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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G37/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 4 de julio de 2004 Recibida la notificación, el Centro Educativo podrá for- mular dispensa para su participación dentro de las 72 ho-ras siguientes, sustentada en razones de carácter objeti-vo, las cuales serán apreciadas por la Gerencia de Educa-ción, Cultura, Recreación y Deportes en un plazo no ma-yor de 48 horas siguientes a la recepción de la dispensa.La falta de respuesta importa la aceptación tácita de la mis-ma. Artículo Quinto.- Sanción por inasistencia.- La ausencia de participación del Centro Educativo en unaactividad cívico - patriótica conforme a lo establecido en lapresente Ordenanza, sin presentación de dispensa o sinaceptación de la misma, dará lugar a la aplicación de unamulta equivalente al 10% de la U.I.T, así como a la aplica-ción de una Sanción Moral, la misma que será puesta enconocimiento de las autoridades rectoras correspondien-tes y difundida en los medios de comunicación que la ad-ministración estime conveniente. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Deróguense o déjense sin efecto las disposi- ciones que se opongan a la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GASTON CAJINA BARRERA Regidor Encargado del Despacho de Alcaldía 12483 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G65/G64/G69/G6F/G73 /G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2004 La Molina, 2 de julio del 2004 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINACONSIDERANDO:Que, el 28 de julio próximo se celebrará el Centésimo Octogésimo Tercer Aniversario de la Independencia delPerú; Que, ante este magno acontecimiento, es deber del Gobierno Local incentivar la participación cívica del vecin-dario, resaltando los valores nacionales, el respeto y vene-ración a los Símbolos de la Patria; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades confe- ridas en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Disponer el embanderamiento ge- neral de los predios del distrito de La Molina, desde el 15hasta el 30 de julio del 2004, con motivo de conmemorarseel Centésimo Octogésimo Tercer Aniversario de la Inde-pendencia del Perú. Artículo Segundo.- Recomendar, a los vecinos del dis- trito de La Molina, la limpieza y embellecimiento de las fa-chadas de sus predios, como muestra de respeto a nues-tro aniversario patrio. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la difusión y publicación del presente decreto; y, a la Geren-cia de Comunicación e Imagen Institucional y Policía Muni-cipal su observancia y cumplimiento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LUIS DIBÓS VARGAS PRADA Alcalde 12490MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G61/G73 /G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 04 Miraflores, 2 de julio de 2004 EL ALCALDE DE MIRAFLORESCONSIDERANDO, Que la Ordenanza sobre la Organización y Convo- catoria de Agentes Participantes y Constitución delEquipo Técnico del Proceso Participativo en Miraflores,Nº 158, publicada en el Diario Oficial El Peruano confecha 30 de junio de 2004, en su artículo 3º estableceque los procesos de convocatoria y registro deberánser normados por el correspondiente Reglamento, quedeberá ser aprobado por el Alcalde, mediante Decretode Alcaldía; Que asimismo, la citada Ordenanza Nº 158, en el artí- culo 4º, faculta al Alcalde para que mediante Decreto deAlcaldía, defina y reglamente los diversos mecanismos departicipación, así como la capacitación de los agentes par-ticipantes, las metodologías participativas, entre otros queresulten necesarios para un proceso eficaz de la participa-ción ciudadana; Estando a lo expuesto, en uso de la facultad conferida por el inciso 6 del artículo 20º y lo dispuesto en el artículo42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;y en concordancia con lo dispuesto en los artículos 3º y 4ºde la Ordenanza Nº 158; DECRETA: Artículo 1º.- Cronograma del Proceso Participativo del año 2004. Aprobar el Cronograma del Proceso Participativo del año 2004, conducente a la concertación de los correspon-dientes instrumentos de gestión municipal, de acuerdo conel siguiente detalle: Etapa del Proceso Fecha Convocatoria a los agentes participantes: - En el ámbito territorial (Juntas Vecinales) Del 5 al 9 de julio - En el ámbito funcional (Redes Institucionales) Del 5 de julio al 10 de agosto Inscripción de agentes participantes:- En el ámbito territorial (Juntas Vecinales) Del 5 al 9 de julio - En el ámbito funcional (Redes Institucionales) Del 5 de julio al 10 de agosto Capacitación de los agentes participantes:- En el ámbito territorial (Juntas Vecinales) El 10 de julio- En el ámbito funcional (Redes Institucionales) El 12 de agosto Consultas Electrónicas Del 12 de julio al 17 de setiembre Talleres de Trabajo de las Juntas Vecinales Zonales Del 12 al 17 de julio Talleres de Trabajo de los Grupos de JuntasVecinales (a cargo de la Municipalidad):- Grupo Nº 1 El 19 de julio- Grupo Nº 2 El 20 de julio- Grupo Nº 3 El 21 de julio Taller de Trabajo de Delegados Vecinales Distrital. El 10 de agosto Taller de Trabajo de los Grupos Funcionales: - Red Institucional de Desarrollo Urbano y Ambiental. El 17 de agosto - Red Institucional de Desarrollo Económico Local. El 18 de agosto - Red Institucional de Desarrollo Humano. El 19 de agosto Elaboración del Informe Técnico Hasta el 30 de setiembre Artículo 2º.- Proceso de Convocatoria. Encargar a la Gerencia de Comunicaciones, para que conforme a lo dispuesto en el artículo precedente, proceda