Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2004 (05/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, sabado 5 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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Declaran nulidad de adjudicacion directa publica convocada para la instalacion de riego tecnificado e implementacion de areas verdes en la avenida Peru
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 313-2004-AL/MDSMP
San MORDAZA de Porres, 3 de junio de 2004 Visto: El Memorandum Nº 704-2004-MDSMP/GM, el Oficio Nº 534-2004(PRE) y el Pronunciamiento Nº 93-2004(GTN) del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que resuelve se declare la Nulidad de Oficio de la Adjudicacion Directa Publica Nº 009-2004-CE/ OBRA-MDSMP para la ejecucion de la Obra: "Instalacion de Riego Tecnificado e Implementacion de Areas Verdes en la Av. Peru"; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 26º del Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que "El Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el Articulo 57º de la Ley, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, sin perjuicio de la que sea declarada en la resolucion recaida sobre los recursos impugnativos. Despues de celebrados los contratos solo es posible declarar la nulidad por efecto del Articulo 9º de la Ley. Esta facultad es indelegable"; asimismo dispone que "La Resolucion que declara la nulidad de oficio debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion, bajo responsabilidad"; Que, el Pronunciamiento Nº 93-2004-(GTN) del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que la Adjudicacion Directa Publica Nº 0012003-CE/OBRA-MDSMP, de Remodelacion de la Berma Central de la Av. Peru, Instalacion de Riego Tecnificado e Implementacion de Area MORDAZA tiene los mismos antecedentes de la Adjudicacion Directa Publica Nº 009-2004CE/OBRA-MDSMP, sobre la "Instalacion de Riego Tecnificado e Implementacion de Areas Verdes en la Av. Peru"; y que el primero de los nombrados no ha concluido, de lo que se infiere que la convocatoria de la Adjudicacion Directa Publica Nº 009-2004-CE/OBRA-MDSMP, carece de justificacion, por cuanto la necesidad que se pretende satisfacer ya ha sido materia de otro MORDAZA de seleccion, aun vigente y cuenta ademas con agente economico identificado que esta obligado a ejecutar la obra requerida; agregando que este ultimo MORDAZA de la Adjudicacion Directa Publica, tiene un objeto juridicamente inviable; Que, en este sentido el Consejo Superior solicita que el Titular del Pliego de esta Comuna, adopte las medidas necesarias para que en virtud del Articulo 26º del Reglamento declare de oficio la nulidad del MORDAZA seleccion de la Adjudicacion Directa Publica Nº 009-2004-CE/OBRAMDSMP; Estando a lo informado por la Gerencia Municipal mediante Informe Nº 055-2004-MDSMP/GM, de conformidad con lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en uso de las facultades que confiere el inciso 6) del Articulo 20º , concordante con el Articulo 43º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO de la Adjudicacion Directa Publica Nº 009-2004-CE/ OBRA-MDSMP para la Obra: "Instalacion de Riego Tecnificado e Implementacion de Areas Verdes en la Av. Peru"; de acuerdo con el Pronunciamiento Nº 093-2004 (GTN) de CONSUCODE. Articulo Segundo.- Transcribir a los miembros del Comite Especial la presente Resolucion.

Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias de su expedicion para los fines de ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10710

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 018-2001-MDSM sobre solicitudes de certificado de compatibilidad de uso y de licencias de funcionamiento
DECRETO DE ALCALDIA Nº 14-2004-MDSM
San MORDAZA, 31 de marzo de 2004 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 78º, Articulo 79º numerales 3.6.4 y 4.1, y Articulo 80º numeral 3.2 de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, es funcion de las municipalidades en materia de acondicionamiento territorial, organizacion del espacio fisico y uso del suelo y en temas de saneamiento, salubridad y salud, aprobar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales; ejecutar o proveer la ejecucion de obras de infraestructura MORDAZA o rural que MORDAZA indispensables para el desenvolvimiento de la MORDAZA del vecindario, la produccion, el comercio, el transporte y la comunicacion en el distrito, tales como pistas, vias, puentes, parques, etc.; y regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales y otros lugares publicos locales; Que, la Ordenanza Nº 018-2001-MDSM, elevo a rango de Ordenanza el Acuerdo de Concejo Nº 53-99, modificado por Acuerdo de Concejo Nº 20-2000-MDSM, que dispuso suspender por el plazo de seis meses, MORDAZA en seis meses por Decreto de Alcaldia Nº 02-2000-MDSM y nuevamente MORDAZA por el mismo plazo por los Decretos de Alcaldia Nº 16-2000-MDSM, Nº 04-2001-MDSM y Nºs. 272001-MDSM, 04-2001-MDSM, 011-2002-MDSM y 08-2003MDSM, la recepcion y tramite de las solicitudes de Certificado de Compatibilidad de Uso asi como las solicitudes de Licencias de Funcionamiento de MORDAZA de Billar, MORDAZA de Hospedaje y Hostales de categoria menor a 3 estrellas, MORDAZA de Espectaculos, Penas, Pubs, Discotecas, Salsodromos, Locales para MORDAZA, Bailes, Recepciones, Clubes Nocturnos o similares, cualquiera sea la denominacion que adopten, en horario diurno y/o nocturno; Que, dicho plazo ha resultado insuficiente para la revision del procedimiento del otorgamiento de las Licencias de Funcionamiento de este MORDAZA de establecimientos, habiendose incrementado las quejas de los vecinos por ruidos molestos, personas de mal vivir y alta congestion vehicular provocados por estos locales; Que, en ese sentido, se hace necesario ampliar por seis meses mas el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 182001-MDSM; Estando a lo expuesto y en uso a las facultades que otorga el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el visto MORDAZA de la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR por seis (6) meses mas la vigencia de la Ordenanza Nº 018-2001-MDSM, referido a la recepcion y tramite de las solicitudes de Certificado de Compatibilidad de Uso asi como las solicitudes de

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