TEXTO PAGINA: 37
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G38/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 21 de febrero de 2004 de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004. V.- MEDIDAS GENERALES DE RACIONALIDAD EN EL GASTO 1. El Presupuesto Institucional aprobado, deberá asegu- rar el cumplimiento de las metas contenidas en el Plan deTrabajo Institucional y el Plan de Modernización del Minis-terio Público, siendo competencia de los responsables delas Unidades Orgánicas el correcto uso de los recursosasignados, cuya ejecución se regirá dentro de los montos establecidos en la Ley Anual de Presupuesto y de acuerdo a los Calendarios de Compromisos Mensuales autoriza-dos por la Dirección Nacional de Presupuesto Público. 2. Los responsables de las Unidades Orgánicas del Ministerio Público, deberán adoptar las acciones necesa-rias que conlleven a una efectiva optimización de los recur- sos asignados, sin perjuicio de la calidad en los servicios que se brinda a la población. 3. Por ninguna circunstancia las Unidades Orgánicas del Ministerio Público podrán contraer compromisos degastos por montos mayores al Calendario de Compromisoautorizado, ni diferir su registro para un mes diferente a aquel en que éstos efectivamente se realizan. 4. Todas las asignaciones del Fondo para Pagos en Efec- tivo se orientaran a priorizar la atención de gastos de ca-rácter obligatorio e ineludible. VI.- MEDIDAS ESPECÍFICAS DE RACIONALIDAD EN EL GASTO 1. EN MATERIA DE PERSONAL1.1. Para el nombramiento o contratación de nuevo per- sonal se requiere contar con plaza presupuestada, enten- diéndose por plaza presupuestada al cargo contemplado en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), y quecuente con el financiamiento debidamente previsto en elPresupuesto Institucional dentro del Grupo Genérico deGasto 1. "Personal y Obligaciones Sociales", conforme alPresupuesto Analítico de Personal (PAP) del Ministerio Público. La modalidad de nombramiento en plaza presupuestada solo procede cuando se trate de Fiscales. Las acciones que contravengan el presente numeral serán nulas de pleno derecho, sin perjuicio de la respon-sabilidad del funcionario que autorizó tales actos, así comodel Titular del Pliego. 1.2. Queda prohibido la recategorización y/o modifica- ción de plazas, que se orienten al incremento de las remu-neraciones, por efecto de la modificación del Cuadro paraAsignación de Personal (CAP) y/o del Presupuesto Analíti-co de Personal (PAP). 1.3. Está prohibido efectuar pagos por concepto de ho- ras extras al personal de la Institución, independientemente del régimen laboral al que pertenecen, pudiendo el Minis-terio Público establecer turnos u otros mecanismos paramantener el adecuado cumplimiento de sus funciones. 1.4. La Gerencia Central de Personal debe efectuar evaluaciones periódicas de las planillas del personal acti- vo y cesante para efecto de depurar y evitar pagos a per- sonal y pensionista inexistente, debiendo el Órgano deControl Institucional bajo responsabilidad verificar trimes-tralmente el cumplimiento de lo antes señalado, bajo res-ponsabilidad. 1.5. Queda prohibido todo tipo de gasto orientado a la celebración de agasajos por fechas festivas que implique la afectación de recursos públicos o de fondos de CAFAE,provenientes de transferencias del Sector Público. 2. EN MATERIA DE BIENES Y SERVICIOS 2.1 VIÁTICOS Y ASIGNACIONES 2.1.1. Las comisiones de servicios al interior del país tendrán una duración de tres (3) días como máximo y dedos (2) comisionados en cada Distrito Judicial que se visi- te (no incluye a los conductores de vehículos). Para la Fis- calía Suprema de Control Interno y el Órgano de ControlInstitucional, la Comisión del Servicio tendrá una duraciónseis (6) días como máximo y la participación de tres (3)comisionados.2.1.2. Los traslados por Comisión del Servicio al inte- rior del País por vía aérea, sólo serán autorizados para loslugares que figuran en el Cuadro Nacional de Desplaza-miento aéreo aprobado por la Resolución de GerenciaGeneral Nº 549-2003-MP-FN-GG, salvo autorización de laFiscal de la Nación. 