Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2004 (04/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, viernes 4 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Urgencia el mantenimiento preventivo y correctivo de ascensores y montavehiculos de las Sedes de la SUNAT ubicadas en MORDAZA y Callao. Articulo 2º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, a la contratacion del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de ascensores y montavehiculos MORDAZA MORDAZA y Schindler de las Sedes de la SUNAT, ubicadas en MORDAZA y Callao, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Intendente Nacional de Administracion a suscribir los contratos respectivos, mediante Adjudicacion de Menor Cuantia por el plazo de ciento ochenta (180) dias calendario y por un valor referencial de S/. 115,273.32 (Ciento quince mil doscientos setenta y tres y 32/100 Nuevos Soles), para los equipos MORDAZA MORDAZA y de S/. 70,958.10 (Setenta mil novecientos cincuenta y ocho y 10/100 Nuevos Soles), para los equipos MORDAZA Schindler; con cargo a los ingresos propios de la SUNAT. Articulo 4º.- Disponer que la Gerencia Administrativa de la Intendencia Nacional de Administracion remita copias de la presente Resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos (e) 10580

glamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ratificar, en via de regularizacion, a partir del 3 de febrero de 2003, la designacion de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Chiclayo, al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CRUZ. Articulo Segundo.- La encargatura a que se refiere el articulo precedente, sera puesta en conocimiento del Poder Judicial, Ministerio Publico, Ministerio del Interior, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, Superintendencia de Administracion Tributaria, Superintendencia de Banca y Seguros y el Banco de la Nacion; para que se le brinden las facilidades del caso; asi como a la Policia Nacional del Peru; a fin que se preste el MORDAZA correspondiente para el cumplimiento de sus funciones. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA BRITTO MORDAZA Intendente (e) 10479

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Politica Ambiental Regional y de Recursos Naturales
ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2004-GRCAJ-CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, es deber de los Gobiernos Regionales promover e incentivar la conservacion de nuestros recursos naturales y el medio ambiente, promoviendo la transmision de los conocimientos, el desarrollo de las habilidades, destrezas y formacion de valores, los sistemas vitales de la diversidad biologica y del uso sostenible de los recursos; Que, segun lo establecido en el Articulo 9º de la Ley Nº 27867, se establece que es competencia constitucional de los Gobiernos Regionales el "Promover y regular actividades y/o servicios de medio ambiente" y en su Articulo 53º incisos (a) y (b) se senala que son funciones de los Gobiernos Regionales el "Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales". Aspectos concordantes con el Decreto de Consejo Directivo Nº 001-2003-CD/CONAM - MORDAZA Estructural de Gestion Ambiental Regional; Que, la Gestion Institucional del Gobierno Regional en materia de Medio Ambiente y Recursos Naturales y su Reglamento que la implementa es basico para la suscripcion de futuros convenios, Gestion de Cooperacion Internacional; asi como para la toma de decisiones en la supervision, control y/o sanciones que devinieran del ejercicio de las funciones sobre materia ambiental; Que, estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion de fecha 16 de MORDAZA del 2004 y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de

Ratifican designacion de auxiliar coactivo de la Intendencia de Aduana de Chiclayo
INTENDENCIA DE ADUANA DE CHICLAYO RESOLUCION DE INTENDENCIA ADUANA DE CHICLAYO Nº 264-2004-SUNAT/3Q0000
Chiclayo, 27 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, el Ejecutor Coactivo de la Intendencia de Aduana de Chiclayo, actua en el procedimiento de Cobranza Coactiva con la colaboracion de Auxiliar Coactivo cuyo requisito para su designacion se encuentra establecido en el articulo 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el D.S. Nº 135-99-EF y demas normas modificatorias; Que, mediante Resolucion de Intendencia Nº 039 de 3 de febrero de 2003, se encargo al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la funcion de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Chiclayo; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 115-2002PCM, aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT disponiendose en su articulo 2º que dicho Reglamento entraria en vigencia desde el 1 de enero de 2003; en consecuencia, resulta necesario ratificar, en via de regularizacion, a partir del 3 de febrero de 2003 la designacion del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Chiclayo, toda vez que cumple con los requisitos establecidos en el articulo 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el D.S. Nº 135-99-EF y modificado por el articulo 52º del Decreto Legislativo Nº 953; Por lo que, estando a las atribuciones conferidas dentro de la nueva estructura organica establecida en el Re-

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