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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G36/G37/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 19 de julio de 2004 rización previa del INC han eliminado su fisonomía origi- nal. SE ACORDÓ: 1. Proponer el retiro de la condición demonumento del inmueble ubicado en Jr. Mariscal CastillaNº 166-176, distrito de Chorrillos, provincia y departamen-to de Lima. 2. Cualquier proyecto que se proponga deberáser previamente aprobado por el INC; Que, mediante Carta de fecha 9 de marzo de 2004, la señora Carla Teresa Oneto Carranza, remitedocumentación complementaria en relación al inmuebleubicado en calle Mariscal Castilla Nº 176, distrito deChorrillos, Lima; Que, mediante Informe Nº 151-2004-INC/OAJ la Ofici- na de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Cultura opina sobre la desmonumentalización y propuesta de san-ción administrativa, debiendo cumplirse con el procedimien-to sancionador establecido en los artículos 234º y 235º dela Ley Nº 27444, “Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral”; Que, mediante Informe Nº 100-2004-INC-DRC-EAB la actualmente Subdirección de Registro de la Dirección dePatrimonio Colonial y Republicano comunica que se cum-plido con Notificar al propietario del inmueble por obras in-consultas en inmueble declarado Monumento y demoliciónparcial y construcciones al interior; Que, mediante Informe Nº 141-2004-INC-SDR-EAB la Subdirección de Registro comunica sobre los descargospresentados notificados mediante Oficios Nº 461 al 467-2004-INC/DREPH; Que, mediante Informe Nº 306-204-INC/OAJ la Ofici- na de Asuntos Jurídicos opina sobre el descargo de la Notificación Nº 002-2004-INC/DREPH-DR-EAB, dando cuenta que en la documentación presentada prueban queel inmueble se encontraba en estado ruinoso antes desu declaración como Monumento en el año 1989, no exis-tiendo infracción, debiendo continuar con el trámite res-pectivo; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, la Di- rección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y laOficina de Asuntos Jurídicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-ción; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueban el Reglamento de Organización y Funciones del InstitutoNacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Retirar la condición de Monumento per- teneciente al Patrimonio Cultural de la Nación al inmue-ble ubicado en Jr. Castilla Nº 166-176, distrito de Chorri-llos, provincia y departamento de Lima, por las razonesexpuestas en la parte considerativa de la presente Re-solución. Artículo 2º.- Dejar establecido que por encontrarse el inmueble ubicado en la Zona Monumental de Chorrillos,provincia y departamento de Lima, cualquier proyecto quese proponga deberá ser previamente aprobado por el Insti-tuto Nacional de Cultura. Regístrese y comuníquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 13337 /G52/G65/G74/G69/G72/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G41/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/G6F /G4D/G6F/G6E/G75/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G63/G75/G61/G64/G72/G61/G73/G20/G31/G20/G79/G20/G32/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G63/G61/G6C/G6C/G65/G20/G42/G65/G6C/G6C/G61/G76/G69/G73/G74/G61/G2C/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G64/G65/G20/G4D/G69/G72/G61/G66/G6C/G6F/G72/G65/G73/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 482/INC Lima, 2 de julio de 2004 Visto el Expediente Nº 03986/2004; y,CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 17 de marzo de 2004 el Dr. César Caro Tiravanti solicita el Retiro de Condición deAmbiente Urbano Monumental de las cuadras 1, 2 y 3 de lacalle Bellavista, distrito de Miraflores, provincia y departa- mento de Lima; Que, se trata de inmuebles que forman parte del Am- biente Urbano Monumental de Miraflores, declarado me-diante Resolución Directoral Nacional Nº 919/INC-2000 defecha 7 de agosto de 2000; Que, mediante Informe Nº 048-2004-INC/DREPH- DCRM-DLS la Dirección de Conservación y Restauración de Monumentos de la Dirección de Registro y Estudio delPatrimonio Histórico evaluó la documentación presentadaconsiderando factible lo solicitado; Que, con fecha 23 de abril de 2004 la Comisión Na- cional Técnica de Arquitectura y Urbanismo emitió el Acuerdo Nº 06, cuyo tenor es como sigue: VISTOS: 1. La solicitud presentada por el señor César Caro Tira-vanti. 2. La documentación presentada: anexo fotográ-fico, plano del perfil de la calle Bellavista. 3. El InformeNº 048-2004-INC/DREPH-DCRM-DLS del Arq. David deLambarri Samanez, profesional de la Dirección de Con- servación y Restauración de Monumentos. CONSI- DERANDO: Que, en las primeras cuatro cuadras de lacalle Bellavista se ubican tres inmuebles declaradosMonumentos y en las cuadras 2 y 3 se registran dosinmuebles de valor monumental, predominando edifica-ciones de características contemporáneas y de altura variable. SE ACORDÓ: Solicitar al recurrente señor Cé- sar Caro Tirivanti la presentación de documento de res-paldo vecinal suscrito por los propietarios de las cuatroprimeras cuadras de la calle Bellavista del distrito deMiraflores. El presente Acuerdo fue comunicado al recu-rrente mediante Oficio Nº 542-2004-INC/DREPH de fe- cha 6 de mayo de 2004; Que, mediante Carta de fecha 11 de mayo de 2004 el Dr. César Caro Tirivanti, remite la documentación solicita-da por la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Ur-banismo mediante Acuerdo Nº 06 de fecha 23 de abril de2004 y comunicada mediante Oficio Nº 542-2004-INC/DRE- PH; Que, de la evaluación del expediente administrativo la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismoemitió el Acuerdo Nº 01 de fecha 26 de mayo de 2004,cuyo tenor es como sigue: VISTOS: 1. La documentaciónpresentada por el señor César Caro Tirivanti, plano de perfil de las cuadras 1, 2, y 3 de la calle Bellavista se ha desnaturalizado por las edificaciones de 7 y 11 pisos, lo-tes baldíos y edificaciones de escaso valor arquitectóni-co, presentado en su conformación un perfil heterogéneo,siendo la capilla de Jesús Hostia y un inmueble frente aésta los únicos Monumentos declarados en la cuadra 1. 2. Que, la tercera cuadra de la calle Bellavista la confor- ma edificaciones contemporáneas de menor altura y uninmueble de dos niveles de inicios del siglo XX, de valormonumental, por tanto se debe mantener el control de lavolumetría y tratamiento de fachadas de las nuevas obrasque se proyecten. 3. Que, la tercera cuadra de la calle Bellavista constituye un tramo de transición y perspectiva urbana hacia las cuadras 4 y 5 de la calle Bellavista, don-de se ubica la mayor cantidad de Monumentos declara-dos, conformando un perfil homogéneo de carácter mo-numental. SE ACUERDA: 1. Proponer se retire la condi-ción de Ambiente Urbano Monumental las cuadras 1 y 2 de la calle Bellavista, ubicada en el distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. 2. Las cuadras 3, 4 y 5de la calle Bellavista mantienen su condición de Ambien-te Urbano Monumental declarado por Resolución Jefatu-ral Nº 919/INC-2000. 3. Hacer de conocimiento la emi-sión de la Resolución Directoral Nacional a la Municipali- dad Distrital de Miraflores; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, la Di- rección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y laOficina de Asuntos Jurídicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueban