Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2004 (04/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 42

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G37/G39/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 4 de julio de 2004 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZANGARO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G72/G65/G61/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20/G61/G64/G65/G63/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73/G20/G50/G6F/G62/G6C/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G41/G7A/GE1/G6E/G67/G61/G72/G6F ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-03/CM-MPA/P EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZÁNGARO – REGIÓN PUNO POR CUANTO:El Concejo Municipal en su Sesión Ordinaria Nº 24-03 del 20 de octubre del 2003 CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Art. 9º inciso 19) de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades, resulta necesarioregular la creación y adecuación de las Municipalidadesde Centros Poblados dentro de la jurisdicción de la provin-cia de Azángaro; Que, estando el proyecto de Reglamento de Ordenan- za presentado, por los asesores legales de la Municipali-dad provincial de Azángaro, Abog. Guillermo Mamani Apa-za, Abog. John Wilfredo Martínez Molina; el Jefe de la Ofi-cina de Planeamiento y Presupuesto Ing. Oscar GallegosGallegos y el Secretario General Germán M. Silva Latorre. En uso a las facultades establecidas en el Art. 184º de la Constitución Política del Estado y Artículo II del TítuloPreliminar de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalida-des; con el voto unánime del pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA CREACIÓN Y ADECUACIÓN DE LAS MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLA- DOS EN LA PROVINCIA DE AZÁNGARO Artículo 1º.- DEL OBJETO:1.1 La presente disposición regula los mecanismos técnicos y legales, para la creación de municipalidadesde centros poblados, así como el origen, naturaleza, au-tonomía, organización, finalidad, tipos, competencias,clasificación y régimen económico, así como la relaciónentre ellas y las organizaciones del Estado y la socie-dad civil. 1.2 De la misma forma la presente disposición regula los mecanismos técnicos y legales, para la adecuación ala Ley Nº 27972 respecto a las municipalidades delegadascreadas a la vigencia de la Ley Nº 23853 y sus modificato-rias. Artículo 2º.- DE LA CREACIÓN: 2.1 Las municipalidades de centros poblados son ór- ganos de gobierno local con autonomía política, econó-mica y administrativa en los asuntos de su competenciay en armonía a la Constitución Política del Estado y lasleyes. 2.2 Las municipalidades de centros poblados de la pro- vincia de Azángaro son creadas por ordenanza municipala propuesta de la municipalidad distrital correspondiente. 2.3 Es requisito indispensable para la creación de la municipalidad de centro poblado la aprobación mayoritariade los regidores que integran el Concejo de la Municipali-dad Provincial de Azángaro, así como la comprobación delcumplimiento de los requisitos que exige la Ley Nº 27972 yla presente Ordenanza Municipal. 2.4 Para la creación de la Municipalidad se nominará el Comité de Gestión, la misma que será reconocida por lamunicipalidad distrital correspondiente y la ratificación porparte de la municipalidad provincial de Azángaro. El Comi-té de Gestión estará integrado por dos (2) delegados elegi- dos democráticamente. Artículo 3º.- DE LOS REQUISITOS PARA LA CREA- CIÓN DE NUEVAS MUNICIPALIDADES DE CENTROSPOBLADOS: 3.1 En armonía a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado y Art. 129º de la Ley Nº27972, son requisitos para la creación de las Municipalida-des de centros poblados los siguientes: a. Nominar a los delegados en número de dos (2) para el Comité de Gestión. b. Solicitud de un Comité de Gestión suscrita por un mínimo de mil (1000) habitantes mayores de edad, domici-liados en el Centro Poblado y debidamente registrados. c. El Centro Poblado no se halle dentro del área urbana del Distrito al cual pertenece. d. Que exista comprobada necesidad de servicios lo- cales y su eventual sostenimiento. e. Que cuente con opinión favorable del Concejo Muni- cipal Distrital, la que deberá además sustentar lo siguien-te: 1. Informe de la Gerencia de Planificación y Presupuesto o su equivalente. 2. Informe de la Gerencia de Desarrollo Urbano o su equivalente. 3. Informe de Asesoría Jurídica o su equivalente. f. Que el Concejo Provincial apruebe por mayoría de los votos de los regidores. g. Que la Ordenanza Municipal de creación quede con- sentida y ejecutoriada. 3.2 La Ordenanza Municipal de creación de la munici- palidad de centro poblado deberá considerar lo siguiente: a. Delimitación territorial b. Régimen de Organización Interiorc. Funciones que le delegan d. Recursos que le asignan e. Atribuciones administrativas económicas – tributa- rias 3.3 Está completamente prohibida la creación de muni- cipalidades de centros poblados durante el último año del período de gestión municipal. 3.4 Es nula la ordenanza de creación que no cumpla con los requisitos que establece la presente disposición,bajo responsabilidad exclusiva del alcalde provincial. Artículo 4º.- DE LA ADECUACIÓN: 4.1 Las municipalidades delegadas creadas a la vigen- cia de la Ley Nº 23853, obligatoriamente deberán adecuarpresentando los siguientes requisitos: a. Resolución de la creación del Centro Poblado. b. Resolución de elección del Alcalde del Centro Po- blado. c. Copia de la última acta de sesión de Concejo Munici- pal sobre acuerdo de adecuación. d. Solicitud de los servicios que pretenda administrar previa delegación de facultades. e. Padrón de ciudadanos actualizado. 4.2 La Municipalidad Distrital correspondiente, será la responsable de calificar y aprobar los requisitos de adecuación en un plazo improrrogable de 10 días hábi-les. Si en el plazo señalado no emitiera pronunciamien-to la Municipalidad Distrital, el interesado podrá pre-sentar su expediente, con los mismos requisitos a laMunicipalidad Provincial de Azángaro, quien procede- rá a tramitar, calificar y de estar conforme procederá a aprobar mediante Ordenanza Municipal, copia del cualserá remitida a la Municipalidad Distrital de la jurisdic-ción para su conocimiento y/o observaciones a quehubiere lugar.