Embarque Nºs. MAEUSJ1277764 y N2023; Que, la entidad solicitante es una Asociación Civil registrada como una "Institución Privada sin fines delucro, Receptora de Donaciones de Carácter Asisten-cial o Educacional Provenientes del Exterior", asimis-mo cuenta con el Registro de Entidades Exoneradasdel Impuesto a la Renta, aprobado por Resolución deIntendencia de SUNAT Nº 011-4-00878 de fecha 13 demarzo 1997; Que, la donación servirá para el Proyecto "Distribución de sillas de ruedas en las ciudades de Lima y Piura" a finde contribuir al mejoramiento de las condiciones de vidade las personas con discapacidad en el Perú; Que, por la presente Resolución, las mercaderías men- cionadas se encuentran exoneradas del pago de los Dere-chos Arancelarios y no están gravados con el ImpuestoGeneral a las Ventas; Con la opinión técnica favorable de la Oficina de Co- operación Internacional contenida en el Informe Nº 242-2003-MIMDES-OCI se recomienda la emisión de la Reso-lución de Aprobación de Donación; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27793,