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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2004 (24/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G32/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de julio de 2004 Artículo 2º.- Requisitos para la designación.- Para ser designado Procurador Público de la Municipalidad Dis-trital de Bellavista se requiere: a) Ser peruano de nacimiento. b) Ser abogado de profesión y haber ejercido la carrera profesional cuando menos 5 años consecutivos, en con-cordancia con el artículo 6º del Reglamento para la desig-nación de Procuradores Públicos, aprobado por DecretoSupremo Nº 002-2001-JUS. c) Estar debidamente colegiado y hábil para el ejercicio profesional, lo cual se acreditará con el respectivo certifi-cado emitido por el Colegio de Abogados. d) Cumplir con las obligaciones y responsabilidades que le permitan el ejercicio de la profesión. Artículo 3º.- Estructura Organizativa.- La Procuradu- ría Municipal está integrada de la siguiente forma: a) Un Procurador Municipal. b) Los abogados auxiliares que se requiera para una labor eficaz y eficiente en la atención de los asuntos judi-ciales de la Municipalidad. c) Personal de secretaría y asistente. Artículo 4º.- Facultades del Procurador.- El Procurador Municipal está facultado para defender los asuntos legales de la Municipalidad Distrital de Bella- vista ante cualquier órgano jurisdiccional; asimismo, antelas zonas judiciales y autoridades policiales de la Repú-blica. Esta facultad es extensiva a los abogados auxilia-res en quienes se haya delegado la representación deesta Corporación. Artículo 5º.- Representación.- El Procurador Munici- pal representará a la Municipalidad Distrital de Bellavistadefendiendo sus intereses y derechos en procesos judicia-les. Artículo 6º.- Solicitud de Información.- El Procu- rador Municipal podrá solicitar a través del Despachode Alcaldía a cualquier área o dependencia de laMunicipalidad Distrital de Bellavista los informes, ante-cedentes o documentación que sean necesarios parala mejor defensa judicial de los intereses de la Munici- palidad. Artículo 7º.- Reserva.- Es obligación del Procurador guardar absoluta reserva en los asuntos que revistan talcarácter, aun después de haber cesado en el cargo. Artículo 8º.- Obligación de informar.- El Procura- dor Municipal rendirá informes de los procesos judicia-les, así como de cualquier investigación policial las ve-ces que sea requerido por el Alcalde, el Concejo o lasComisiones de Regidores, bajo responsabilidad funcio-nal. Artículo 9º.- Normas de aplicación supletoria.- Son de aplicación al Procurador Público Municipal de laMunicipalidad Distrital de Bellavista, las demás atribu-ciones y obligaciones establecidas en el Reglamento deOrganización y Funciones (ROF) aprobado mediante Or- denanza Nº 017-2003-CDB, el Decreto Legislativo Nº 17537, el Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS, así comoel Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aproba-do mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, en lo quesea aplicable. Artículo 10º.- Culminación de la designación.- La designación del Procurador Público a que se refiere elpresente Reglamento, culmina cuando se acepta la re-nuncia del designado o cuando se da por concluida sudesignación, mediante Resolución emitida por el Titulardel Pliego. Artículo 11º.- Norma derogatoria.- Déjese sin efecto toda norma municipal que se oponga a lo dispuesto en elpresente Reglamento. 13244MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61 /G4E/GBA/G20/G30/G30/G31/G2D/G32/G30/G30/G34/G2F/G4D/G44/G56/G2D/G41/G4C/G43/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G20/G65/G6C /G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G6F/G62/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G2D /G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F ORDENANZA MUNICIPAL Nº 021-2004/MDV-ALC Ventanilla, 30 de junio de 2004 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Ventanilla, visto en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada el día 30 de junio del año 2004 las modificaciones a la Ordenanza Municipal Nº 001-2004/MDV-ALC la misma que establece el procedi- miento que regula el otorgamiento de Licencias y Autoriza- ciones Municipales de Funcionamiento; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Polí- tica del Estado concordado con el Artículo II del Título Preli- minar de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 195º numeral 4) de la norma constitucional antes acotada, las municipalidades tienen competencia para crear, modifi- car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a ley; Que, el artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 27972 es competencia y función específica de la municipalidad distrital normar, regular y otorgar autoriza- ciones, derechos y licencias; Que, conforme se aprecia del Informe Nº 0120-2004/ MDV-GR, la modificación a la Ordenanza se sustenta en la necesidad de adecuar la misma a los derechos que por di- chos conceptos se establecen en el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos -TUPA- de esta administración edil; Que, estando a lo expuesto, el Pleno del Concejo en uso de sus facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Orgá- nica de Municipalidades, y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta, aprobó POR MAYORÍA la siguiente modificación a la ordenanza municipal; ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 8º, 17º, Y 25º DE LA ORDENANZA Nº 001-2004/MDV-ALC QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE LICENCIAS Y AUTORIZACIONES MUNICIPALES DE FUNCIONAMIENTO Artículo Primero.- Aprobar las modificaciones a la Ordenanza Municipal Nº 001-2004/MDV-ALC, relacionada a “La Ordenanza que Regula el Procedimiento para la ob- tención de Licencias y Autorizaciones Municipales de Fun- cionamiento”, el mismo que consta de 3 artículos. Artículo Segundo.- Modifíquese el artículo 8º numeral 2), debiendo quedar redactado de la siguiente manera: “Re- cibo de pago por derecho de certificado: 4.5% de la UIT". Artículo Tercero.- Modifíquese el artículo 17º, debiendo quedar redactado de la siguiente manera: “El derecho de pago para el duplicado de licencia es el 3.22% de la UIT”. Artículo Cuarto.- Modifíquese el artículo 25º, debien- do quedar redactado de la siguiente manera: “El monto del derecho administrativo para obtener la Licencia de Funcio- namiento Provisional, se fija en 3.10 de la UIT.” Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Rentas, dar cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.JUAN JOSÉ LÓPEZ ÁLAVA Alcalde 13675