Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2004 (26/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, jueves 26 de febrero de 2004
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:

NORMAS LEGALES

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Articulo Primero.- APROBAR, los siguientes documentos de gestion de la Direccion Regional de la Produccion: - "REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES", con 20 folios. - "CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL", con un folio. - "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS", con 11 folios. Documentos que forman parte de la Presente Ordenanza. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, a la Secretaria del Consejo Regional, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el diario encargado de las publicaciones regionales, disponiendose su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas para su promulgacion. En la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, a los 16 dias del mes de enero del dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Publiquese y cumplase. Dado en la MORDAZA de San MORDAZA de la Frontera de los Chachapoyas, sede del Gobierno Regional de Amazonas, a los 16 dias del mes de enero del dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Amazonas 03893

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia el suministro de combustible destinado a obra de construccion de tramo de la carretera Iquitos - Nauta
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 1381-2003-GRL-P
Iquitos, 1 de diciembre del 2003 Visto, el Oficio Nº 1452-2003-GRL/GPECIN, de fecha 11 de noviembre del 2003, cursado por el Gerente del Proyecto Especial Iquitos - Nauta, mediante el cual solicita ampliacion de Suministro de Combustible (Petroleo Diesel) para la Obra: "Construccion Carretera Iquitos - Nauta IV tramo, Sector: Nauta - Itaya, Km. 19+000 - Km. 35+795"; y, CONSIDERANDO: Que, segun el Articulo 197º de la Constitucion Politica del Peru, las Regiones tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; El Articulo 32º de la Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2003, establece los montos para la determinacion de los procesos de seleccion para efectuar licitaciones publicas, concursos publicos, adjudicaciones directas; Que, el Articulo 11º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D. S. Nº 012-2001-PCM, determina que MORDAZA de convocar a cualquier MORDAZA de seleccion, la Entidad debera contar con el expediente debidamente aprobado para el suministro respectivo, el mismo que incluira la disponibilidad de recursos y fuente de financiamiento; Que, de conformidad con el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D. S. Nº 012-2001-PCM,

se considera Situacion de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa o inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultandole dicha situacion a la adquisicion de los bienes necesarios para llevar a cabo MORDAZA de seleccion que corresponda; debiendo entenderse este como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion como medida temporal, segun lo prescrito en el Articulo 108º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D. S. Nº 013-2001-PCM; Que, en el documento del visto la Gerencia del Proyecto Especial Iquitos - Nauta, detalla las razones que han originado el requerimiento de mayor consumo de petroleo para la Obra: "Construccion Carretera Iquitos - Nauta IV tramo, Sector: Nauta - Itaya, Km. 19+000 - Km. 35+795, indicando que el valor referencial para el suministro de 70,500 galones es de S/. 382,110.00; Que, mediante Oficio Nº 921-2003-GRL-ORAJ, de fecha 12 de noviembre del 2003, el Director de la Oficina Regional de Asesoria Juridica remite el Informe Nº 0902003-GRL-ORAJ-SMR, conteniendo la opinion legal que considera procedente la elaboracion de la Resolucion Ejecutiva Regional que declara en Situacion de Urgencia el Suministro de Combustible (Petroleo Diesel), para la Obra: Construccion de la Carretera Iquitos - Nauta, IV Tramo, Sector: Nauta - Itaya, Km. 19+000 al Km. 35+795; por la cantidad de 70,500 galones y con un valor referencial de S/. 382,110.00 solicitada por el Gerente del Proyecto Especial Iquitos - Nauta, contenida en el Oficio Nº 1452-2003G.R.L/GPEIN; Que, dada la situacion de urgencia, se hace necesario autorizar en via de exoneracion el suministro de 70,500 galones de Petroleo Diesel, a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad a lo previsto en el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D. S. Nº 012-2001-PCM, debiendo el Comite efectuar el suministro mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de la cotizacion o cotizaciones que cumplan los requisitos establecidos en las bases; Estando con las visaciones de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia del Proyecto Especial Carretera Iquitos - Nauta, Oficina Regional de Asesoria Juridica y Oficina Regional de Administracion; y, En uso a las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2003CR/RL, de fecha 21 de enero del 2003. SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA, el Suministro de Combustible (Petroleo Diesel), para la obra: Construccion de la Carretera Iquitos - Nauta, IV Tramo, Sector: Nauta - Itaya, Km. 19+000 al Km. 35+795; por la cantidad de 70,500 galones y con un valor referencial de S/. 382,110.00; Articulo 2º.- Encargar al Comite correspondiente, lleve adelante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, autorizandosele el suministro mediante acciones inmediatas sobre la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las bases. Articulo 3º.- El egreso que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion sera con cargo a la Estructura Funcional Programatica de la siguiente Obra Construccion de la Carretera Iquitos - Nauta, IV Tramo, Sector: Nauta - Itaya, Km. 19+000 al Km. 35+795 001 16.052. 0142 2.02415 2.0399, Meta 00001, Fuente de Financiamiento: Recursos Publicos, de conformidad a lo dispuesto en la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1187-2003-GRL-P, de fecha 30 de octubre del 2003. Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, y hacer de conocimiento de la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos de Ley, MORDAZA del mismo y del Informe legal que lo sustenta. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA Presidente 03969

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