Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2004 (20/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, viernes 20 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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Otorgan autorizacion a CNC S.A.C. para instalar establecimiento industrial pesquero para desarrollar actividades de congelado y precocido de recursos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 430-2003-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 27 de noviembre de 2003 Visto el Oficio con registro Nº CE-10963002 del 25 de setiembre de 2003, mediante el cual la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA remite el expediente con registro Nº 5696 del 22 de setiembre de 2003, presentado por la empresa CNC S.A.C. CONSIDERANDO: Que el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que mediante el escrito presentado ante la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA el 22 de setiembre de 2003, la empresa recurrente solicita autorizacion para instalar un establecimiento industrial pesquero y desarrollar la actividad de congelado y precocido deshidratado de recursos hidrobiologicos, a traves de las plantas de congelado, precocido y deshidratado con capacidades proyectadas de 50 y 10 t/dia, a ubicarse en MORDAZA Tacna Nº 910, distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Piura; Que a traves del Certificado Ambiental Nº 023-2003PRODUCE/DINAMA del 15 de agosto de 2003, la Direccion Nacional de Medio Ambiente de Pesqueria senala que el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la empresa recurrente ha merecido calificacion favorable; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que la empresa recurrente ha cumplido con presentar los requisitos exigidos por el procedimiento Nº 24 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, por lo que resulta procedente otorgar lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves de su Informe Nº 208-2003PRODUCE/DNEPP-Dch del 17 de noviembre de 2003 y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con los articulos 43º, 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, los articulos 49º y 52º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa CNC S.A.C. autorizacion para instalar un establecimiento industrial pesquero a fin de desarrollar las actividades de congelado y precocido-deshidratado de recursos hidrobiologicos a traves de una planta de congelado, precocido y deshidratado de recursos hidrobiologicos, a ubicarse en el MORDAZA Tacna Nº 910, distrito de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, con la siguiente capacidad proyectada: Congelado : Precocido-deshidratado congelados : 50 t/dia 10 t/dia

preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion Nacional de Medio Ambiente, segun el Certificado Ambiental Nº 023-2003PRODUCE/DINAMA del 15 de agosto de 2003. Articulo 3º.- Otorgar a la empresa CNC S.A.C. el plazo de un (1) ano, contado a partir de la fecha de notificacion de la presente resolucion, renovable por una sola vez y por igual periodo, previa MORDAZA de la informacion relativa al avance de obra e inversion sustantiva efectuada, para que la interesada concluya con la instalacion de la planta de congelado, precocido y deshidratado de recursos hidrobiologicos. Previo al inicio de su actividad productiva, solicitara la inspeccion tecnica correspondiente para la determinacion de la capacidad instalada y el otorgamiento de la licencia de operacion. Articulo 4º.- La autorizacion de instalacion de la planta de congelado, precocido y deshidratado de recursos hidrobiologicos senalada en el articulo 1º de la presente resolucion, caducara de pleno derecho al no acreditarse dentro del plazo autorizado o, de ser el caso, al termino de la renovacion del mismo, la instalacion del establecimiento industrial pesquero, sin que sea necesario para ello notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Articulo 5º.- El incumplimiento de lo senalado en los articulos 2º y 3º de la presente resolucion sera causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 03535

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican la Enmienda Tres al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico para Mejorar la Calidad de MORDAZA de los Peruanos en Areas Objetivo a lo largo de la Frontera Peru - Ecuador, suscrito con los EE.UU.
DECRETO SUPREMO Nº 015-2004-RE
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que con fecha 19 de setiembre del 2003, se suscribio en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, la "Enmienda Tres al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para Mejorar la Calidad de MORDAZA de los Peruanos en Areas Objetivo a lo largo de la Frontera Peru Ecuador"; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 57º y 118º, inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, y el articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase la "Enmienda Tres al Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA para Mejorar la Calidad de MORDAZA de los Peruanos en Areas

Articulo 2º.- La empresa CNC S.A.C., debera instalar su establecimiento industrial pesquero, con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la

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