Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2004 (19/07/2004)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, lunes 19 de MORDAZA de 2004

dos en el procedimiento Nº 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en los articulos 43º inciso d), y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; los articulos 49º, 53º, y 54º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el procedimiento Nº 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y Decreto Supremo Nº 040-2001-PE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa ALIMENTOS MORDAZA S.A., licencia de operacion, para que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos, destinados al consumo humano directo, a traves de su planta de congelado, en su establecimiento industrial ubicado en el MORDAZA Industrial Mz. K, Lote Nº 25, distrito, provincia y departamento de Tacna, con una capacidad instalada de 3 t/dia. Articulo 2º.- ALIMENTOS MORDAZA S.A., debera operar su planta de congelado con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero; asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera; asimismo debera contar con un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, debiendo poner en operacion los equipos y/o sistemas de mitigacion verificados por la Direccion Nacional del Medio Ambiente de Pesqueria, tal como lo establece la MORDAZA de Verificacion Nº 002-2004-PRODUCE/DINAMA de fecha 18 de marzo del 2004. Articulo 3º.- Incluir en el anexo Nº II de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PE sobre "Plantas de procesamiento pesquero congelado cuya capacidad esta expresada en toneladas/dia (t/dia)" la planta de congelado de ALIMENTOS MORDAZA S.A., ubicada en el MORDAZA Industrial Mz. K, Lote Nº 25, distrito, provincia y departamento de Tacna con una capacidad verificada de 3 t/dia. Articulo 4º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo 2º de la presente Resolucion sera causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion Sectorial de Pesqueria de Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 13333

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Amplian plazo de autorizacion de viaje otorgada a inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 546-2004-MTC/02 MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2004

Que, la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el articulo 4º de las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que las Resoluciones de autorizacion de viaje deberan publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje y que en aquellos casos en que se MORDAZA requerido una permanencia mayor a la autorizada, se debera acreditar especificamente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, ademas, la publicacion de la autorizacion de mayor permanencia; Que, el inciso k) del articulo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, dispone restringir al minimo indispensable los viajes al exterior del MORDAZA en comision de servicios, estableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, estos seran aprobados por resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspondiente, con excepcion de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo, asi como de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobaran por resolucion del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, por Resolucion Ministerial Nº 516-2004-MTC/02, del 9 de MORDAZA de 2004, se autorizo el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Gallo Lam, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de MORDAZA, durante los dias 13 al 18 de MORDAZA de 2004, para llevar a cabo inspecciones tecnicas por expedicion de MORDAZA de Conformidad a las aeronaves Boeing 767 de matriculas CC-CZT, CC-CZU y CCCZW, de la empresa Lan Peru S.A., en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Chile; Que, la empresa Lan Peru S.A., con Carta GM-228.04, del 13 de MORDAZA de 2004, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 11 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Inspeccion Tecnica de Aeronaves), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar las inspecciones tecnicas por expedicion de MORDAZA de Conformidad a las aeronaves Airbus 320 de matriculas CC-COT, CC-COP y CC-COQ, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Chile; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 15621, 15623 y 15625, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior,

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