Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2004 (19/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, lunes 19 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; RESUELVE: Articulo 1º.- Retirar la condicion de Ambiente MORDAZA Monumental a las cuadras 1 y 2 de la MORDAZA Bellavista, ubicada en el distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Ratificar la condicion de Ambiente MORDAZA Monumental de las cuadras 3, 4 y 5 de la MORDAZA Bellavista, mantienen su condicion de Ambiente MORDAZA Monumental declarado por Resolucion Jefatural Nº 919/INC2000. Articulo 3º.- Notificar la presente Resolucion Directoral Nacional a la Municipalidad de Miraflores, para su conocimiento y fines respectivos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 13338

conformidad a lo senalado en el tercer parrafo del Art. 11º de la presente norma. Articulo 11º.- De la informacion sobre las Ordenanzas ratificadas (...) Asimismo, las Municipalidades Distritales deberan incluir en las liquidaciones de deuda, recibos, estados de cuenta, resoluciones de determinacion u otro acto administrativo o comprobantes de pago que contenga una obligacion tributaria o el monto del tributo dirigido al contribuyente, el numero de Ordenanza que aprueba o modifica el tributo y el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que la ratifica, asi como las respectivas fechas de publicacion en el Diario Oficial El Peruano. En caso que esto no ocurra el ciudadano no se encuentra obligado a efectuar pago alguno. El incumplimiento de lo MORDAZA dispuesto genera responsabilidad del funcionario que interviene en la emision del documento, asi como en su cobro. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo Tercero.- Deroguese las normas municipales que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Modifican articulos de la Ordenanza Nº 607, sobre procedimiento de ratificacion de ordenanzas
ORDENANZA Nº 648 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA

En MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA de dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 13364

Prohiben uso y comercializacion de productos que contengan bromato de potasio en MORDAZA Metropolitana
ORDENANZA Nº 649 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA

Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 8 de MORDAZA de 2004, el Dictamen Nº 091-2004-MML-CMAEO de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, e incisos 3) y 4) del articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru; Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 4º Y 11º DE LA ORDENANZA Nº 607 PUBLICADA EL 24 DE MARZO DE 2004 Articulo Primero.- Modificar el numeral 4.4 del Art. 4º y el tercer parrafo del Art. 11º de la Ordenanza Nº 607, en los siguientes terminos: Articulo 4º.- Anexos de la solicitud de ratificacion (...) 4.4 En caso de ratificacion de Ordenanzas que aprueban la tasa por estacionamiento de vehiculos, deben adjuntarse ademas lo siguiente: (...) i) Para efectos de la identificacion de las zonas de estacionamiento se debera adjuntar los planos de ubicacion de cada una de las referidas zonas, senalando ademas los lugares de instalacion de los letreros que permitan la MORDAZA identificacion y legalidad del cobro, en donde se debera precisar la Ordenanza Distrital que aprueba la tasa por estacionamiento de vehiculos y el Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que la ratifica, en

POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 8 de MORDAZA de 2004, el Dictamen Nº 97-2004-CMAL/MML de la Comision Metropolitana de Asuntos Legales, y Nº 04-2004CMCDC de la Comision Metropolitana de Comercializacion y Defensa al Consumidor; y, De conformidad con los articulos 7º y 194º de la Constitucion Politica del Peru; numeral 3.2 del inciso 3) del articulo 162º; numeral 8) del articulo 9º, articulo 40º y articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE PROHIBE EL USO Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS QUE CONTENGAN BROMATO DE POTASIO EN MORDAZA METROPOLITANA Articulo Primero.- Prohibir el uso de Bromato de Potasio en la elaboracion de productos de la industria panificadora, y a otros productos alimenticios y/o similares en todos los establecimientos comerciales dedicados a la elaboracion de dichos productos, en la provincia de Lima. Articulo Segundo.- Prohibir el expendio de productos de panificacion y otros productos alimenticios de consumo humano, que contengan Bromato de Potasio en todos los establecimientos que se dediquen a la comercializacion de dichos productos, en la provincia de Lima.

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