Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2004 (24/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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tos. El resto de los regidores que deseen intervenir lo haran por un MORDAZA de tres minutos y por una sola vez. Primero se debatira el dictamen en mayoria; si es aprobado se archivara el de minoria. Si es rechazado el de mayoria, se debatira el de minoria. Si hubieren dictamenes divergentes de mas de una comision sobre la misma o las mismas proposiciones de Ordenanzas, Acuerdos o Resoluciones, primero se debatira el de la Comision que corresponde directamente al tema. c) El MORDAZA o quien preside la sesion dirigira, ordenara y podra dar por agotado el debate general de las proposiciones llevadas al Concejo y en todo MORDAZA fijara el tiempo MORDAZA de debate y acordara el sistema a utilizarse para el uso de la palabra, tomando en consideracion las siguientes opciones: - Decidir que pueden hacer uso de la palabra los regidores que lo soliciten, por no mas de cinco minutos cada uno. - Decidir en forma adicional la concesion del uso de la palabra por un tiempo breve para replicas y duplicas. d) Las interrupciones seran concedidas por el MORDAZA a solicitud del regidor que se encuentre haciendo uso de la palabra. No podran exceder de un minuto, que sera descontado del tiempo que corresponde al regidor interrumpido. No proceden las interrupciones dentro de otras interrupciones. No puede haber mas de dos interrupciones al mismo orador. SECCION TERCERA VOTACIONES Articulo 43º.- Oportunidad de votaciones Terminado el debate de un MORDAZA o el tiempo prefijado por el MORDAZA o quien presida el sesion, o cuando ya han hecho uso de la palabra los regidores o cuando asi lo establezca el Reglamento, el MORDAZA o quien presida la sesion anunciara que se procedera a votar. Hecho el anuncio, ningun regidor puede abandonar la sala hasta que concluya el acto de votacion. El MORDAZA tiene derecho al MORDAZA como miembro del Concejo y MORDAZA dirimente en caso de empate. Articulo 44º.- Clases de votaciones Segun la forma como se realicen, las votaciones son: a) Ordinarias: Cuando los regidores levantan la mano. Cuando se emplea esta modalidad, los regidores que votan en contra, o los que se abstienen deben mantener la mano levantada hasta que la direccion del debate MORDAZA registrado sus votos. b) Nominales: Cuando el relator llama a cada uno de los miembros del Concejo por su nombre y estos responden si o no, o su abstencion segun el sentido que decidan darse a su voto. El relator repetira el nombre y el MORDAZA de cada miembro del Concejo a efecto de que se registre en el sistema de grabacion. Se realiza cuando asi lo disponga el MORDAZA o lo solicite un MORDAZA de los regidores presentes. Tambien correspondera forzosamente la votacion nominal, cuando se trate de adoptar o comprobar acuerdos que requieran el MORDAZA calificado del numero legal de miembros del Concejo, segun lo establecido por la Ley Organica de Municipalidades. c) Por papeleta: Cuando los miembros del Concejo reciban una papeleta o cedula de votacion, escriban en MORDAZA su MORDAZA y la depositen en el anfora Segun se conozca o no el sentido del MORDAZA de cada regidor, las votaciones pueden ser: a) Publicas. b) Reservadas, cuando lo estime conveniente el MORDAZA o quien preside la sesion, o lo solicite un MORDAZA del numero de regidores. Articulo 45º.- Rectificacion de las votaciones y reconsideraciones Cualquier regidor puede solicitar que se rectifique la votacion cuando MORDAZA duda sobre su resultado. Para tal efecto, el MORDAZA o quien preside la sesion solicitara que los regidores expresen su MORDAZA poniendose y permaneciendo en pie. Las reconsideraciones se presentan por escrito, suscritas necesariamente por el 20% (veinte por ciento)

