Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2004 (19/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 19 de MORDAZA de 2004

de bonos hipotecarios bajo el "Primer Programa de Bonos Hipotecarios BCP", hasta por un monto de US$ 50 000 000,00 (Cincuenta millones y 00/100 dolares americanos), debiendose adecuar a la Ley del MORDAZA de Valores. Articulo Segundo.- El texto de la presente Resolucion debera insertarse en la Escritura Publica correspondiente para su posterior inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo Tercero.- La entidad bancaria debera remitir a esta Superintendencia el detalle de la cartera de creditos con garantia hipotecaria que respalda cada una de las emisiones del citado Programa, una vez que los recursos captados hayan sido colocados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 13306

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS FONDO MIVIVIENDA
Autorizan contratacion de publicidad para promocion de la Decima Convocatoria del Programa Techo Propio en medios de comunicacion mediante MORDAZA de menor cuantia
RESOLUCION DE SECRETARIA EJECUTIVA Nº 80-SE-2004 MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2004 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 001-07-2004/GP de fecha 7 de MORDAZA del 2004 de la Gerencia de Promocion y el Memorando Nº 279-2004-OAJ emitido por la Oficina de Asesoria Juridica el 12 de MORDAZA del 2004; CONSIDERANDO: Que, el literal h) del articulo 19º, del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobada por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, establece que estan exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las contrataciones que se realizan para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 116º del Reglamento de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, las contrataciones exoneradas, se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, segun el articulo 111º del mencionado Reglamento, modificado por el Decreto Supremo Nº 041-2003-PCM, senala que son considerados servicios personalisimos y por tanto se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; es decir, que los medios de comunicacion son considerados "personalisimos", independientemente del medio que se trate; Que, la Gerencia de Promocion del Fondo MIVIVIENDA en el Informe Tecnico Nº 001-07-2004/GP, de fecha 7 de MORDAZA del 2004 senala es de utilidad publica promover una MORDAZA de comunicacion publicitaria para la promocion de la decima convocatoria del Programa Techo Propio que se inicio el 14 de junio y finalizara el 6 de agosto del 2004; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 113º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el articulo 19º de la Ley, requieren obligatoriamente un informe tecnico-legal, emitido por las areas tecnicas y de asesoria juridica de la Entidad. Dicho informe contendra la justificacion tecnica y legal de la contratacion y de la necesidad de la exoneracion, y contemplara criterios de economia tales como los costos y la oportunidad; Que, con relacion a los criterios de economia (costos y la oportunidad) de la contratacion del servicio de publicidad, segun el Informe Tecnico Nº 001-07-2004/ GP, el precio para la contratacion de dicho servicio en los diferentes medios de comunicacion asciende en total a la suma de US$ 29 750.00 (veintinueve mil setecientos cincuenta y 00/100 Dolares Americanos) incluido el IGV, para alcanzar alrededor de 22.19 millones de impactos a nivel nacional;

Autorizan al Banco de la Nacion el traslado de agencia ubicada en el distrito de Pueblo Libre, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 1103-2004 MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de la Nacion para que esta Superintendencia autorice el traslado de su Agencia ubicada en la Av. Sucre Nº 400, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de MORDAZA, a la nueva direccion en la Av. MORDAZA Nºs. 936-940, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica el traslado solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "B" mediante Informe Nº DESF "B" 103-OT/2004; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2134-2004; y, en uso de la facultad delegada mediante la Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de la Nacion el traslado de su Agencia ubicada en la Av. Sucre Nº 400, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de MORDAZA, a la nueva direccion en la Av. MORDAZA Nºs. 936940, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 13361

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