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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G32/G31/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 26 de febrero de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante la resolución de vista el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, ha dispuesto la conversión del NovenoJuzgado Penal de Reserva en Juzgado Especializado en loPenal y ha facultado a esta Presidencia a dictar las disposi-ciones necesarias para que la carga procesal del referidoJuzgado sea redistribuida de acuerdo al Juzgado de origen y/o en forma equitativa entre los demás Juzgados Penales; Que, según se aprecia del informe emitido por la Ofici- na de estadística, el Noveno Juzgado Penal concentra ex-pedientes declarados en reserva provisional –por la condi-ción de reos ausente o contumaz del procesado- que lefueron remitidos por los siete Juzgados de Trámite – 1º al7º- y los dos Juzgados Penales de Reos en Cárcel – 8º y12º-, siendo su carga procesal en la actualidad aproxima-damente de cinco mil expedientes; Que, estando a que aún existen expedientes de los ex Juzgados Transitorios, así como del 14º y 15º JuzgadoPenal desactivados, este Despacho estima por convenien-te, que la distribución de procesos en reserva, se realiceteniéndose en cuenta al juzgado de origen; siendo precisodisponer, que aquellos expedientes, cuyas unidades juris-diccionales ya no existen, continúen constituyendo cargaprocesal del 9º Juzgado Especializado en lo Penal; Por lo expuesto, en uso de las facultades conferidas al suscrito por el artículo 90º, incisos 3) y 9) del TUO de laLey Orgánica del Poder Judicial y de la Resolución Admi-nistrativa citada en vistos, la Presidencia; RESUELVE:Primero.- DISPONER que la carga procesal del Noveno Juzgado Penal de Procesos en Reserva, se distribuya consi-derando el Juzgado Especializado en lo Penal de origen. Segundo.- DISPONER que los expedientes, cuyos órga- nos jurisdiccionales de origen ya no existen, constituyan cargadel Noveno Juzgado Especializado en lo Penal, además de losque recibirá de la distribución aleatoria realizada por el sistemade la MPU. Tercero.- La numeración de los expedientes no sufrirá va- riación, debiendo la Oficina de Informática tomar las accionestécnicas que corresponden para que los expedientes distribui-dos puedan ser identificados en la Judicatura que los recibirá. Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Administración pres- te las facilidades que requieran los órganos jurisdiccionalespara operativizar lo dispuesto en la presente resolución. Quinto.- Póngase la presente resolución en conoci- miento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Corte Su-prema de Justicia de la República, Oficina de Control de laMagistratura, Gerencia General, Oficina Distrital de Con-trol de la Magistratura, Consejo Ejecutivo Distrital, Oficinade Administración Distrital, Oficina de Informática y JuezCoordinadora de los Juzgados Penales. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.LORENZO ALEJANDRO MONTAÑEZ GONZALES Presidente de la Corte Superior de Justicia 03972 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 ANR - CONAFU /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G61/G6C/G75/G6D/G6E/G6F/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G41/G6E/G74/G6F/G6E/G69/G6F/G52/G75/G69/G7A/G20/G64/G65/G20/G4D/G6F/G6E/G74/G6F/G79/G61/G20/G63/G6F/G6E/G20/G73/G65/G64/G65/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 034-2004-CONAFU Lima, 16 de febrero del 2004 VISTOS; la Resolución Nº 055-2003-CONAFU del 05 de marzo del 2003; la Resolución Nº 060-2003-CONAFUdel 10 de marzo del 2003; Carta del 28 de marzo del 2003;el Informe 042-2003-CDAYC del 11 de junio del 2003; elOficio Nº 595-2003-CONAFU-P del 24 de junio del 2003; el Expediente Nº 82419 del 8 de enero del 2004; el Expe-diente Nº 82565 del 13 de enero del 