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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2004 (19/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G36/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 19 de julio de 2004 dos en el procedimiento Nº 28 del Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del Ministerio de la Producción,aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCEy con la opinión favorable de la Oficina General de Aseso-ría Jurídica; De conformidad con lo establecido en los artículos 43º inciso d), y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; los artículos 49º, 53º, y 54º de su Reglamento, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el procedi-miento Nº 28 del Texto Único de Procedimientos Adminis-trativos del Ministerio de la Producción, aprobado por De-creto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y Decreto Supre- mo Nº 040-2001-PE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa ALIMENTOS JU- RADO S.A., licencia de operación, para que desarrolle laactividad de procesamiento de recursos hidrobiológicos,destinados al consumo humano directo, a través de su plan-ta de congelado, en su establecimiento industrial ubicado en el Parque Industrial Mz. K, Lote Nº 25, distrito, provincia y departamento de Tacna, con una capacidad instalada de3 t/día. Artículo 2º.- ALIMENTOS JURADO S.A., deberá operar su planta de congelado con sujeción a las nor-mas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero; así como las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y se-guridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollosostenido de la actividad pesquera; asimismo deberácontar con un sistema de control del proceso que garan-tice la optima calidad del producto final, debiendo poner en operación los equipos y/o sistemas de mitigación ve- rificados por la Dirección Nacional del Medio Ambientede Pesquería, tal como lo establece la Constancia deVerificación Nº 002-2004-PRODUCE/DINAMA de fecha18 de marzo del 2004. Artículo 3º.- Incluir en el anexo Nº II de la Resolu- ción Ministerial Nº 041-2002-PE sobre “Plantas de procesamiento pesquero congelado cuya capacidad estáexpresada en toneladas/día (t/día)” la planta de conge-lado de ALIMENTOS JURADO S.A., ubicada en el Par-que Industrial Mz. K, Lote Nº 25, distrito, provincia y de-partamento de Tacna con una capacidad verificada de 3 t/día. Artículo 4º.- El incumplimiento de lo señalado en el artículo 2º de la presente Resolución será causal de cadu-cidad del derecho otorgado o de la aplicación de las san-ciones que pudieran corresponder, según sea el caso. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a la Dirección Sectorial de Pesquería de Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VERTIZ CALDERON Director Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero (e) 13333 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G61/G6A/G65 /G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G61/G20/G69/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E /G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G2C /G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 546-2004-MTC/02 Lima, 16 de julio de 2004CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,establece que para el caso de los servidores y funciona-rios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministe- rial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en elDiario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con ex-cepción de las autorizaciones de viajes que no irroguengastos al Estado; Que, el artículo 4º de las normas reglamentarias so- bre autorización de viajes al exterior de servidores yfuncionarios públicos, aprobadas por Decreto SupremoNº 047-2002-PCM, establece que las Resoluciones deautorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi- cial El Peruano, con anterioridad al viaje y que en aque- llos casos en que se haya requerido una permanenciamayor a la autorizada, se deberá acreditar específi-camente la circunstancia que la motiva, siendo necesa-ria, además, la publicación de la autorización de mayorpermanencia; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-cal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable losviajes al exterior del país en comisión de servicios, es- tableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán aprobados por resolución suprema refrendada porel Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro delsector correspondiente, con excepción de los sectoresde Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo,así como de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobarán por resolución del Titular del Pliegocorrespondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionalesestablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civily poder mantener la calificación de Categoría - I otorgadaal Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional,debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspec- ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, ba-sado en las disposiciones establecidas en el citado Con-venio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, por Resolución Ministerial Nº 516-2004-MTC/02, del 9 de julio de 2004, se autorizó el viaje de los señores Eugenio Neyra Luza y Manuel Santiago Gallo Lam, Ins- pectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Santiago, República de Chile, durante los días 13 al 18 de julio de 2004, para llevar a cabo inspecciones técnicaspor expedición de Constancia de Conformidad a las aero- naves Boeing 767 de matrículas CC-CZT, CC-CZU y CC- CZW, de la empresa Lan Perú S.A., en la ciudad de Santia-go, República de Chile; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta GM-228.04, del 13 de julio de 2004, en el marco del Procedimiento Nº 11 de la sección correspondiente a la Dirección Gene- ral de Aeronáutica Civil (Inspección Técnica de Aerona-ves), establecido en el Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos del Ministerio de Transportes y Comunicacio- nes, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC,solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efec- tuar las inspecciones técnicas por expedición de Constan- cia de Conformidad a las aeronaves Airbus 320 de matrí-culas CC-COT, CC-COP y CC-COQ, en la ciudad de San- tiago, República de Chile; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nºs. 15621, 15623 y 15625, la solicitante ha cumplidocon el pago del derecho de tramitación correspondiente alProcedimiento a que se refiere el considerando anterior,