Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2004 (23/02/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, lunes 23 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES
a) b) c) d) Levantando la mano. Poniendose de pie. Por cedulas. En forma nominal.

Pag. 263085

MORDAZA a Comisiones por no encontrarse suficientemente estudiado. El MORDAZA o quien dirige el debate concedera un MORDAZA de tres minutos para plantearla y de inmediato la sometera sin debate a votacion; sin embargo, en casos excepcionales puede abrir debate, senalando el tiempo MORDAZA que concedera a cada orador para intervenir. Articulo 60º.- Durante el desarrollo de la sesion, los Regidores y el MORDAZA guardan debido respeto a la opinion de los demas miembros del Concejo evitando en todo momento dirigirse con palabras ofensivas que afecten el honor y la buena reputacion. Si algun miembro del Concejo pronuncia palabras o frases ofensivas es llamado al orden y a retirarlas, por el MORDAZA o quien dirige la sesion. De no hacerlo o de persistir en su actitud, el infractor es sancionado. El acuerdo de sancion se adopta por mayoria simple. Articulo 61º.- Constituyen faltas: a) Pronunciar palabras o frases ofensivas que afecten la reputacion, el honor, la intimidad o la imagen personal del MORDAZA, Regidor, o funcionario y vecinos asistentes; b) Interrumpir el normal desarrollo de las Sesiones de Concejo de manera directa o por intermedio de terceros; c) Agredir fisicamente a otro Regidor, al MORDAZA o a los funcionarios y vecinos asistentes; d) Concurrir a la Municipalidad o a las Sesiones de Concejo bajo el efecto del alcohol y/o sustancias estupefacientes o alucinogenas. Las faltas establecidas en los literales a) y b) seran sancionadas con amonestacion escrita. Las establecidas en los literales c) y d), por considerarse faltas graves, se sancionaran con suspension en el ejercicio del cargo hasta por un plazo de treinta (30) dias calendario. Para la aplicacion de estas sanciones, el Concejo Municipal constituye instancia unica. VOTACION Articulo 62º.- Los acuerdos son adoptados por mayoria calificada o mayoria simple segun lo establece la Ley Organica de Municipalidades. El MORDAZA tiene MORDAZA dirimente en caso de empate, independientemente del MORDAZA que le corresponde como miembro del Concejo. Se requiere votacion calificada para los siguientes casos: 1) Aprobar endeudamientos internos y externos que deben estar destinados exclusivamente para las obras y servicios publicos, requiriendose la aprobacion de la mayoria legal de miembros del Concejo Municipal (articulo 9º numeral 24) de la Ley Organica de Municipalidades). 2) Declarar la vacancia del cargo de MORDAZA o Regidor y que corresponde al MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de los miembros del Concejo Metropolitano (articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades). 3) Para constituir empresas municipales, requiriendo del MORDAZA favorable de mas de la mitad del numero legal de Regidores (articulo 35º de la Ley Organica de Municipalidades). 4) Pedir la adjudicacion de tierras al Estado para si o para la Municipalidad del Centro Poblado que lo requiera, siendo necesario el MORDAZA conforme de las dos terceras partes del numero legal de Regidores y teniendo a la vista el proyecto completo de uso de los bienes solicitados y las evaluaciones del impacto ambiental que pueda generarse (articulo 61º de la Ley Organica de Municipalidades). 5) Por unica vez, declarar en emergencia administrativa o financiera a la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, por un plazo MORDAZA de noventa dias con el objeto de hacer reformas, cambios o reorganizaciones que fueran necesarias para optimizar recursos y funciones, respetando los derechos laborales adquiridos legalmente, para lo cual se requiere el MORDAZA favorable de dos tercios de los miembros habiles del Concejo (Vigesima Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades). Articulo 63º.- Las votaciones se efectuaran de las siguientes formas:

Las dos primeras se podran emplear indistintamente en todos los casos; excepto cuando por solicitud de algun Regidor o dada la naturaleza de la eleccion y el Concejo asi lo MORDAZA acordado, se disponga que la votacion sea nominal o por cedulas. Articulo 64º.- Los Regidores que expresen MORDAZA singular haran constar en el acta su posicion y los motivos que lo justifican, en la forma que prescribe el articulo 17º numeral 4) del presente Reglamento. El Secretario hace constar este MORDAZA en el acta junto con la decision adoptada. CAPITULO III DE LAS SESIONES EXTRAORDINARIAS Articulo 65º.- Las sesiones extraordinarias se realizaran: a) Para tratar la aprobacion del Presupuesto de la Municipalidad y sus modificaciones, dentro del plazo senalado por las disposiciones legales o administrativas pertinentes; b) Para pronunciarse sobre la Memoria Anual y la Cuenta General del ejercicio anterior, dentro de los primeros noventa dias de cada ano; c) Para acordar el otorgamiento de condecoraciones y otros MORDAZA, de acuerdo con el correspondiente reglamento; d) Para tratar asuntos de naturaleza especial o temas de interes comunal solicitados por los vecinos; y, e) Para tratar temas que el MORDAZA considere de urgencia. En las Sesiones Extraordinarias solamente se pueden tratar los asuntos que son materia de la convocatoria. Articulo 66º.- El Concejo Municipal sesiona extraordinariamente cuando lo convoque el MORDAZA o lo solicite cuando menos la tercera parte del numero legal de sus miembros. Articulo 67º.- El MORDAZA debe convocar a sesion extraordinaria dentro de los cinco dias habiles siguientes a la recepcion del pedido de los Regidores a los que se refiere el articulo precedente. Si no la convoca el MORDAZA, puede hacerlo el primer Regidor o en defecto de este, cualquier otro Regidor previa notificacion escrita al Alcalde. Entre la convocatoria y la sesion mediara cuando menos cinco dias habiles. Si el MORDAZA o el primer Regidor concurre a la sesion asi convocada, tiene derecho a presidirla, en el mismo orden. Articulo 68º.- Los Acuerdos de Concejo pueden ser reconsiderados a solicitud escrita y fundamentada del veinte por ciento (20%) de sus miembros habiles y en estricta observancia del presente Reglamento. El pedido debe presentarse dentro del tercer dia habil contado a partir de la fecha que se adopto el Acuerdo y debera ser visto en la sesion ordinaria inmediata siguiente. Articulo 69º.- Para admitir a debate la reconsideracion se requiere mayoria del numero legal de miembros del Concejo. Aceptada a debate queda en suspenso la disposicion reconsiderada hasta que el Concejo la resuelva en forma definitiva. CAPITULO IV DE LAS SESIONES SOLEMNES Articulo 70º.- Las Sesiones Solemnes se celebran en las oportunidades siguientes: a) En MORDAZA Patrias, para conmemorar el Aniversario de la Declaracion de la Independencia del Peru; b) En conmemoracion del Aniversario de creacion del distrito de MORDAZA de Surco; y, c) En las oportunidades que estime el MORDAZA en conmemoracion de hechos gloriosos o trascendentales y para

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.