2.1.3 Queda prohibido la utilización de los vehículos asignados a los Distritos Judiciales para las Comisionesdel Servicios a lugares fuera de su Distrito Judicial. Lasexcepciones serán autorizadas por la Gerencia General. 2.1.4. Los viáticos o cualquier otra asignación de natura- leza similar, en dinero o en especie, por viajes dentro del País comprende los gastos de alimentación, hospedaje y movilidad (hacia y desde el lugar del embarque), así comola movilidad utilizada para el desplazamiento en el lugardonde se realiza la Comisión de Servicios y no superará lasuma de S/. 200.00 diarios, siempre que la comisión tengauna duración superior a veinticuatro (24) horas, caso con- trario se otorgarán los viáticos de manera proporcional a las horas de la comisión independientemente de la catego-ría ocupacional del trabajador, su relación laboral, o motivode la comisión del servicio, debiendo contar con la aproba-ción expresa del Gerente General. La aplicación de losconceptos de viáticos prestarán estricto cumplimiento a las normas y directivas internas que emita la Gerencia de Te- sorería. 2.1.5. Los viajes al exterior se limitarán sólo para los casos propios de la investigación Fiscal u otros, que por sutrascendencia sean útiles para el Ministerio Público. Entodos los casos serán autorizados mediante resolución de Fiscalía de la Nación que se publicarán antes del inicio de la comisión. 2.2. COMB USTIBLES Y LUBRICANTES 2.2.1. La dotación mensual de combustible de los vehículos asignados a los funcionarios , de la Sede Cen- tral y Distritos Judiciales, será de cuarenta (40) galonesmensuales como máximo, y sólo se podrá ampliar en ca-sos de emergencias o cuando se requiera apoyo en pro-yectos o actividades debidamente autorizadas por el Fis-cal de la Nación o la Gerencia General. 2.2.2. Se encuentran exceptuados de lo dispuesto en el anterior literal, el Titular del Pliego, los Fiscales Supremos,Secretaría General y el Gerente General. 2.2.3. La dotación de combustible para vehículos asigna- dos a las Dependencias de Ministerio Público ( no funcio- narios), se efectuará conforme lo establecen las normas internas vigentes, sin que ello no implique adoptar medi- das que conlleven al ahorro efectivo del gasto por el con-sumo de combustible. 2.3. ASIGNACIÓN DE UNIDADES MOVILES 2.3.1. La asignación de vehículos a las Unidades Orgáni- cas del Ministerio Público, deberá contar necesariamentecon la autorización del Titular del Pliego. 2.3.2. Queda prohibido el uso de los vehículos para actividades de índole personal, salvo de casos especialesautorizadas por la Fiscal de la Nación y cuando se tenga que trasladar al personal que por necesidad del servicio haya debido quedarse a laborar hasta después de las 22:00horas. 2.3.3. Todos los vehículos incluyendo los asignados a Fiscalías u otros órganos al término de la jornada laboral,deberán quedar a disposición del área de Transporte, bajo responsabilidad. Se exceptúa de la presente disposición los vehículos asignados a los Fiscales Supremos. 2.3.4 Queda establecido que los vehículos permanece- rán en las instalaciones de la Institución durante los díasno laborables, salvo en el caso que sean asignados en ta-les días para el cumplimiento de actividades propias de la Institución. 2.4 ALIMENTOS DE PERSONAS 2.4.1. La dotación de leche será para los Médicos Legis- tas, Profesionales de la Salud, personal Asistencial y Ad- ministrativo que laboren directamente con reactivos quími-cos y realicen necropsias. 2.4.2. Los Fiscales, Médicos Legistas, Personal Asisten- cial y Administrativo, que se encuentren de turno, tendrán