Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2004 (05/06/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 72

Pag. 269822

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 5 de junio de 2004

sonal del SAT y de los administrados que acuden a nuestras oficinas y centros de atencion, asi como de los bienes que forman parte del patrimonio institucional; Que, el Informe de la Division de Logistica justifica tecnicamente la causal prevista en el articulo 19º, inciso c), del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, cuando se constituye una situacion de urgencia declarada de conformidad con la referida ley, a fin de exonerar la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia del MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, mediante Informe Nº 004-082-00000002, de fecha 31 de MORDAZA de 2004, la Gerencia de Asuntos Legales considera que procede la exoneracion para la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia por la causal prevista en el parrafo precedente; Que, el SAT para efecto de la presente exoneracion debera cumplir con las formalidades previstas en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los articulos 113º a 116º de su Reglamento; Que, el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que, de producirse algun supuesto de exoneracion que determine la necesidad de efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la adquisicion o contratacion debera llevarse a cabo mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, segun corresponda; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sus disposiciones complementarias y modificatorias, la Directiva Nº 11-2001-CONSUCODE/PRE y en uso de las facultades establecidas en el articulo 6º del Edicto Nº 227, Estatuto del SAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del Concurso Publico Nº 003-2004-CE-CORP/MML por la causal de situacion urgencia para la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia de la institucion mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia, por un valor referencial de S/. 57,167.03 (Cincuenta y Siete Mil Ciento Sesenta y Siete y 03/100 Nuevos Soles), incluido todo MORDAZA de tributos, y por el plazo MORDAZA de un (1) mes o hasta que se firme el contrato correspondiente al concurso publico indicado, lo que ocurra primero. Articulo 2º.- La contratacion aprobada mediante la presente Resolucion sera financiada con recursos propios de la entidad, encontrandose dicho gasto debidamente presupuestado e incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT correspondiente al ano 2004. Articulo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion proceda a la contratacion indicada mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y conforme a lo prescrito por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Articulo 4º.- Disponer a la Gerencia de Administracion efectue la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision, y remita una MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes, conforme lo establece el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el articulo 115º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ACHING ASHUY Servicio de Administracion Tributaria 10618

VISTO: El Informe Nº 276-2004-OR/MDA de fecha 25 de MORDAZA del 2004, emitido por la Oficina de Rentas, en la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 28 de MORDAZA del 2004; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, de conformidad con el Art. 194º, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades tienen Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Art. 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones respecto a los tributos que administran; Que, la actual Administracion Municipal, conciente de la crisis economica que atraviesa el MORDAZA, ha considerado necesario brindar las facilidades a los contribuyentes del Distrito de Ancon, otorgando un Beneficio de Regularizacion Tributaria, que les permita cumplir con el pago de sus deudas tributarias. De conformidad con las facultades conferidas en la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de aprobacion del Acta y con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo, se aprobo la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN BENEFICIO DE CONDONACION DE REAJUSTES, INTERESES MORATORIOS Y MULTAS TRIBUTARIAS DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS Articulo 1º.- OTORGAR el Beneficio de Regularizacion Tributaria a favor de todos los contribuyentes de la jurisdiccion del Distrito de Ancon, condonandose los intereses moratorios, reajustes y multas tributarias, por concepto de Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales generados hasta el presente ano. Articulo 2º.- Este beneficio tiene alcance a todo contribuyente que se encuentre en cualquier instancia de cobro, para los contribuyentes cuyas deudas tributarias se encuentren en MORDAZA de cobranza coactiva, podran acogerse a la presente Ordenanza, debiendo asumir las costas procesales y/o gastos administrativos que se generaron hasta la fecha de cancelacion Articulo 4º.- El plazo de vigencia del presente Beneficio vencera indefectiblemente el 30 de junio del presente ano. Articulo 5º.- Encargar a la Oficina de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10610

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de empresa especializada en recaudacion tributaria y no tributaria de recursos no presupuestados por empresas de servicios basicos
ACUERDO DE CONCEJO Nº 076-2004-MDA
Ancon, 28 de MORDAZA del 2004 VISTO, el Informe Tecnico Legal Nº 294-2004-OAJ/MDA de la Oficina de Asesoria Juridica y el Informe Nº 2852004-OR/MDA de la Oficina de Rentas y el Informe Nº 2212004-GDU/MDA de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, sobre la necesidad de contratar los servicios de una persona natural o juridica especializada en recaudacion de deudas tributaria y no tributaria de recursos no presupuestados por las empresas de servicios basicos, en la Sesion de Concejo de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el inciso h) del articulo 19º e inciso c) del articulo 20º del TUO de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Establecen Beneficio de Regularizacion Tributaria a favor de contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 026-2004-MDA
Ancon, 28 de MORDAZA de 2004

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.