Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2004 (26/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 26 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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Funciones, asi como determinar las funciones especificas a nivel de cargos; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Manual de Organizacion y Funciones - MOF, de los organos que conforman la Estructura Organica del Ministerio de Energia y Minas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas y el Decreto Supremo Nº 025-2003-EM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas y su Modificatoria Decreto Supremo Nº 034-2003-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Manual de Organizacion y Funciones de las areas que conforman la Estructura Organica del Ministerio de Energia y Minas, por el cual se establecen los objetivos, funciones generales, relaciones de coordinacion y responsabilidad, asi como las funciones especificas y requisitos minimos a nivel de cargos, de acuerdo al Anexo Adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Dejese sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 03882

INTERIOR
Autorizan a procurador interponer acciones legales correspondientes contra ex funcionarios por presunta comision de ilicitos penales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0247-2004-IN-0201
MORDAZA, 20 de febrero del 2004 VISTO, el Oficio Nº 2409-2003-CG/DC del 23 de diciembre del 2003, mediante el cual el Contralor General de la Republica remite el Informe Especial Nº 298-2003-CG/SDR, como resultado de la accion de control que viene practicando al Ministerio del Interior orientada a determinar la adecuada utilizacion de los recursos financieros y patrimoniales asignados, y cuyo alcance especifico comprende, entre otros, a las obras "Construccion de la 2da. Etapa del Hospital Civico Policial de la XI Region PNP/Arequipa", "Construccion Delegacion Policial Tahuantinsuyo Cusco" y "Escuela de Suboficiales PNP de Chiclayo - MORDAZA I, II y III Etapas"; asi mismo se remite la Resolucion de Contraloria Nº 416-2003-CG del 9DIC2003, por la cual se dispone que el Ministro del Interior autorice al senor Procurador Publico encargado de atender los asuntos judiciales del Sector, para que en nombre y representacion del Estado interponga las acciones legales correspondientes; CONSIDERANDO: Que, en la obra "Construccion de la 2da. Etapa del Hospital Civico Policial de la XI Region PNP/Arequipa" se incluyo y pago la Partida 0100 "Incremento de Cemento y Acelerante de Fragua" por la suma de S/. 155,625.69 como parte del presupuesto adicional Nº 01, sin contar con el sustento que evidencie o quede debidamente comprobado el hecho de fuerza mayor o caso fortuito, que MORDAZA constituido impedimento para continuar con la ejecucion de los trabajos contractuales; Que no era procedente considerar como trabajo u obra adicional a la partida 0100 "Incremento de Cemento y Acelerante de Fragua" por cuanto no cumplia con la condicion necesaria de constituir un trabajo indispensable y/o necesario para alcanzar la meta prevista dado que ya estaba previsto en el expediente tecnico; Que, tampoco se demostro el periodo de tiempo que habria ahorrado la Entidad como consecuencia de la incorporacion de la Partida "Incremento de Cemento y Acelerante de Fragua", pues nueve dias despues de vencido el contrato aun quedaban trabajos contractuales por culminar. Asimismo, se establecio el retraso en la entrega de las obras de 9 dias calendario por causas imputables al contratista; Que, en la "Construccion Delegacion Policial Tahuantinsuyo - Cusco", no se aplico las multas correspondientes por concepto de retraso en la entrega de las obras, pues el contrato vencio el 12SET95, y las obras se terminaron el 14OCT95, no existiendo ampliaciones de plazo aprobadas por la Entidad, por lo que existio un retraso de 32 dias calendario por causas imputables a la firma contratista; Que, las obras "Escuela de Suboficiales PNP Chiclayo - MORDAZA I, II y III Etapas", fueron culminadas fuera de la fecha establecida en el contrato por causas imputables a la firma contratista, pues en la I etapa existieron 8 dias calendario de retraso, en la II etapa 113 dias y en la III etapa 38 dias, no aplicandose ninguna penalidad o multa por el retraso senalado; Que, lo MORDAZA expuesto, demuestra una inadecuada utilizacion de los recursos financieros y patrimoniales de la Entidad por parte de ex funcionarios de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior, por lo que es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior para que en nombre y representacion del Estado interponga las acciones legales correspondientes; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior en su Informe Nº 3612004-IN; y, De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, articulo 12º del Decre-

Designan Secretario General del ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 077-2004-MEM/DM
MORDAZA, 25 de febrero de 2004 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario General del Ministerio de Energia y Minas; Que, en consecuencia es necesario designar al funcionario que desempenara dicho cargo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, al doctor MORDAZA Laub MORDAZA, Secretario General del Ministerio de Energia y Minas, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 03973 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 032-2004-MEM/DM Mediante Oficio Nº 161-2004-EM/SG el Ministerio de Energia y Minas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 032-2004-MEM/DM, publicada en la edicion del 19 de febrero de 2004. DICE: ... Compania de Minas Buanaventura S.A.... DEBE DECIR: ... Compania de Minas MORDAZA S.A.A.... 03889

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