de los miembros habiles del Concejo, respecto de los Acuerdos y dentro del tercer dia habil contado a partir de la fecha en que se adopto el Acuerdo, su aprobacion requiere el MORDAZA de la mitad mas uno del numero legal de miembros del Concejo. Cuando el resultado de alguna votacion sea inferior al quorum establecido, el MORDAZA o quien presida la sesion queda autorizado para volver a someter el tema a votacion el mismo dia, sin necesidad de que sea tramitado con una reconsideracion y continuandose la sesion con el debate de otros asuntos. Concluida la sesion, no se puede enmendar el sentido del voto. SECCION CUARTA ARTICULACIONES ESPECIALES Articulo 46º.- Cuestiones de orden En cualquier momento del debate, con excepcion de aquel en el que se desarrolla la votacion, los regidores pueden plantear una cuestion de orden, a efecto de llamar la atencion sobre la correcta interpretacion y aplicacion del Reglamento del Concejo. Deben citar el articulo o los articulos materia de la cuestion. El MORDAZA concedera un MORDAZA de dos minutos para plantearla y de inmediato la sometera sin debate a votacion. En casos excepcionales puede abrir debate senalando el tiempo MORDAZA que concedera a cada orador para intervenir. En caso de duda extrema que no pueda ser dilucidada de inmediato por el Pleno o el secretario general del Concejo, el MORDAZA enviara el MORDAZA a la Comision de Asuntos Legales, para que opine a mas tardar dentro de los tres dias siguientes a la celebracion de la sesion, suspendiendose el debate sobre la materia. Las decisiones del Pleno en materia de cuestiones de orden seran registradas por la Secretaria General. Pueden ser invocadas en casos analogos que se plantean en el futuro. Articulo 47º.- Cuestiones previas Las cuestiones previas se plantean en cualquier momento del debate y MORDAZA de las votaciones, a efecto de llamar la atencion sobre un requisito de procedibilidad del debate o de la votacion, basado en hechos o solicitar el regreso de un MORDAZA a comisiones por no encontrarse suficientemente estudiado. El MORDAZA concedera un MORDAZA de tres minutos para plantearla y de inmediato la sometera a votacion sin debate; sin embargo, en casos excepcionales puede abrir debate, senalando el tiempo MORDAZA que concedera a cada orador para intervenir. SECCION MORDAZA REGLAS DE ORDEN EN LAS SESIONES Articulo 48º.- Disciplina en el Concejo El MORDAZA o quien presida la sesion tiene a su cargo la direccion de los debates y la prerrogativa de exigir a los regidores que se conduzcan con respeto y buenas maneras durante las sesiones. Esta facultado para: a) Conceder el uso de la palabra en los terminos reglamentarios. Tambien puede conceder un tiempo adicional cuando considere que ello contribuira a ilustrar, aclarar o concordar conceptos y posiciones. La ampliacion no podra exceder de tres minutos y no podra conceder mas de diez ampliaciones durante el debate de cada asunto. b) Imponer el orden de las sesiones. Si cualquier regidor impide con su conducta el normal desarrollo de la sesion y no acata el llamado de atencion y las decisiones del MORDAZA en materia de orden, este los reconviene. Si el regidor persiste en su actitud, el MORDAZA ordena su salida de la sala. Si no obedece, el MORDAZA o quien presida la sesion la suspendera por quince minutos. Reabierta esta, el MORDAZA o quien presida la sesion reitera su pedido. Si el regidor se allana, el MORDAZA o quien preside la sesion da por concluido el incidente; de lo contrario, propone al Pleno segun la gravedad de la falta, la sancion de suspension a que se refiere el inciso 3 c) del articulo 18º del presente reglamento. c) Exigir a los oradores que no se desvien de la cuestion materia de debate. Puede suspender el uso de la palabra al regidor que persista en su actitud, luego de llamarle hasta por dos veces la atencion. d) Exigir el retiro de frases ofensivas proferidas contra las autoridades, miembros del Concejo, funcionarios y per-

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