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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2004 (06/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 33

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G38/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 6 de julio de 2004 SE RESUELVE: 1.- Delegar al Embajador Armando Lecaros de Cos- sío, Subsecretario para Asuntos de Europa del Ministe- rio de Relaciones Exteriores del Perú, las facultades su-ficientes para que suscriba el "Acuerdo de Coopera- ción Científica, Tecnológica y Logística en Materia Antártica entre el Instituto Antártico Peruano (INAN-PE) y el Centro Antártico de Ucrania" . 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al Embajador Armando Lecaros de Cossío, Subsecretariopara Asuntos de Europa del Ministerio de Relaciones Ex- teriores del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 12619 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73 /G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G44/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G2D /G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G72/G20/G64/G65/G74/G65/G72/G6D/G69/G6E/G61/G64/G61/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0515-2004-RE Lima, 2 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 020-2002-RE, publicado el 7 de marzo de 2002, se crea, en una prime- ra etapa, las oficinas descentralizadas del Ministerio de Relaciones Exteriores en las ciudades de Iquitos, Puno,Piura y Tacna; Que, por Resolución Ministerial Nº 0695-2002-RE, pu- blicada el 3 de julio de 2002, se crea la Oficina Des-centralizada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Arequipa; Que, las referidas Oficinas Descentralizadas tienen entre sus objetivos fortalecer la presencia del Ministerio de Relaciones Exteriores en el proceso de moderniza- ción del Estado, así como la descentralización de losservicios de naturaleza pública que éste presta a la co- munidad; Que, entre los referidos servicios que presta el Minis- terio de Relaciones Exteriores se considera la legaliza- ción de firmas de funcionarios consulares peruanos en documentos originados en el exterior para que tenganefectos legales en el país, en aplicación de los Decretos Leyes Nºs 22674 y 25646 y el Decreto Supremo Nº 36- 95-RE; Que, la Resolución Ministerial Nº 1142-2002-RE, publicada el 5 de noviembre de 2002, modificatoria del Artículo Primero de la Resolución Ministerial Nº 0579-RE del 4 de junio del 2002, establece que las Oficinas Descentralizadas estarán a cargo de un funcionario del Servicio Diplomático de la República con categoría nomenor de Consejero, quien tiene el cargo de Director Regional; Que, dentro de la política de descentralización de los servicios que viene prestando el Ministerio de Relacio- nes Exteriores, resulta necesario autorizar a los Directo- res Regionales de sus Oficinas Descentralizadas paraque puedan efectuar legalizaciones oficiales; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a los Directores Regionales de las Oficinas Descentralizadas del Ministe-rio de Relaciones Exteriores para que en una primeraetapa sólo ejerzan la facultad de legalización de firmas de funcionarios consulares peruanos en documentosoriginados en el exterior, que se encuentren debidamen- te registradas en dichas Oficinas Descentralizadas Artículo Segundo.- Autorizar a los Directores Regionales de las referidas Oficinas Descentralizadas para que ejerzan la facultad de legalización de firmas de autoridades regionales o nacionales, según fuera el caso,debidamente registradas en dichas Oficinas, que vayan a ser utilizadas en el exterior, cuando lo disponga la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior,luego de haber implementado el procedimiento adecua- do para su ejecución. Artículo Tercero.- Con el propósito de establecer los procedimientos administrativos necesarios para el cobro de la Tasa que grava la legalización de firmas en las Ofi- cinas Descentralizadas, la Secretaría de Administraciónemitirá las directivas necesarias para una adecuada ad- ministración de los recursos financieros, conforme a la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto todas las disposi- ciones que se opongan a la presente Resolución Ministe- rial. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 12587 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G6F/G62/G74/G65/G6E/G65/G72/G20/G6C/G61/G20/G64/G65/G73/G6F/G63/G75/G2D/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G2D/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G49/G73/G69/G64/G72/G6F/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0516-2004-RE Lima, 2 de julio de 2004 Visto el Memorándum (LOG) Nº 767-2004, mediante el cual el Departamento de Logística informa sobre lanegativa del señor Isidoro Toribio Santiago de entregar el inmueble ubicado en la Calle Las Moreras S/N, Urb. Country Club, distrito de San Isidro; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 3288-2004/SBN-GO-JAR de fecha 29 de abril de 2004, la Superintendencia de Bie- nes Nacionales, requirió al Ministerio de RelacionesExteriores para que el día 21 de mayo de 2003 efectúe la entrega del inmueble ubicado frente a la Calle Las Moreras s/n, constituido por los lotes 01 y 02 de la lotiza-ción de la Sección Garages, de la Urbanización Country Club, distrito de San Isidro; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores coordinó con la Superintendencia de Bienes Nacionales y con el señor Isidoro Toribio Santiago, una ampliación del plazo de entrega del inmueble señalado en el párrafo anteriorhasta el día 30 de junio de 2004, con el fin de entregar el inmueble totalmente desocupado y con las deudas sa- neadas, formalizándose la solicitud mediante OficioRE(SAD-DGA) Nº 2-5- E/418 de fecha 20 de mayo de 2004 y que fue aprobada por la Superintendencia de Bie- nes Nacionales mediante Oficio Nº 4258-2004/SBN-GO-JAR. Asimismo, mediante Oficio RE(SAD-DGA) Nº 0-4- A/362 de fecha 21 de mayo de 2004, reiterado con Oficio RE(SAD-DGA) Nº 0-4-A/405 de fecha 10 de junio de2004, se comunicó al señor Isidoro Toribio Santiago que debía efectuar la entrega del inmueble señalado, a más tardar el día 29 de junio de 2004; Que, mediante Carta S/N de fecha 2 de junio de 2004, el señor Isidoro Toribio Santiago requirió irregular y di- rectamente a la Superintendencia de Bienes Naciona-les un plazo adicional para efectuar la entrega del in-