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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (04/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 50

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G37/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 4 de junio de 2004 INEI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/GCD/G6E/G64/G69/G63/G65/G73/G20/G55/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G63/G69/G6F/G73 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G73/G65/G69/G73/G20/GE1/G72/G65/G61/G73 /G67/G65/G6F/G67/G72/GE1/G66/G69/G63/G61/G73/G2C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G6D/G65/G73/G20/G64/G65 /G6D/G61/G79/G6F/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G34 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 150-2004-INEI Lima, 1 de junio del 2004 CONSIDERANDO:Que, la Undécima Disposición Complementaria y Tran- sitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Instituto Na-cional de Estadística e Informática (INEI) las funciones deelaboración de los Índices de los elementos que determi-nen el costo de las Obras; Que, el Art.1º del Decreto Supremo Nº 011-89 VC de fecha 12 de setiembre de 1989, establece que los Índicesque se apliquen, serán a la fecha en que debe ser pagadala valorización, de acuerdo al plazo legal o contractual es-tipulado; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se con- sidera necesaria la publicación de aquellos Índices que ala fecha cuentan con la información requerida; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económi- cos ha elaborado el Informe Nº 01-05-2004-DTIE, referi-do a los Índices Unificados de Precios de la Construc-ción, para las seis (6) Áreas Geográficas, correspondien-tes al mes de mayo del 2004 y con la aprobación de laComisión Técnica del Instituto Nacional de Estadística eInformática; En uso de las atribuciones conferidas por el Art.6º del Decreto Legislativo Nº 604; Ley de Organización y Funcio-nes del Instituto Nacional de Estadística e Informática. SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar los Índices Unificados de Pre- cios de la Construcción para las seis (6) Áreas Geográfi-cas, correspondientes al mes de mayo del 2004, en la for-ma que a continuación se detalla: ÍNDICE MAYO 2004 CÓDIGO 30 382,0234 415,1539 301,5647 311,5749 279,3153 547,72 Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 10627 INPE /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G6F/G72/G65/G73 /G64/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G65/G6E/G69/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G49/G71/G75/G69/G74/G6F/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 367-2004-INPE/P Lima, 28 de mayo de 2004 VISTO, el Informe Nº 050-2004-INPE/CPPAD de fecha 17 de mayo de 2004, de la Comisión Permanente deProcesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Na-cional Penitenciario.CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial del Instituto Nacional Penitenciario Nº 189-2004-INPE/P de fecha 1 deabril de 2004, se instauró proceso administrativo discipli-nario a los servidores RODOLFO ALEJANDRO PURACASANCHEZ, Especialista en Tratamiento de InconductasSociales; JOAQUIN ALBERTO VELASCO SANCHEZ,Agente Penitenciario y ROSITA NOELIA ARMANZA BE-NITES, Agente de Seguridad, quienes laboraban en losEstablecimientos Penitenciarios de Sentenciados AnexoIquitos Maynas y Callao, de las Direcciones RegionalesNor Oriente San Martín y Lima, respectivamente, por ha-ber incurrido en ausencias injustificadas a su centro delabores, conforme se desprende del Informe de la Oficinade Recursos Humanos y Unidad de Remuneraciones yDesplazamientos como obra a folios dos y sesenticincodel expediente, por lo que habrían incumplido sus obliga-ciones señaladas en los incisos a) y c) del artículo 21º delDecreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la CarreraAdministrativa y de Remuneraciones del Sector Público; Que, de los documentos que obran en el expediente se advierte que, los servidores RODOLFO ALEJANDROPURACA SANCHEZ; JOAQUIN ALBERTO VELASCOSANCHEZ y ROSITA NOELIA ARMANZA BENITES, hansido formalmente notificados con fechas 7, 12 y 14 de abrilde 2004, como consta a folios ciento noventidós, cientonoventiocho, doscientos seis y doscientos siete, respecti-vamente; sin embargo, los servidores RODOLFO ALEJAN-DRO PURACA SANCHEZ y JOAQUIN ALBERTO VELAS-CO SANCHEZ, no obstante haber sido notificados formal-mente y habiéndose excedido el plazo previsto por el artícu-lo 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM “Reglamen-to de la Ley de la Carrera Administrativa” no han cumplidocon presentar sus respectivos descargos, subsistiendo loscargos atribuidos en la resolución por la que se les hainstaurado proceso administrativo disciplinario, en el casodel primero de los nombrados por ausencias injustificadasconsecutivas en un período de ciento ochenta días calen-dario, desde el 19 de diciembre de 2002 hasta el 02 denoviembre de 2003, lo cual hace un total de diez (10) me-ses con catorce (14) días calendario, es decir ciento seis(106) servicios; y del servidor JOAQUIN ALBERTO VE-LASCO SANCHEZ, por las ausencias injustificadas pormás de tres días consecutivos en un período de treintadías calendario, desde el 31 de enero hasta el 11 de marzode 2003, lo cual hace un total de cuarenta (40) días calen-dario, es decir trece (13) servicios consecutivos, ambosservidores prestaban servicios de seguridad en el Esta-blecimiento Penitenciario de Sentenciados Anexo Iquitos-Maynas; por consiguiente han incumplido con sus obliga-ciones establecidas en los incisos a) y c) del artículo 21ºdel Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carre-ra Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público,faltas administrativas tipificadas en los incisos a) y k) delartículo 28º de la norma legal antes acotada; Que, del análisis y evaluación del descargo presentado por la servidora ROSITA NOELIA ARMANZA BENITES,sostiene en su defensa que las ausencias a su centro detrabajo se deben a cuestiones de salud y que presentócertificado médico para justificar sus inasistencias de losdías 28 de octubre al 4 de noviembre de 2002, inasistenciasque fueron rebatidas documentadamente con el certificadomédico expedido por el “Centro Materno Infantil Confrater-nidad” del Ministerio de Salud-PAC prescribiéndole trata-miento y descanso médico por seis días del 28 de octubreal 2 de noviembre de 2002; refiere que debe tener en cuen-ta que prestaba servicio de seguridad bajo la modalidadde 24 x 48, correspondiéndole sus servicios los días 28 deoctubre y 1 de noviembre de 2002, por lo que la inasis-tencia del día 4 de noviembre del año antes mencionado,no constituye falta de carácter disciplinario previstas en elinciso k) del artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 -Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remunera-ciones del Sector Público; puesto que a partir del 5 de no-viembre de 2002, pasó a laborar en la Oficina de RecursosHumanos de la Sede Central del Instituto Nacional Peni-tenciario conforme se acredita con la Constancia de fojascincuentiuno del expediente; más aún los documentos quehan sido tramitados en la Dirección Regional Nor OrienteSan Martín vía Fax, relacionado a su pedido de licenciaque fue posteriormente presentado a través de otra solici-tud donde adjunta el Certificado de Incapacidad Temporalde Trabajo desde el día 18 de octubre al 2 de noviembre de2002 emitido por ESSALUD, por lo que quedan desvir-tuados los cargos formulados en la instauración de proce-so administrativo disciplinario en su contra;