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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2004 (26/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G33/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 26 de julio de 2004 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONTRALORÍA GENERAL /G46/G6F/G72/G6D/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G73/G65/G70/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65 /G4A/G65/G66/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/GD3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G6E/G2D/G63/G61/G20/G53/G61/G6E/G63/G6F/G73 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 304-2004-CG Lima, 22 de julio de 2004 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 042-2004-CG/O- CI, emitida por la Gerencia de Órganos de Control Institu-cional de la Gerencia Central del Sistema Nacional de Con-trol de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el articulo 19º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, laseparación definitiva de los Jefes de los Órganos de Con- trol Institucional, se efectúa por este Organismo Supe- rior de Control de acuerdo a los requisitos, procedi-mientos, incompatibilidades y excepciones que establez-ca para tal efecto; Que, el Reglamento de los Órganos de Control Institu- cional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG, modificado por Resoluciones de Contraloría Nºs.014 y 047-2004-CG, establece en el numeral 2.1 de su Pri- mera Disposición Transitoria, que la separación definitiva del Jefe del Órgano de Control Institucional se efectúa porla Contraloría General de la República, mediante Resolu-ción de Contraloría publicada en el Diario Oficial El Perua-no, previéndose en el literal c) de dicho numeral, que loscasos de renuncia del Jefe del Órgano de Control Institu- cional serán informados por la entidad a la Contraloría General de la República, acompañándose copia autentica-da de la respectiva carta de renuncia y su aceptación porla entidad, para la formalización de la separación definiti-va; Que, mediante Oficios Nºs. 037-2004-MPH/A y 126- 2004-MPH/A, la Municipalidad Provincial de HuancaSancos informó a este Organismo Superior de Control la renuncia de la CPC Bernardina Palomino Vargas al cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de lareferida entidad, adjuntando copia autenticada de lacarta de renuncia y de la Resolución de AlcaldíaNº 035-2004-MPH/A, por medio de la cual fue acepta-da la misma; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Con- trol y de la Contraloría General de la República, y el numeral 2.1 de la Primera Disposición Transitoria delReglamento de los Órganos de Control Institucional,aprobado por Resolución de Contraloría Nº 114-2003-CG, modificado por Resoluciones de ContraloríaNºs. 014 y 047-2004-CG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Formalizar la separación definitiva, por renuncia, de la CPC. Bernardina Palomino Vargas, al car- go de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Munici- palidad Provincial de Huanca Sancos. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 13855/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G73/G20/G69/G72/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G2D/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G75/G64/G69/G74/G6F/G2D/G72/GED/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G49/G4D/G44/G45/G53 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 305-2004-CG Lima, 22 de julio de 2004 Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 09-2004-CG/ GDPC de 14.JUL.2004, los Oficios Nºs. 425 y 450-2004-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 1 y 10.JUN.2004, respectivamente, el Atestado Policial Nº 014-2004-DIRCO- COR-PNP/DIVPACGR-E2 de 01.JUN.2004, resultante delas investigaciones realizadas por la Unidad Técnica Es-pecializada de la Policía Nacional del Perú adscrita a laContraloría General de la República, en la Oficina Generalde Auditoría Interna del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República, a través del Oficio Nº 1663-2003-CG/DC de 24.SET.2003 dispuso se efectúe una verificación de denuncia en torno a presun- tas irregularidades en la Oficina General de Auditoría In-terna del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MI-MDES, designando para el caso una Comisión a efectosde practicar la citada verificación; Que, como resultado de dicha Verificación se ha emi- tido el Informe de Verificación de Denuncias Nº 04-2003- CG/DPC de 14.OCT.2003, en el cual se ha evidenciadola existencia de irregularidades en la contratación de ser-vicios referidos a la Adjudicación de Menor CuantíaNº 0382-2003-SERVICIO, al haberse efectuado la simu-lación de la participación del contratado, aparentando mediante presunta documentación falsa la entrega y re- cepción de los requisitos establecidos en dicho proce-so, así como la comunicación del otorgamiento de laBuena Pro del mismo; en razón a que se ha verificadoque dicha persona se encontraba ausente del país altiempo de realizarse tales actos; asimismo, según infor- mación del movimiento migratorio proporcionado por la Dirección de Migraciones y Naturalización del Ministeriodel Interior, se ha podido verificar que el citado profesio-nal no se encontraba en el país durante los meses demayo y junio, en los cuales no ha podido prestar susservicios, sin embargo ha percibido suma de dinero, con- tando la conformidad del Jefe de la Oficina de Auditoría Interna de la entidad, hecho que ha sido constatadomediante el giro de los Cheques Nºs. 34285137 y34285724 de 30.MAY. y 26.JUN.2003, respectivamente; Que, la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional adscrita a la Contraloría General, conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3º, 7º nu- meral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgá-nica de la Policía Nacional del Perú, ha elaborado elAtestado Policial de Vistos, el mismo que por disposi-ción de la Segunda Fiscalía Provincial de Prevencióndel Delito, Especializada en Asuntos Aduaneros y de Propiedad Intelectual, fue remitido por dicha Unidad Técnica a través del Oficio Nº 425-2004-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 01.JUN.2004 al Decanato Superiordel Distrito Judicial de Lima, a fin que este órgano de-signe la Fiscalía competente para que formalice la de-nuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por delitos contra la Administración Públi- ca y otros, previstos y sancionados en el Código Penalvigente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal o) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la Re- pública, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, adminis-trativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de losintereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobrerecursos y bienes de éste, por lo que resulta convenienteautorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos ju-