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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G32/G36/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de julio de 2004 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G70/G72/GF3/G72/G72/G6F/G67/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65 /G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G79/G61/G63/G75/G63/G68/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G2D/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72 /G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 178-2004/SUNAT Lima, 22 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que el inciso g) del Artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, establece que se encuentran exoneradas de los pro- cesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica-ciones Directas las prórrogas del plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles siempre que la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del índicegeneral de precios al por mayor; Que una vez aprobada la exoneración correspondien- te, la contratación debe efectuarse a través de un procesode adjudicación de menor cuantía, conforme a lo estableci- do por el Artículo 20º de dicho texto legal; Que en los Artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se esta- blecen los procedimientos a que deben someterse talescontrataciones, precisándose que deberá indicarse en la resolución exoneratoria el órgano que se encargará de lle- var a cabo la contratación; Que el Informe Técnico Legal Nº 0002-2004-2O0100 de la Intendencia Regional Ica, señala que se requiere prorrogar el plazo del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado enla Avenida Mariscal Cáceres Nº 399, segundo piso, Ayacu- cho, por el período de un (1) año, comprendido entre el 2 de agosto de 2004 y el 1 de agosto de 2005; donde actualmentefunciona la Oficina Remota Ayacucho, en consideración a que el referido local ha sido habilitado para funcionar como tal, re- uniendo las condiciones e infraestructura para el tipo de servi-cios que brinda la SUNAT a través de estas oficinas; Que asimismo, indica que mediante Carta de fecha 3 de junio de 2004, la propietaria del inmueble ha manifestado sudisposición para prorrogar el contrato de arrendamiento por el plazo de un (1) año, bajo las mismas condiciones estable- cidas en el contrato original, sin variación de la renta fijada; Que en tal sentido, el referido informe concluye que re- sulta procedente la exoneración del proceso de selección correspondiente a la prórroga del contrato de arrendamientodel mencionado inmueble; Que lo expuesto en dicho Informe justifica técnica y legal- mente la exoneración del proceso de selección para la pró-rroga del mencionado contrato de arrendamiento, cumplién- dose así con lo establecido en el Artículo 113º del Reglamen- to de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los Artículos 105º, 113º y116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferi- das en el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Or- ganización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decre-to Supremo Nº 115-2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección corres- pondiente a la prórroga del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en Avenida Mariscal Cáceres Nº 399,segundo piso, Ayacucho, por el período de un (1) año, com- prendido entre el 2 de agosto de 2004 y el 1 de agosto de 2005, por los fundamentos expuestos en la parte conside-rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar al Intendente Regional Ica a rea- lizar el procedimiento para la prórroga del contrato respec-tivo, mediante Adjudicación de Menor Cuantía y por una renta mensual de S/. 2,050.00 (Dos mil cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), incluido impuestos; importe que será finan-ciado con recursos propios de la Institución. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Administrativa de la Intendencia Nacional de Administración que remita copia dela presente Resolución y del informe que la sustenta a la Con- traloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación; así como la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial ElPeruano en el plazo legal y en la página web de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 13803 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C /G79/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G2D /G74/GED/G6E/G2C/G20/G4D/G61/G72/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G43/GE1/G63/G65/G72/G65/G73/G20/G79/G20/G54/G6F/G63/G61/G63/G68/G65/G20/G64/G65/G6C/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2004-GRSM/CR Moyobamba, 25 de junio de 2004 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Mar- tín, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificadopor la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, sobre Descentralización Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descen- tralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Re-gionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 002-2004- GRSM/CR se aprobó la nueva Estructura Orgánica y Re- glamento de Organización y Funciones - ROF del Gobier- no Regional de San Martín; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presu- puesto y Acondicionamiento Territorial, a través de la Ofici- na de Racionalización, ha elaborado el Texto Único de Pro-cedimientos Administrativos - TUPA de la Sede Central y Oficinas Zonales de San Martín, Mariscal Cáceres y Toca- che del Gobierno Regional de San Martín, con la finalidadde contar con un instrumento legal destinado a unificar, reducir y simplificar los procedimientos y trámites adminis- trativos, que se tramitan en él; Que, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Adminis- trativo General, establece que las entidades públicas de- berán elaborar su Texto Único de Procedimientos Adminis-trativos - TUPA, dictando las normas de aprobación y pu- blicación correspondiente; Que, estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en sesión de fecha 10 de junio de 2004 y a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el «Texto Único de Procedi- mientos Administrativos - TUPA 2004» de la Sede Central y delas Oficinas Zonales de San Martín, Mariscal Cáceres y Tocache del Gobierno Regional de San Martín que en veinticinco (25) fo- lios rubricados la margen forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto legal todo acto administrativo, que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Disponer a la Secretaría del Conse- jo Regional la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico del Go- bierno Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.MAX HENRRY RAMÍREZ GARCÍA Presidente Regional