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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G32/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 26 de febrero de 2004 Funciones, así como determinar las funciones específicas a nivel de cargos; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Manual de Organización y Funciones - MOF, de los órganos que conforman la Estructura Orgánica del Ministerio de Ener- gía y Minas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y elDecreto Supremo Nº 025-2003-EM, Reglamento de Orga-nización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y su Modificatoria Decreto Supremo Nº 034-2003-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Manual de Organización y Fun- ciones de las áreas que conforman la Estructura Orgánica del Ministerio de Energía y Minas, por el cual se estable-cen los objetivos, funciones generales, relaciones de coor-dinación y responsabilidad, así como las funciones espe-cíficas y requisitos mínimos a nivel de cargos, de acuerdoal Anexo Adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Déjese sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 03882 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C /G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 077-2004-MEM/DM Lima, 25 de febrero de 2004 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario Ge- neral del Ministerio de Energía y Minas; Que, en consecuencia es necesario designar al funcio- nario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, al doctor Anthony Laub Be- navides, Secretario General del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 03973 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 032-2004-MEM/DM Mediante Oficio Nº 161-2004-EM/SG el Ministerio de Energía y Minas solicita se publique Fe de Erratas de laResolución Ministerial Nº 032-2004-MEM/DM, publicada en la edición del 19 de febrero de 2004. DICE:... Compañía de Minas Buanaventura S.A.... DEBE DECIR: ... Compañía de Minas Buenaventura S.A.A....03889INTERIOR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G6F/G6E/G65/G72 /G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G2D /G74/G72/G61/G20/G65/G78/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G2D /G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G6F/G73/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0247-2004-IN-0201 Lima, 20 de febrero del 2004 VISTO, el Oficio Nº 2409-2003-CG/DC del 23 de diciem- bre del 2003, mediante el cual el Contralor General de la República remite el Informe Especial Nº 298-2003-CG/SDR, como resultado de la acción de control que viene practi-cando al Ministerio del Interior orientada a determinar laadecuada utilización de los recursos financieros y patri-moniales asignados, y cuyo alcance específico compren-de, entre otros, a las obras "Construcción de la 2da. Etapa del Hospital Cívico Policial de la XI Región PNP/Arequi- pa", "Construcción Delegación Policial Tahuantinsuyo -Cusco" y "Escuela de Suboficiales PNP de Chiclayo - Lam-bayeque I, II y III Etapas"; así mismo se remite la Resolu-ción de Contraloría Nº 416-2003-CG del 9DIC2003, por lacual se dispone que el Ministro del Interior autorice al se- ñor Procurador Público encargado de atender los asuntos judiciales del Sector, para que en nombre y representacióndel Estado interponga las acciones legales correspondien-tes; CONSIDERANDO: Que, en la obra "Construcción de la 2da. Etapa del Hos- pital Cívico Policial de la XI Región PNP/Arequipa" se in-cluyó y pago la Partida 0100 "Incremento de Cemento yAcelerante de Fragua" por la suma de S/. 155,625.69 comoparte del presupuesto adicional Nº 01, sin contar con elsustento que evidencie o quede debidamente comprobado el hecho de fuerza mayor o caso fortuito, que haya consti- tuido impedimento para continuar con la ejecución de lostrabajos contractuales; Que no era procedente considerar como trabajo u obra adicional a la partida 0100 "Incremento de Cemento y Ace-lerante de Fragua" por cuanto no cumplía con la condición necesaria de constituir un trabajo indispensable y/o nece- sario para alcanzar la meta prevista dado que ya estabaprevisto en el expediente técnico; Que, tampoco se demostró el período de tiempo que habría ahorrado la Entidad como consecuencia de la in-corporación de la Partida "Incremento de Cemento y Ace- lerante de Fragua", pues nueve días después de vencido el contrato aún quedaban trabajos contractuales por cul-minar. Asimismo, se estableció el retraso en la entrega delas obras de 9 días calendario por causas imputables alcontratista; Que, en la "Construcción Delegación Policial Tahuan- tinsuyo - Cusco", no se aplicó las multas correspondientes por concepto de retraso en la entrega de las obras, pues elcontrato venció el 12SET95, y las obras se terminaron el14OCT95, no existiendo ampliaciones de plazo aprobadaspor la Entidad, por lo que existió un retraso de 32 días ca-lendario por causas imputables a la firma contratista; Que, las obras "Escuela de Suboficiales PNP Chiclayo - Lambayeque I, II y III Etapas", fueron culminadas fuerade la fecha establecida en el contrato por causas impu-tables a la firma contratista, pues en la I etapa existieron 8días calendario de retraso, en la II etapa 113 días y en la IIIetapa 38 días, no aplicándose ninguna penalidad o multa por el retraso señalado; Que, lo antes expuesto, demuestra una inadecuada uti- lización de los recursos financieros y patrimoniales de laEntidad por parte de ex funcionarios de la Oficina Generalde Administración del Ministerio del Interior, por lo que esnecesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior para que en nombre y representación del Estado interponga las accio-nes legales correspondientes; Estando a lo opinado por la Oficina General de Aseso- ría Jurídica del Ministerio del Interior en su Informe Nº 361-2004-IN; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Estado, artículo 12º del Decre-