Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2004 (11/07/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

Pag. 272284

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 11 de MORDAZA de 2004

Articulo Segundo.- ALCANCE DE LA AMNISTIA La Amnistia dispuesta por el Articulo Primero comprende a las deudas tributarias generadas a la fecha de la presente ordenanza, inclusive las que se encuentran en cobranza coactiva. Los Tributos comprendidos son los siguientes: 1. Impuesto Predial 2. Tasa de Arbitrios Municipales 3. Impuesto de Alcabala hasta el 31 de diciembre del 2001 En dichos casos, son beneficiarios los contribuyentes o responsables, los infractores y los demas deudores, aun cuando tengan calidad de omisos, que se acojan a lo dispuesto en la presente Ordenanza, dentro del plazo previsto en el articulo tercero. Articulo Tercero.- VIGENCIA DEL BENEFICIO El periodo de acogimiento a la Amnistia dispuesta por la presente Ordenanza sera a partir del dia siguiente de su publicacion hasta el 27 de MORDAZA del 2004. Articulo Cuarto.- OBJETO DE LA AMNISTIA A las deudas senaladas en el Articulo MORDAZA de la presente Ordenanza, se les condonara el 100% de las costas del procedimiento coactivo, de los intereses moratorios y del factor de reajuste. No estan comprendidos dentro del Articulo MORDAZA de la presente Ordenanza, los Contribuyentes a quienes se les MORDAZA trabado medidas cautelares de embargo, en forma de inscripcion. Adicionalmente, en el caso de: 1. ARBITRIOS 1.1 A los contribuyentes que paguen total o parcialmente sus deudas por los arbitrios correspondientes a los periodos 1995 a 1999, se les condonara el 50% del tributo insoluto. 1.2 A los contribuyentes que paguen la totalidad de sus deudas por arbitrios correspondientes a los periodos 2000 a 2003, se les condonara el 10% del monto insoluto. 1.3 A los contribuyentes que paguen la totalidad de su obligacion 2004, se les condonara el 10% del monto insoluto. 1.4 A los contribuyentes que paguen la totalidad de sus derechos por arbitrios correspondientes al periodo 2000 al 2003, se les condonara automaticamente el 100% del monto insoluto de sus deudas pendientes que tuvieren por arbitrios de los periodos 1995 al 1999. 2. ARBITRIOS DE MERCADOS 2.1. A los contribuyentes que paguen total o parcialmente sus deudas por los arbitrios de tiendas y puestos de mercados, correspondiente a los periodos 1995 a 1999, se les condonara el 70% del monto insoluto. 2.2 A los contribuyentes que paguen total o parcialmente sus deudas por los arbitrios de tiendas y puestos de mercados, correspondiente al periodo 2000 al 2003, se les condonara el 50% del monto insoluto. 2.3. A los contribuyentes que paguen la totalidad de los arbitrios de tiendas y puestos de MORDAZA, correspondiente al 2004, se les condonara el 10% del monto insoluto. 2.4 A los contribuyentes que paguen la totalidad de sus deudas por arbitrios de tiendas y puestos de MORDAZA, correspondiente al periodo 2000 al 2003, se les condonara automaticamente el 100% del monto insoluto de sus deudas pendientes que tuvieren de arbitrios de tiendas y puestos de MORDAZA de los periodos 1995 al 1999. 3. MULTAS ADMINISTRATIVAS 3.1. Los contribuyentes que tengan multas administrativas abonaran las mismas con una rebaja del 75%.

Articulo Quinto.- TARIFA SOCIAL DE SURQUILLO (TASS) Los contribuyentes sujetos al pago de la Tarifa Social de Surquillo ( TASS ) dispuesta en el Art. 12º de la Ordenanza Nº 091/MDS que hayan perdido dicho beneficio, por falta de pago, podran recuperar dicho beneficio abonando las tasas que establece dicha MORDAZA durante la vigencia de la presente Amnistia. Articulo Sexto.- FRACCIONAMIENTOS Los contribuyentes que hayan realizado fraccionamientos MORDAZA de la vigencia del presente beneficio, podran presentar desistimiento del mismo, permitiendoseles el acogimiento a la presente Ordenanza. Los contribuyentes cuyos fraccionamientos tienen cuotas no vencidas podran cancelar las mismas, condonandoseles los intereses moratorios cuando corresponda a los arbitrios , y sin intereses moratorios y factor de reajuste cuando corresponda al impuesto predial. Articulo Septimo.- DESISTIMIENTO DE LAS RECLAMACIONES El acogimiento de los contribuyentes a los alcances de la presente Ordenanza genera presuncion para la administracion municipal, sin admitir prueba en contrario, del desistimiento de los contribuyentes de las reclamaciones o impugnaciones presentadas por las deudas tributarias o administrativas materia del beneficio dispuesto en esta MORDAZA, enviandose los expedientes generados a la Subgerencia de Administracion Documentaria y Archivo para sus fines. Articulo Octavo.- CONDONACION DE TASA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Se condona la deuda tributaria por concepto de tasa de Licencia de Funcionamiento hasta el ano 1999. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Facultese al senor MORDAZA para que, mediante Decreto amplie la vigencia y/o reglamente los alcances de la presente Ordenanza. Segunda.- La Gerencia Municipal, las Gerencias de Rentas y de Administracion y la Subgerencia de Comunicacion e Imagen Institucional quedan encargadas de la ejecucion y difusion de la presente Ordenanza. Tercera.- Dejese en suspenso toda MORDAZA o disposicion que se oponga a la presente Ordenanza, durante su vigencia. Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. 12945

Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-04/MDS

Surquillo, 8 de MORDAZA de 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 11058, de fecha 15 de MORDAZA de 1949, se creo el distrito de Surquillo, en la provincia y departamento de Lima; por lo que el proximo mes de MORDAZA se conmemora el Quincuagesimo MORDAZA Aniversario de su creacion Politica; Que, la actual administracion, ha previsto la realizacion de un nutrido programa de actividades, el mismo que incluye el tradicional embanderamiento general del distrito, como una forma de contribuir a consolidar el civismo que caracteriza a la poblacion surquillana;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.