Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2004 (19/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 19 de MORDAZA de 2004

Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor, a traves de la Direccion de Defensa al Consumidor y al Usuario, la difusion y educacion referente a lo establecido en la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion Municipal de Salud y Bienestar Social, a traves de su Division de Laboratorios y Prevencion Sanitaria efectuar las actividades, y quien haga sus veces en las Municipalidades Distritales, las acciones necesarias preventivas y de deteccion de productos de panificacion e insumos que puedan contener Bromato de Potasio u otros elementos quimicos, que las autoridades consideren perjudiciales para la salud. Estas actividades se llevara a cabo mediante labores profesionales de vigilancia sanitaria, obtencion de muestras, analisis bromatologicos y educacion sanitaria. Articulo Quinto.- Encargar a la Direccion Municipal de Fiscalizacion y Control, o quien haga sus veces en las Municipalidades distritales, las acciones de fiscalizacion y control y sancionen a aquellas personas naturales o juridicas que infrinjan la MORDAZA y no se adecuen a la conducta conforme a la presente ordenanza. Articulo Sexto.- Modifiquese el punto 2.2 L) de la Ordenanza Nº 336-MML y el Codigo 02-0212 de la Ordenanza Nº 337-MML, de la siguiente manera: "Usar o agregar en la fabricacion de alimentos y/o bebidas materias y/o sustancias perjudiciales para la salud o inaptos para el consumo humano, asi como comercializar los productos alimenticios elaborados con dichas materias y/o sustancias perjudiciales" Articulo Setimo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. En MORDAZA, a los ocho dias del mes de MORDAZA de dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 13365

Declaran cierre total y definitivo de vias ubicadas dentro del area intangible del MORDAZA de la Reserva
RESOLUCION DIRECTORAL GENERAL Nº 042-2004-MML/DMTU-DGTO MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2004 EL DIRECTOR GENERAL DE MORDAZA Visto el Oficio Nº 172-2004-EMILIMA-PD, presentado por la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. (EMILIMA), a traves del cual remite la Propuesta Vial que posibilitara el cierre del MORDAZA de La Reserva, ubicado en el distrito del Cercado de MORDAZA, la misma que implica el cierre de las vias que se encuentran comprendidas dentro del perimetro del MORDAZA de La Reserva, asi como la modificacion del sentido de circulacion del MORDAZA vehicular que permitan el uso de vias alternas; y, CONSIDERANDO: Que, el texto del Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, MORDAZA Articulo 191º por haber sido modificado por la Ley Nº 27680 publicada el 07-03-2002, senala que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local, teniendo autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, ejerce jurisdiccion sobre la provincia de MORDAZA, segun Articulo 152º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, la que tambien establece en su articulo 161º inciso 7) que es competencia de las Municipalidades Provinciales, la regulacion del MORDAZA de vehiculos y peatones, asi como la implementacion y administracion del sistema de senalizacion vial; y en particular la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene competencias para la regulacion, organizacion y gestion del MORDAZA y para la planificacion, regulacion, organizacion y mantenimiento de la red vial metropolitana, los sistemas de senalizacion y semaforos; Que, el Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC - Reglamento Nacional de MORDAZA, Articulo 5º, senala que es competencia de las Municipalidades Provinciales en su respectiva jurisdiccion, administrar el MORDAZA de acuerdo al referido Reglamento y otras Normas Nacionales complementarias; Que, conforme a la Ordenanza Nº 132-MML - Ordenanza MORDAZA para el MORDAZA en la provincia de MORDAZA, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Articulos 5º y 10º, es la unica autoridad encargada de regular y administrar la circulacion y de imponer restricciones, dentro de la provincia de Lima; Que, el Edicto Nº 021-MML y sus modificatorias que aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, dispone que la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA, es el organo encargado de normar la circulacion vehicular y peatonal, en coordinacion y con el apoyo de la Policia Nacional del Peru, encargada del control del MORDAZA, y los concejos distritales, a fin de regular el transporte MORDAZA de pasajeros, sentidos del MORDAZA, zonas de seguridad, zonas reservadas y zonas rigidas; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, prescribe que, las Fuerzas Policiales estan obligadas a prestar el apoyo que requieran los Municipios, para el fiel cumplimiento de las Resoluciones de su competencia, asi como reconocer y respetar la preeminencia de la Autoridad Municipal en asuntos de su competencia; Que, la Ordenanza Nº 059-94 Ordenanza Reglamentaria de la Interferencia de vias en la provincia de MORDAZA, senala en su articulo 7º, toda persona natural o juridica que quiera interferir la via publica para la ejecucion de obras, debera contar con autorizacion de la Secretaria Municipal de Transporte MORDAZA hoy Direccion Municipal de Transporte MORDAZA con el Decreto de Alcaldia Nº 026; Que, la Ordenanza Nº 591 que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (TUPA), establece los requisitos para la Autorizacion de Interferencia de Vias; Vista la Resolucion Directoral Nacional Nº 055 /INC de fecha 27 de enero del 2004, en cuyo articulo MORDAZA se DELIMITA EL AREA INTANGIBLE DEL MORDAZA DE LA RESERVA DE ACUERDO AL PLANO DAI-050-2002/ INC (que se adjunta), comprendida por las siguientes vias: Jr. MORDAZA MORDAZA, Jr. MORDAZA MORDAZA, Jr. MORDAZA MORDAZA, Av. Paseo de La Republica, Jr. MORDAZA de MORDAZA, Av. Du Petit Thouars, Jr. Saco Oliveros y Av. MORDAZA, y a fin de ampliar las zonas de tratamiento y conservacion del mencionado MORDAZA, restituyendolo a su condicion original, siendo necesario considerar el cierre de algunas vias que se encuentran actualmente habilitadas para el MORDAZA vehicular dentro del area intangible MORDAZA senalada, asimismo es necesario clausurarlas en forma definitiva al generarse la compatibilidad en el uso de suelo, implicando esta accion, la modificacion de los sentidos de circulacion vehicular de manera que se permita disponer de vias alternas para la adecuada operatividad del MORDAZA en la zona; De conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, la Ordenanza Nº 059, Edicto Nº 021-MML, Ordenanza Nº 591 y demas normas, modificatorias y complementarias; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar el Cierre Total y Definitivo de las vias que se encuentran ubicadas dentro del AREA

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