Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (23/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G33/G30/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 23 de febrero de 2004 4) Monitoreo de los sistemas de información de segu- ridad integral del distrito. 5) Políticas, Regulación y control de la infraestructura vial, transporte público y privado, incluyendo el transporte de carga así como de peatones y personas con discapaci-dad. 6) Promoción de la inversión privada en proyectos de transporte público. 7) Sistemas distritales de semaforización y señaliza- ción. 8) El control de la contaminación causado por el trans- porte público y privado. 9) Regulación y control de la circulación de vehículos menores motorizados o no motorizados, tales como mototaxis, taxis, triciclos y otros de similar naturaleza. 10)Supervisar los planes de prevención, emergencias y rehabilitación del distrito. 11)Fiscalizar el cumplimiento del Plan de Defensa Civil del distrito. 12)Fiscalizar y normar los demás asuntos que le en- cargue el pleno del Concejo Municipal y las normas espe- cíficas sobre la materia. Artículo 95º.- El Secretario Técnico de esta comisión es el Gerente Central de Servicios Locales, quien está obligado a asistir a las sesiones correspondientes. SUBCAPÍTULO VI DE LAS FUNCIONES DE LA COMISIÓN ORDINARIA DE ASUNTOS JURÍDICOS Artículo 96º.- Es competencia de la Comisión Ordina- ria de Asuntos Jurídicos, formular, sistematizar los aspec- tos normativos del Concejo Municipal, a nivel de revisiónde Acuerdos, Ordenanzas y Resoluciones que se requiera aprobar por el pleno; así mismo, le corresponde la fiscali- zación del ámbito normativo de la Administración Munici-pal y de las acciones que de manera directa compete a la Procuraduría Pública Municipal. Son funciones específicas de la Comisión Ordinaria de Asuntos Jurídicos: 1) Revisar y dictaminar la legalidad de los proyectos de ordenanzas, acuerdos y resoluciones que deban ser sometidos a la aprobación del Concejo Municipal. 2) Fiscalizar las acciones de la Oficina de Asesoría Jurídica y de las Oficinas de Asesoría Legal que operan en la administración municipal. 3) Fiscalizar el desempeño de la Procuraduría Pública Municipal. 4) Otras que el Concejo le asigne. SUBCAPÍTULO VII DE LAS FUNCIONES DE LA COMISIÓN ORDINARIA DE ASUNTOS SOCIALES Y PARTICIPACIÓN VECINAL Artículo 97º.- Es ámbito de la Comisión Ordinaria de Asuntos Sociales y Participación Vecinal, ejercer acciones de fiscalización y proyectar normas en materia de educa-ción, salud y servicio social para la población del Distrito, así como el control de la ejecución de programas orienta- dos a mejorar la calidad de vida de los vecinos. Artículo 98º.- Son funciones específicas de la Comisión Ordinaria de Asuntos Sociales y Participación Vecinal: 1) Supervisar el desarrollo de actividades preventivas, de recuperación y de protección de la salud para la pobla- ción del distrito. 2) Fiscalizar la ejecución de programas y actividades sociales dirigidos a mejorar la calidad de vida de niños, adultos mayores, madres jóvenes y personas con disca-pacidad, promoviendo la participación de la sociedad civil y de los organismos públicos y privados. 3) Supervisar las actividades orientadas a la protec- ción de los derechos del niño y adolescente, de acuerdo a lo establecido en el código vigente.4) Fiscalizar la ejecución de programas y actividades educativas, culturales, turísticas, deportivas y recreativas. 5) Supervisar la ejecución de programas y actividades de los servicios comunitarios municipales, a fin de asegu- rar que éstos cumplan con sus objetivos. 6) Fiscalizar el cumplimiento de los objetivos específi- cos, establecidos en el Plan Estratégico Institucional de la Municipalidad, aprobado con Resolución Nº 935-2002-RASS del 20NOV2002; especialmente de los que requie- ren su directa participación, como: Mejorar las condicio- nes de vida de los vecinos; Fortalecer el desarrollo turísti-co; Fomentar los valores y la identidad propia de la comu- nidad; Mejorar concertadamente la educación en el distrito y, fortalecer las redes de grupos sociales vulnerables. 7) Supervisar las actividades relacionadas con el con- trol de las disposiciones municipales, a través de encues- tas, canalización de denuncias, reclamos y otras formasde participación vecinal establecidas. 8) Supervisar y fiscalizar el desarrollo de los Progra- mas del Vaso de Leche, Presupuesto Participativo y delComité de Defensoría del Vecino Surcano. 9) Supervisar el cumplimiento de los proyectos, conte- nidos en el Plan de Desarrollo Integral del distrito, aproba-do por Acuerdo de Concejo Nº 73-2002-ACSS del 4OCT2002, de acuerdo al ámbito de la competencia de la Gerencia de Bienestar Social y Desarrollo Humano. Artículo 99º.- El Secretario Técnico de esta Comisión será el Gerente de Bienestar Social y Desarrollo Humano. CAPÍTULO II DE LA CONFORMACIÓN DE COMISIONES Artículo 100º.- En la conformación de las Comisiones se aplican los principios de pluralidad, proporcionalidad, especialidad y oportunidad. Artículo 101º.- El Cuadro de Comisiones es aprobado por el Concejo a propuesta del Alcalde. Artículo 102º.- Las Comisiones de Regidores son mul- tipartidarias en caso de permitirlo el número de Regidoresen minoría y deberán ser conformadas por Acuerdo de Concejo durante el primer mes calendario del año. Artículo 103º.- Cada una de las Comisiones estará conformada por un número impar de Regidores, con un mínimo de tres, un Presidente y los miembros que serán designados por el Concejo a propuesta del Alcalde. En casode ausencia o enfermedad del titular, uno de los miembros ejercerá la presidencia. El número y los integrantes de las Comisiones serán establecidos por Acuerdo de Concejo, a propuesta del Al- calde en el mismo acto de conformación de éstas. Artículo 104º.- Un Regidor puede integrar hasta tres (3) Comisiones Ordinarias pudiendo presidir sólo una de ellas. El Concejo puede aprobar excepciones a esta dispo- sición. Artículo 105º.- Los miembros de las Comisiones po- drán solicitar la asistencia de funcionarios de la Municipa- lidad que tienen a su cargo la gestión de servicios munici-pales en los cuales tiene competencia la Comisión, los mismos que tendrán derecho a voz, mas no a voto. Artículo 106º.- Son funciones del Presidente de cada Comisión: 1) Convocar y presidir las Sesiones de la Comisión. 2) Revisar el Despacho de la Comisión e informar a sus miembros. 3) Suscribir con el Secretario las Actas de las Sesio- nes de la Comisión. 4) Informar al Concejo sobre las actividades de la Co- misión, así como las propuestas que acuerde la misma. Artículo 107º.- Son funciones del Secretario de cada Comisión: 1) Citar a las Sesiones de la Comisión de conformidad con sus acuerdos e indicaciones del Presidente. 2) Redactar y suscribir las Actas de la Comisión. 3) Gestionar el Despacho de conformidad con las de-