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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2004 (19/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G32/G36/G36/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 19 de julio de 2004 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G61/G62/G61/G6E/G64/G6F/G6E/G6F/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G6D/G62/G69/G6F/G64/G65/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G73/G63/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 156-2004-PRODUCE/DNEPP Lima, 24 de mayo de 2004 Visto el escrito con registro Nº CE-13692001, de fecha 26 de noviembre de 2003, presentado por la empresa LOSCARLOS S.R.L. sobre solicitud de cambio de titular de permiso de pesca. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 285-97-PE de fecha 6 de junio de 1997 se otorgó permiso de pes- ca a plazo determinado a la empresa PRODUCTOSPESQUEROS S.A. -PRODUPESA, para operar laembarcación de bandera nacional “DON ALFONSO ”con matrícula Nº CE-1848-PM y 140.42 m3 de capaci-dad de bodega en la extracción de los recursos hidrobiológicos para destinarlos al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud míni-ma de abertura de malla ½ pulgada (13 mm.), y modifi-cada en su titularidad por Resolución Directoral Nº 032-2002-PE/DNEPP, a favor de la empresa PESQUERASAN JUAN BAU TISTA S.A.; Que mediante el escrito del visto, la empresa LOS CAR- LOS S.R.L., solicita cambio de titular del permiso de pescacitado en el primer considerando, para operar la embarca-ción pesquera “ DON ALFONSO”, de matrícula Nº CE-1848-PM, en los mismos términos y condiciones en que fueotorgado, en virtud a la adquisición de la citada embarca- ción pesquera; Que mediante Oficio Nº 6307-2003-PRODUCE/DNE- PP-Dchi, de fecha 10 de diciembre de 2003, se notificóa la empresa LOS CARLOS S.R.L, propietario de la ci-tada embarcación pesquera, a fin de que cumpla en elplazo de veinte (20) días hábiles, con subsanar la observación a su referido expediente, consistente en presentar la copia simple del certificado de matrícula dela embarcación pesquera “DON ALFONSO” en dondese consigne el arqueo neto y la capacidad de bodegaautorizada en su derecho administrativo de permiso depesca, dado que la transferencia del permiso de pesca se efectúa en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que el artículo 191º de la Ley Nº 27444-Ley del Procedi- miento Administrativo General, establece que en los pro-cedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando eladministrado incumpla algún trámite que le hubiera sido requerido que produzca su paralización por treinta (30) días, la autoridad de oficio o a solicitud del administrado decla-rará el abandono del procedimiento; Que a la fecha, el recurrente no ha cumplido con pre- sentar la documentación requerida en el Oficio Nº 6307-2003-PRODUCE/DNEPP-Dchi, de fecha 10 de diciem- bre de 2003, a pesar que la notificación fue recepciona- da el 12 de diciembre de 2003, como consta en el cargoremitido por SERPOST, por lo que el procedimiento ad-ministrativo de cambio de titular de permiso de pesca,se ha paralizado por causas imputables al administrado,en consecuencia, procede declarar el abandono del pro- cedimiento de conformidad con lo dispuesto en el artí- culo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Ad-ministrativo General; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extraccióny Procesamiento Pesquero, mediante los Informes Nº 505- 2003-PRODUCE/DNEPP-Dchi y Nº 099-2004-PRODUCE/ DNEPP-Dchi y con la visación de la Oficina General deAsesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal c)del artículo 21º del Reglamento de Organización y Funcio- nes del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002- PRODUCE;SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar en abandono el proce- dimiento administrativo de solicitud de cambio de titular delpermiso de pesca otorgado mediante Resolución Ministe-rial Nº 285-97-PE y modificada su titularidad por Resolu- ción Directoral Nº 032-2002-PE/DNEPP, presentado por la empresa LOS CARLOS S.R.L., para operar la embarca-ción pesquera denominada “DON ALFONSO”, de matrícu-la Nº CE-1848-PM, por los fundamentos expuestos en laparte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VERTIZ CALDERON Director Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero (e) 13332 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G2D /G73/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G68/G69/G64/G72/G6F/G62/G69/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 157-2004-PRODUCE/DNEPP Lima, 26 de mayo de 2004 Visto los escritos con registros Nº 01901002 y 03294001 de fechas 13 de febrero y 19 de marzo del 2004 respecti- vamente, presentados por ALIMENTOS JURADO S.A. CONSIDERANDO: Que los artículos 43º inciso d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establecen que para laoperación de plantas de procesamiento pesquero se re-quiere de la licencia correspondiente, el que constituye underecho que el Ministerio de la Producción otorga a nivelnacional; Que por Resolución Viceministerial Nº 010-2004-PRO- DUCE/DVM-PE, del 10 de enero del 2004, se declaró fun-dado el recurso de apelación interpuesto por la empresaALIMENTOS JURADO S.A., declarándose, la nulidad delartículo 5º de la Resolución Directoral Nº 005-2000-PE/DNPP y del acto de notificación mediante su publicación en el Diario Oficial El Peruano, por medio del cual se dejó sin efecto el derecho otorgado mediante la Resolución Di-rectoral Nº 062-98-PE/DNPP, respecto a su autorizaciónpara instalar una planta de congelado de productos hidrobio-lógicos, en su establecimiento industrial pesquero, ubica-do en el Parque Industrial Mz. K- Lote 25, distrito, provincia y departamento de Tacna, con la capacidad proyectada de 3 t/día; Que mediante los escritos del visto, ALIMENTOS JU- RADO S.A. solicita licencia de operación de su planta decongelado de productos hidrobiológicos instalada en elestablecimiento industrial indicado en el considerando pre- cedente; Que la Dirección Nacional del Medio Ambiente de Pes- quería mediante Constancia de Verificación Nº 002-2004-PRODUCE/DINAMA de fecha 18 de marzo del 2004, se-ñala que la recurrente ha cumplido con implementar lasmedidas de mitigación aprobadas en su Estudio de Impac- to Ambiental; Que el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP, a través del Protocolo Sanitario Nº PS-001-CG-04-DICS del8 de marzo del 2004, declara que la citada planta se ade-cua a los requerimientos de diseño, construcción y equi-pamiento, según lo establecido en la Norma Sanitaria, apro- bada por Decreto Supremo Nº 040-2001-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Proce-samiento Pesquero a través de su Informe Nº 118-2004-PRODUCE/DNEPP-Dch de fecha 5 de abril del 2004, quesustenta la procedencia técnica de lo solicitado y señala que la recurrente ha cumplido con los requisitos estableci-