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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G38/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 5 de junio de 2004 recurso planteado debería resolverse en un lapso de 30 días; Que, siendo esto así, resulta necesario ampliar la vi- gencia del Acuerdo de Concejo Nº 021-2004-MDPP publi-cado el 15-5-04 que declaró prorrogar la situación de ur- gencia por treinta días calendario para la adquisición de Leche Evaporada Entera para evitar su desabastecimiento,que de no ser así, iría en perjuicio directo de los miles de beneficiarios del programa de apoyo social alimentario, entre los cuales se encuentran niños y ancianos en estadode extrema pobreza; Que, el artículo 108º del Reglamento de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aproba-do mediante D.S. Nº 013-2001-PCM determina que la Si- tuación de Urgencia debe entenderse como un hecho de excepción que determina una acción rápida de adquisicióno contratación como medida temporal; Que, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, establece que por situación de urgencia se considera aquella en que la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinados bienes o servicios compro-meta en forma directa la prestación de los servicios esen- ciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando a ésta para la adquisición ocontratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo necesario para llevar a cabo el proceso de selec- ción que corresponda; Que, el artículo 105º del Reglamento de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones del Estado establece que de produ- cirse el supuesto señalado en el artículo 19º del Texto Úni-co Ordenado de la Ley Nº 26850, que determina la necesi- dad de efectuar procesos de adjudicación de Menor Cuan- tía, la entidad hará las adquisiciones o contrataciones me-diante acciones inmediatas sobre la base de la obtención de una cotización que cumpla con los requisitos estableci- dos en las Bases, con autorización expresa del Titular delPliego o de la máxima autoridad administrativa de la enti- dad, según corresponda; Que, en aplicación a lo normado en el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM quese encuentran exonerados de los procesos de Licita- ción Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa las adquisiciones que se realizan en Situación de Ur-gencia declarada de conformidad con la normatividad vigente en materia de contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, establece que las Adquisiciones y Contrataciones aque se refiere el artículo 19º, se realizarán mediante pro- cesos de Adjudicación de Menor cuantía, dicha exonera- ción deberá ser aprobada mediante Acuerdo de ConcejoMunicipal en caso de los Gobiernos Locales; Que, el pleno del Concejo en uso de las facultades con- feridas en el Artículo 9ª de la Ley Orgánica de Municipali-dades Nº 27972, y contando con el Voto por Mayoría de los señores Regidores; SE ACORDÓ: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA, por un plazo de 30 días hábiles para la adqui- sición de Leche Evaporada Entera por la cantidad de 171,450 unidades con cargo a los recursos del Programadel Vaso de Leche. Artículo Segundo.- EXONÉRESE del Proceso de Se- lección correspondiente autorizándose la realización delProceso de Adjudicación de Menor Cuantía a lo precep- tuado por el Artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me-diante el D.S. Nº 013-2001-PCM. Artículo Tercero.- ENCÁRGASE el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Adminis-tración. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 10693MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G72/G65/G69/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G72 /G63/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 267-2004-MSB-A San Borja, 28 de mayo de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 254-2003- MSB-A, de fecha 13 de junio del año 2003, se dejó sinefecto a partir del día 16 de junio la Resolución de Alcaldía Nº 1711-99-CDSB-A, de fecha 10 de setiembre del año 1999, en el extremo que designa al Dr. Flavio Silva Ubaldoen el cargo de Ejecutor Coactivo de esta Municipalidad; Que, el inciso d), del Art. 12º, del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa, señalaque son requisitos para el ingreso a la Carrera Adminis- trativa, presentarse y ser aprobado en el concurso de ad- misión; Que, el Art. 28º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, de fecha 17 de enero del año 1990, señala que el ingreso a la Administración Pública en la condición de servidor decarrera o de servidor contratado para labores de natura- leza permanente se efectúa obligatoriamente mediante con- curso. La incorporación a la Carrera Administrativa serápor el nivel inicial del grupo ocupacional al cual postuló. Es nulo todo acto administrativo que contravenga la presente disposición; Que, respecto a la naturaleza del cargo de Ejecutor Coactivo, resulta de aplicación lo señalado por la Ley Nº 26979 - Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva,que en su Art. 7º, numeral 7.2), señala que tanto el Ejecu- tor como el Auxiliar Coactivo ingresarán como funciona- rios de la entidad a la cual representan y ejercerán su car-go a tiempo completo y dedicación exclusiva, en concor- dancia con lo preceptuado por el Art. 12º del Decreto Le- gislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrati-va y mediante Ley Nº 27204, publicada el 26 de noviembre del año 1999, se precisó de manera inobjetable, que el re- ferido cargo de Ejecutor Coactivo no es un cargo de con-fianza; Que, el Art. 37º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los funcionarios y emplea-dos de las Municipalidades se sujetan al régimen labo- ral general aplicable a la Administración Pública confor- me a Ley; Que, el numeral 202.3 del Art. 202º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que la facultad para declarar la nulidad de oficio de los actosadministrativos prescribe al año, contado a partir de la fe- cha que ha quedado consentido; Que, el numeral 202.4 del Art. 202º de la acotada Ley Nº 27444, señala que en caso de que haya prescri- to el plazo en el numeral anterior, sólo procede deman- dar la nulidad ante el Poder Judicial vía proceso con-tencioso administrativo, siempre que la demanda se interponga dentro de los dos (2) años siguientes a con- tar desde la fecha en que prescribió la facultad paradeclarar la nulidad en sede administrativa, y la Resolu- ción de Alcaldía Nº 1711-99-CDSB-A, de fecha 10 de setiembre del año 1999, al día 16 de junio del año 2003,había adquirido firmeza, en materia administrativa era cosa decidida; Que, el numeral 11.2 del Art. 11º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que la nulidad será conocida y declarada por la autoridad su- perior de quien dictó el acto. Si se tratara de un acto dicta-do por una autoridad que no está sometida a subordina- ción jerárquica, la nulidad se declarará por resolución de la misma autoridad; Que, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Ge- rencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Planeamiento Estratégico, Gerencia de Administración y Finanzas y laJefatura de Recursos Humanos; y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalida-des Nº 27972;