Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2004 (04/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 4 de MORDAZA de 2004

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Anexo de la R.J. Nº 355-2004-J-OPD/INS referente a la adquisicion de bienes que no admiten sustitutos - insumos de laboratorio
ANEXO - RESOLUCION JEFATURAL Nº 355-2004-J-OPD/INS (La Resolucion Jefatural de la referencia se publico en la edicion del 30 de MORDAZA de 2004)

CUADRO DE MORDAZA
Fte.Financiamiento Partida Resolucion Jefatural MORDAZA : : : : RECURSOS ORDINARIOS Y DONACIONES Y TRANSFERENCIAS BIENES DE CONSUMO Nº 355-2004-J-OPD-INS INSUMOS DE LABORATORIO BIENES NO SUSTITUTOS Und. KIT KIT S/. Cantidad P. Unitario Importes 80 4,998.00 399,840.00 128 4,409.45 564,410.00 964,250.00

Item Codigo Descripcion 1 B35530469 kIT DE PCR HIV-1 (CARGA VIRAL) EN PLASMA HUMANO x 24 Det. * 2 B35530790 KIT PARA RECUENTO DE LINFOCITOS CD4, CD8, CD3 x 50 Det. Importe Estimado

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OSIPTEL
Inician procedimiento de oficio para la fijacion del cargo o cargos de interconexion tope por terminacion de llamadas en las redes de los servicios moviles
ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 052-2004-CD/OSIPTEL MORDAZA, 25 de junio de 2004 EXPEDIENTE : Nº 00001-2004-CD-GPR/IX MATERIA : Fijacion de Cargo de Interconexion Tope por Terminacion de Llamadas en las Redes de los Servicios Moviles.

VISTO: El Informe Nº 031-GPR/2004 de la Gerencia de Politicas Regulatorias y Planeamiento Estrategico (en adelante "INFORME"), presentado por la Gerencia General, respecto a la pertinencia o no del inicio del procedimiento de fijacion del cargo de interconexion tope por terminacion de llamadas en las redes de los servicios moviles; CONSIDERANDO: Que en el Texto Unico Ordenado de las Normas de Interconexion- aprobado mediante Resolucion del Consejo Directivo Nº 043-2003-CD/OSIPTEL y publicado en el Diario Oficial El Peruano el dia 7 de junio de 2003 - se definen los conceptos basicos de la interconexion, y se establecen las normas tecnicas, economicas y legales a las cuales deberan sujetarse: a) los contratos de interconexion que se celebren entre operadores de servicios publicos de telecomunicaciones; y, b) los pronunciamientos sobre interconexion que emita OSIPTEL; Que asimismo, en los Numerales 46 y 47 de los Lineamientos de Politica de Apertura del MORDAZA de las Telecomunicaciones en el Peru, aprobados por Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, se establecen las reglas y metodologias aplicables para el establecimiento de cargos de interconexion; Que mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 1232003-CD/OSIPTEL publicada en el Diario Oficial El Perua-

no el dia 25 de diciembre de 2003 se aprobo el "Procedimiento para la Fijacion o Revision de Cargos de Interconexion Tope", en cuyo Articulo 7º se detallan las etapas y reglas a que se sujeta el procedimiento de oficio que inicie OSIPTEL; Que en el Articulo 7º de la Resolucion referida en el considerando anterior, se senala que el Consejo Directivo emitira una resolucion dando inicio al procedimiento de oficio para la fijacion del cargo de interconexion tope cuando lo considere pertinente, de acuerdo al informe tecnico emitido por la Gerencia de Politicas Regulatorias y Planeamiento Estrategico que recomienda el inicio del procedimiento de oficio; Que en el INFORME referido en la seccion VISTO, la Gerencia de Politicas Regulatorias y Planeamiento Estrategico recomienda el inicio del procedimiento de oficio para la fijacion del cargo o los cargos de interconexion tope por terminacion de llamadas en las redes de los servicios moviles; Que en atencion al INFORME de la seccion VISTO, este Consejo Directivo considera pertinente dar inicio al procedimiento de oficio para la fijacion del cargo o los cargos de interconexion tope por terminacion de llamadas en las redes de los servicios moviles; Que el procedimiento de oficio establece que la presente Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y notificada a las empresas operadoras involucradas; Que en consecuencia, la presente Resolucion debe ser notificada a las empresas operadoras de servicios moviles: Telefonica Moviles S.A.C., BellSouth Peru S.A., TIM Peru S.A.C. y Nextel del Peru S.A.; Que asimismo, se debe establecer el plazo en el cual las empresas operadoras notificadas presentaran su propuesta de cargos de interconexion tope conjuntamente con el estudio de costos de los distintos elementos que estan comprendidos en cada instalacion o servicio de interconexion de que se trate, incluyendo el sustento tecnico-economico de los supuestos, parametros, bases de datos y cualquier otra informacion utilizada en su estudio; En aplicacion de las funciones previstas en el inciso b) del Articulo 75º del Reglamento General de OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-CD/OSIPTEL y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesion Nº 202; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar inicio al procedimiento de oficio para la fijacion del cargo o los cargos de interconexion tope por

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