2004; el Informe Nº012-2004-CONAFU-CEAA del 16 de enero del 2004; la Re-solución Nº 010-2004-CONAFU del 20 de enero del 2004;el Expediente Nº 83403 del 29 de enero del 2004; el Expe-diente Nº 83404 del 29 de enero del 2004; el Informe Nº001-2004-2 da-CDAYC-CONAFU del 10 de febrero del 2004; el Acuerdo Nº 044-2004-CONAFU de la Sesión Ordinariadel 12 de febrero del 2004; y, CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CO-NAFU, como un órgano autónomo, teniendo como atribu-ción: la de evaluar los proyectos y solicitudes de autoriza-ción de funcionamiento de las nuevas universidades a nivelnacional y, emitir resoluciones autorizando o denegando sufuncionamiento provisional o definitivo, previa verificación delcumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones esta-blecidas en la Ley y los reglamentos del CONAFU; Que, con la Resolución Nº 055-2003-CONAFU del 5 de marzo del 2003, se autorizó el funcionamiento provisio-nal de la “Universidad Antonio Ruiz de Montoya - UARM”,con sede en la ciudad y departamento de Lima, sujeta a laevaluación permanente del CONAFU, dispuesta por la LeyNº 26439, para brindar servicios educativos de nivel uni-versitario; para cuyo fin la Universidad debía implementarla infraestructura física y los recursos humanos necesa-rios para el funcionamiento inicial de sus dos primeros años; Que, con documento de Vistos, la Universidad ha cum- plido con presentar el Informe respectivo, que ha sido eva-luado por la Comisión de Análisis y Consolidación del CO-NAFU, que informa que se ha cumplido con: inscribir elEstatuto de la Universidad como Asociación Civil sin Finesde Lucro en la Partida Nº 11597700 del Registro de Perso-nas Jurídicas de Lima y, de acuerdo al Proyecto de Desa-rrollo Institucional aprobado, se ha cumplido con implemen-tar al 100% lo siguiente: el Área Docente, el Área de Bien-estar Estudiantil, de Investigación, de Creación Intelectualy Artística, de Proyección Social y Difusión Cultural, laOrganización Administrativa Central; el Plan de Estudios yequipamiento Didáctico; la Infraestructura Física: en Au-las, Laboratorios; de Informática con conexión a Internet,la Biblioteca, el Auditorio y, se han realizado los aportescomprometidos por la Promotora para los dos primerosaños de funcionamiento de la Universidad; Que, concluida la implementación y, efectuada la verifi- cación del informe presentado; contando con la recomen-dación favorable de las Comisiones del CONAFU, esteConsejo Nacional, debe autorizar el primer proceso deadmisión de alumnos a la Universidad; Que, el Pleno del CONAFU, en Sesión Ordinaria del 12 de febrero del 2004, luego de revisar el expediente admi-nistrativo y, considerando el informe favorable de la Comi-sión de Análisis y Consolidación del CONAFU, acordó,autorizar el primer proceso de admisión de alumnos a laUniversidad Antonio Ruiz de Montoya; Estando a lo expuesto, en concordancia con el artículo 2º, literal c) de la Ley Nº 26439, el Decreto Legislativo Nº882; la Resolución Nº 094-2000-CONAFU del 14 de se-tiembre del 2000; el Estatuto y Reglamento General delCONAFU, el Reglamento para la Autorización de Funcio-namiento de Universidades; la Resolución Nº 055-2003-CONAFU del 5 de marzo del 2003; el Acuerdo Nº 044-2004-CONAFU de la Sesión Ordinaria del 12 de febrerodel 2004 y, en uso de las facultades conferidas por el literalc) del Artículo 16º del Reglamento General del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el primer proceso de admi- sión de alumnos a la Universidad Antonio Ruiz de Monto-ya, con sede en la ciudad y departamento de Lima, parabrindar servicios educativos de nivel universitario, a travésde las carreras profesionales autorizadas, con el siguientenúmero de vacantes por ciclo académico: Carreras Profesionales Vacantes por Ciclo Académico Filosofía 20 Educación Secundaria Filosofía y Ciencias 20 Histórico Sociales Lengua y Literatura 20 TOTAL 60