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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G36/G37/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 19 de julio de 2004 INTANGIBLE DEL PARQUE DE LA RESERVA, delimitada mediante Resolución Directoral Nacional Nº 055 /INC(27.01.04), las mismas que a continuación se detallan: - Jr. Sánchez Carrión, entre el Jr. Enrique Barrón y la Plaza Sucre. - Av. Nicolás de Araníbar, entre el Jr. Emilio Fernández y la Av. Du Petit Thouars. - Jr. La Mar, entre el Jr. Emilio Fernández y la Plaza Sucre. - Jr. Pablo Bermúdez, entre la Av. Du Petit Thouars y la Av. Arequipa. - Ca. Roca Muelle, entre la Av. Arequipa y la Plaza Su- cre. - Vía que conforma el perímetro de la Plaza Sucre. El cierre de las vías que conforman parte del área in- tangible del Parque de la Reserva no incluye la Av. Du Petit Thouars, al ser esta una vía metropolitana clasificada como colectora según lo establecido en el sistema vial metropo-litano aprobado por Ordenanza Nº 341-MML. Artículo Segundo.- Autorizar a la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA la interferencia de las vías mencionadas en el artículo precedente, con motivo de la realización de las obras que implique el cierre definitivo dedichas vías, por las consideraciones antes expuestas. Artículo Tercero.- El Plan de Desvío que será emplea- do con motivo de la realización de los trabajos para el cie-rre definitivo de las vías mencionadas en el Artículo Prime- ro, deberá considerar las siguientes vías: Circulación vehicular de Este a Oeste (hacia la Av. Du Petit Thouars y/o distrito de Jésus María): ... su ruta - Jr. Sánchez Carrión - Jr. Enrique Barrón - Av. Alejandro Tirado (sentido este - oeste), ... su ruta Artículo Cuarto.- Modificar el sentido de circulación del tránsito vehicular en el distrito del Cercado de Lima,provincia y departamento de Lima, de las vías que a conti-nuación se indican: DE NORTE A SUR: - Jr. Carlos Arrieta, desde la Av. Alejandro Tirado hasta el Jr. Sánchez Carrión. - Av. Nicolás de Araníbar, desde el Jr. Emilio Fernán- dez hasta la Av. Alejandro Tirado. DE SUR A NORTE: - Jr. Enrique Barrón, desde el Jr. Sánchez Carrión has- ta la Av. Alejandro Tirado. Artículo Quinto.- El Área de Mantenimiento de la Di- rección de Señalización, queda encargada de los trabajosde señalización respectiva, así como de la supervisión y cumplimiento de lo establecido en el artículo precedente en coordinación con la Policía Nacional del Perú, encarga-da del control del tránsito. Artículo Sexto.- Sobre esta disposición y teniendo en consideración las condiciones que presente el tránsito enla zona, la Dirección Municipal de Transporte Urbano a tra- vés de la Dirección de Señalización, podrá emitir cierto tipo de regulación que favorezca el desenvolvimiento del trán-sito vehicular, así como reestablecer y/o modificar el senti-do de circulación de algunas vías adicionales, previo infor-me técnico sustentatorio. Artículo Séptimo.- Encargar a la Dirección General de Tránsito, las coordinaciones para el control del tránsito y el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EDILBERTO GUTARRA MENA Director General de Tránsito Dirección General de TránsitoDirección Municipal de Transporte Urbano 13363/G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G20/G72/GED/G67/G69/G64/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G76/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G76/G65/G6E/G69/G64/G61/G20/G43/G61/G6E/G61/G64/GE1/G65/G6E/G20/G74/G6F/G64/G61/G20/G73/G75/G20/G65/G78/G74/G65/G6E/G73/G69/GF3/G6E DIRECCIÓN MUNICIPAL DE TRANSPORTE URBANO DIRECCIÓN DE SEÑALIZACIÓN RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 179-04-MML/DMTU-DGTO-DSZ Lima, 12 de julio de 2004 EL DIRECTOR DE SEÑALIZACIÓN CONSIDERANDO: Que, el texto del artículo 194º de la Constitución Po- lítica del Perú, antes artículo 191º por haber sido modifi-cado por la Ley Nº 27680 publicada el 7.3.2002, señalaque las municipalidades provinciales y distritales son losórganos de gobierno local, teniendo autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su com- petencia; Que, el texto original del artículo 196º y el texto modi- ficado del artículo 198º de la Constitución Política del Perúy los artículos 151º y siguientes de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establecen el régimen mu- nicipal especial de la Capital de la República, reservandopara la Municipalidad Metropolitana de Lima la planifica-ción, regulación, gestión del transporte público y el trán-sito urbano de peatones y vehículos; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalida- des, establece que es competencia de las MunicipalidadesProvinciales, la regulación del tránsito de vehículos y pea-tones, así como la implementación y administración del sis-tema de señalización vial; y en particular la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene competencias para la regula- ción, organización y gestión del tránsito y para la planifica-ción, regulación, organización y mantenimiento de la redvial metropolitana, los sistemas de señalización y semáfo-ros; Que, el Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC - Regla- mento Nacional de Tránsito, artículo 5º, señala que es com-petencia de las Municipalidades Provinciales en su res-pectiva jurisdicción, administrar el tránsito de acuerdo alreferido Reglamento y otras Normas Nacionales comple- mentarias; Que, conforme a la Ordenanza Nº 132-MML - Orde- nanza Marco para el Tránsito en la Provincia de Lima, artí-culos 5º y 10º, la Municipalidad Metropolitana de Lima, es la única autoridad encargada de regular y administrar la circulación y de imponer restricciones, dentro de la provin-cia de Lima; Que, el Edicto Nº 021-MML y sus modificatorias que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, dispone que la Di-rección Municipal de Transporte Urbano, es el órgano en-cargado de normar la circulación vehicular y peatonal, encoordinación y con el apoyo de la Policía Nacional del Perú,encargada del control del tránsito, y los Concejos Distrita- les, a fin de regular el transporte urbano de pasajeros, sen- tidos del tránsito, zonas de seguridad, zonas reservadas yzonas rígidas; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipali- dades, prescribe que, las Fuerzas Policiales están obli- gadas a prestar el apoyo que requieran los Municipios,para el fiel cumplimiento de las Resoluciones de su com-petencia, así como reconocer y respetar la preeminen-cia de la Autoridad Municipal en asuntos de su compe-tencia; Que, mediante las Resoluciones Directorales Nº 077- 02-MML/DMTU-DGTO-DSZ y Nº 171-04-MML/DMTU-DGTO-DSZ, se declaró Zona Rígida al estacionamientovehicular la calzada de la Av. Canadá en toda su extensión en la jurisdicción de los distritos de San Borja y San Luis, respectivamente, y de igual manera con las Resoluciones