Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (22/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 24

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G32/G39/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 22 de febrero de 2004 C.1) REQUISITOS ADICIONALES PARA LOS ES- TABLECIMIENTOS PÚBLICOS DEDICADOS A EX-PENDER BEBIDAS ALCOHÓLICAS (SALONES DEBAILE, SALSÓDROMOS, DISCOTECAS, BARES,PUBS, CAFÉ TEATROS, PEÑAS, CABARETS, CEN-TROS NOCTURNOS, BOITES Y SIMILARES) 1. Proyecto de acondicionamiento acústico (si el caso lo requiere), planos y recomendaciones para mitigar efec-tos, firmado por arquitecto. 2. Inspección técnica de la Subgerencia de Comer- cialización de la Gerencia de Desarrollo Urbano. 3. Acreditar número de estacionamientos reglamen- tarios. 4. Plano de distancia lineal según corresponda.5. Inspección técnica con opinión positiva de la Ofici- na de Defensa Civil. Artículo 4º.- Comisión Especial. Constitúyanse las comisiones especiales encargadas de revisar las solicitudes de acogimiento al beneficio con-tenido en la presente ordenanza, las mismas que esta-rán integradas por: A) PARA LAS SOLICITUDES DE REGULARIZA- CIÓN DE LICENCIAS DE OBRA, AMPLIACIÓN, MO-DIFICACIÓN Y REMODELACIÓN. 1. Gerente de Desarrollo Urbano, quien la presidirá. 2. Subgerente de Obras Privadas. 3. Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica. B) PARA LAS SOLICITUDES DE REGULARIZA- CIÓN DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO : 1. Gerente de Desarrollo Urbano, quien la presidirá y tendrá el voto dirimente. 2. Subgerente de Comercialización.3. Jefe de la Oficina de Defensa Civil.4. Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica. Artículo 5º.- Procedimiento . Las solicitudes presentadas deberán ser remitidas a la Gerencia de Desarrollo Urbano, quien las remitirá parasu revisión a la comisión especial correspondiente.La Comisión Especial revisará la solicitud en un plazono mayor a diez (10) días útiles, debiendo emitir su dic-tamen final transcurrido dicho plazo. En caso que la solicitud de regularización de licencia de obra, ampliación, modificación y remodelación hubiera sidoobservada por la comisión especial porque la construcciónno cumple los requerimientos de la ley de la materia, el dic-tamen final deberá contener las recomendaciones técnicas,si las deficiencias fueran subsanables, las mismas que de- berán ser cumplidas progresivamente por el beneficiario. Emitido el dictamen final de la comisión especial, ésta remitirá el mismo, junto con la solicitud de acogimientoal beneficio a la Gerencia de Desarrollo Urbano. La Ge-rencia de Desarrollo Urbano emitirá, dentro del plazo dediez (10) días la resolución de acogimiento al beneficio administrativo extraordinario de regularización de licen- cia, con mención expresa de las recomendaciones y ob-servaciones del dictamen final, si estas existieran. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El presente beneficio administrativo extraor- dinario tendrá vigencia hasta el 15 de marzo del 2004. Segunda.- Facúltese al Alcalde para que mediante De- creto de Alcaldía dicte las disposiciones complementariasnecesarias para la adecuada aplicación de la presente or- denanza, incluida la prórroga de la vigencia de la misma. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Ur- bano y a la Gerencia de Administración Tributaria el cum- plimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. Cuarta.- Las órdenes de demolición quedan suspen- didas con la presentación de la solicitud de acogimiento a la presente ordenanza. Quinta.- Los administrados que hubieran tenido licen- cia de funcionamiento hasta el año 1997 y esta hubierasido cancelada por efectos del Decreto de Alcaldía Nº 014- 97-MDB, y no hubieran cambiado de giro en el negocio,se podrán acoger a la presente ordenanza presentandocopia de la referida licencia y los siguientes requisitos: a) Presentación del formulario único. b) Copia de documento de identidad.c) Pago del derecho de revisión equivalente a 1.56% de la UIT (pago único). d) Poderes que acrediten representación de las per- sonas jurídicas. e) Constancia de pago del 20% de la multa administra- tiva que se hubiera impuesto por la ausencia de licencia. f) Constancia de pago del impuesto predial y arbi- trios del inmueble correspondientes al año 2003. g) Certificado de compatibilidad aprobado o copia de resolución gerencial de licencia provisional vigente. h) Constitución de la empresa fedateada.i) Copia del título profesional.j) Copia de RUC.k) Inspección técnica de la Subgerencia de Comer- cialización de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 03700 /G49/G6E/G63/G6C/G75/G79/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20/G64/G65 /G70/G72/G65/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G65/G6E/G65/G6C/G20/G72/G75/G62/G72/G6F/G20/G22/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G22/G20/G64/G65/G6C/G54/G55/G50/G41/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 181-MDB Barranco, 9 de febrero del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCOVISTO, el informe Nº 0015-2004-GAT/MDB de la Ge- rencia de Administración Tributaria, respecto al cobro de derecho por la solicitud de prescripción de deudas tribu-tarias, en la Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 086-MDB, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA2002, en el cual se establecen los Procedimientos quese requieren en la Municipalidad de Barranco, y los re-quisitos que se exigen para cada uno de ellos; Que, la Gerencia de Administración Tributaria solicita que se incluya en el Texto Único de Procedimientos Ad-ministrativos la solicitud de prescripción de deudas tri-butarias asignándosele como pago derecho el 0.94% dela Unidad Impositiva Tributaria, haciéndose necesario dis-poner la modificación del TUPA; Estando a lo informado y ejerciendo las facultades conferidas por el artículo 9º, inciso 6) de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto unáni-me de sus miembros, el Concejo Distrital de Barrancoha dado la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- Incluir en el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos, en el rubro “ADMINISTRACIONTRIBUTARIA”, el procedimiento de “Solicitud de prescrip-ción de deudas tributarias”, de acuerdo al detalle descrito enel anexo Nº 1 que forma parte de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Administración Tri- butaria y Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN DEL POMAR SAETTONE Alcalde