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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G36/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 19 de julio de 2004 Directorales Nºs. 155-02 y 192-02-MML/DMTU-DGTO-DSZ se declaró Zona Rígida la vía pública del lado par de lascuadras 17, 18 y 19 de la Av. Canadá en el distrito de SanBorja; Que, con el Informe Nº 093-04-MML/DMTU-DGTO- DSZ-echv, el Área Técnica de la Dirección de Señali- zación considera conveniente declarar Zona Rígida al estacionamiento vehicular la Av. Canadá en toda su ex-tensión en el distrito de La Victoria, a fin de otorgar se-guridad, ordenamiento y fluidez al tránsito vehicular yevitar el uso indebido de la calzada de la vía, siendonecesario emitir la Resolución Directoral correspondien- te e incluir en ésta los tramos de la referida vía ya de- clarados como Zona Rígida para mantener un orden yfacilitar las labores de control por parte de la PolicíaNacional del Perú; De acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Marco del Tránsito de la Provincia de Lima Nº 132, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA 2004, dela Municipalidad de Lima y la Ordenanza Nº 059, la mismaque faculta a la Dirección Municipal de Transporte Urbanoa delimitar las zonas rígidas; RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto las Resoluciones Directorales Nº 155-02 y Nº 171-04-MML/DMTU-DGTO-DSZ, mediante las cuales se declaró Zona Rígida al esta- cionamiento vehicular parte del tramo correspondiente a la jurisdicción del distrito de San Borja y en la jurisdicción deldistrito de San Luis, respectivamente. Artículo Segundo.- Modificar las Resoluciones Direc- torales Nºs. 077-02 y 192-02-MML/DMTU-DGTO-DSZ, enel sentido de dejar sin efecto todo aspecto referido a ladeclaración de Zona Rígida en la Av. Canadá. Artículo Tercero.- DECLARAR ZONA RÍGIDA, en la jurisdicción de los distritos de San Luis, San Borja y LaVictoria, provincia y departamento de Lima, la vía que a continuación se indica: - Av. Canadá en toda su extensión. Artículo Cuarto.- Queda prohibido el estacionamiento vehicular en la calzada de la vía a que se refiere el artículoprecedente. Artículo Quinto.- ADICIONALMENTE DECLÁRESE ZONA RÍGIDA EN LA VÍA PÚBLICA del lado par de las cuadras 17, 18 y 19 de la Av. Canadá, en la jurisdicción del distrito de San Borja, provincia y departamento deLima. Artículo Sexto.- Queda prohibido el estacionamiento vehicular en la calzada, berma lateral y acera de la vía aque se refiere el artículo precedente. Artículo Séptimo.- Sobre esta disposición y teniendo en consideración la evaluación permanente del tránsito,esta Dirección podrá emitir medidas complementarias quefavorezcan el desenvolvimiento del tránsito, como puede ser la modificación de las restricciones establecidas en los artículos precedentes, previo Informe Técnico susten-tatorio. Artículo Octavo.- El Área de Mantenimiento de esta Dirección queda encargada de la señalización, supervisióny cumplimiento de la presente Resolución, en coordina-ción y con el apoyo de la Policía Nacional del Perú encar-gada del control del tránsito. Artículo Noveno.- Deróguese cualquier disposición que se oponga a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDWIN OLIDEN DÍAZ Director de Señalización 13354PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6A/G6F/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G63/G61/G2D/G6C/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 460-2004-MPCP Pucallpa, 13 de julio de 2004 VISTOS; la Resolución de Alcaldía Nº 445-2004-MPCP de fecha 8/7/04, la Resolución de Alcaldía Nº 446-2004-MPCP de fecha 8/7/04, la Resolución de Alcaldía Nº 447- 2004-MPCP de fecha 8/7/04 y el Informe Nº 615-04-MPCP- OPP de fecha 8/7/04; CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 445-2004-MPCP de fecha 8/7/04, la Entidadaprobó el Expediente Técnico de la obra: "MEJO-RAMIENTO ENTORNO DE CALLES YARINACOCHA - JR.TUPAC AMARU (AV. YARINACOCHA / JR. IPARÍA); Que, mediante el Artículo Segundo de la referida Reso- lución se APROBÓ LAS BASES GENERALES del Proce- so de Adjudicación Directa Selectiva Nº 0010-2004-MPCPpara la ejecución de la referida obra; Que, mediante el Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 446-2004-MPCP de fecha 8/7/04, la Entidadaprobó el Expediente Técnico de la obra: MEJORAMIENTO ENTORNO DE CALLES YARINACOCHA - JR. 2 DE MAYO (AV. YARINACOCHA / JR. IPARÍA); Que, mediante el Artículo Segundo de la referida Reso- lución se APROBÓ LAS BASES GENERALES del Proce-so de Adjudicación Directa Selectiva Nº 0012-2004-MPCPpara la ejecución de la citada obra; Que, mediante el Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 447-2004-MPCP de fecha 8/7/04, la Entidadaprobó el Expediente Técnico de la obra: MEJORAMIENTOENTORNO DE CALLES YARINACOCHA - JR. 3 DE OC-TUBRE (AV. YARINACOCHA / JR. IPARÍA); Que, mediante el Artículo Segundo de la referida Reso- lución se APROBÓ LAS BASES GENERALES del Proce- so de Adjudicación Directa Selectiva Nº 0011-2004-MPCPpara la ejecución de la citada obra; Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio del año 2004 de esta Corporación Edil,remitido al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado (CONSUCODE), por el Sistema de In- formación Sobre Adquisición y Contrataciones del Estado(SIACE), en el ítem 44 se describe a la obra en forma ge-nérica como: MEJORAMIENTO DE CALLES (YARINACO-CHA) y que el Tipo de Proceso es de Adjudicación DirectaPública; Que, bajo esa premisa, la Dirección de Presupuesto y Planificación dio la conformidad presupuestal, para la obra:MEJORAMIENTO ENTORNO DE CALLES, mediante In-forme Nº 615-04-MPCP-OPP de fecha 8/7/04, por la sumade S/. 739,398.58, pero en el décimo quinto considerandode las Resoluciones de Alcaldía de vistos se consignó erró- neamente que los montos que a continuación se detallan se encuentran incluidos a este monto: 1. S/. 199,293.35 (Ciento Noventinueve Mil Doscientos Noventitrés y 35/100 Nuevos Soles), para la ejecución dela obra: "MEJORAMIENTO ENTORNO DE CALLES YARI-NACOCHA - JR. TUPAC AMARU (AV. YARINACOCHA /JR. IPARÍA). 2. S/. 228,485.60 (Doscientos Veintiocho Mil Cua- trocientos Ochenticinco y 60/100 Nuevos Soles) para la