Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2004 (07/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, lunes 7 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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PARTAMENTAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la presente Resolucion. Articulo 4º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 10681

Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 10729

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio del Hospital de Apoyo MORDAZA Auxiliadora
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 245-2004-CG

ORGANISMOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Reincorporan a magistrado como Juez Especializado en lo Penal del MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 175-2004-CNM

MORDAZA, 3 de junio de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 081-2004-CG/SSO, resultante del Examen Especial practicado en el Hospital de Apoyo MORDAZA Auxiliadora, cuyo alcance comprende el ejercicio 2002, incluyendo operaciones posteriores a dicho periodo; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a las facultades contenidas en la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica - Ley Nº 27785, la Contraloria General de la Republica dispuso la realizacion de un Examen Especial al Hospital de Apoyo MORDAZA Auxiliadora, orientado entre otros, a determinar la adecuada utilizacion de los recursos publicos destinados al Hospital; asi como, la eficiente y oportuna prestacion de los servicios que brinda a la poblacion; Que, como resultado del Examen Especial la Comision Auditora ha determinado que funcionarios de direccion de la entidad participaron en la irregular aprobacion de Resoluciones Directorales que inobservaron los requisitos previstos por la normativa del Sector Salud en materia de pago de incentivos laborales, en el caso de la percepcion por concepto de Responsabilidad Directiva; creando ademas un Incentivo Laboral llamado "Productividad - Diferencial", que establece pagos fijos mensuales sin llevar un control del servicio realizado diariamente, permitiendo dichos pagos por los conceptos mencionados, pese a que la escala de incentivos aprobada por el titular de la Unidad Ejecutora no contaba con la conformidad previa de la Alta Direccion del Ministerio de Salud, contraviniendo los lineamientos establecidos para la Asignacion de Incentivos Laborales y Asignacion Extraordinaria de Trabajo Asistencial de dicho Sector, siendo que en dicho contexto, se incluyo como beneficiario a un funcionario no comprendido en la normativa que regula el pago de estos beneficios, generando en su totalidad un perjuicio economico a la entidad ascendente a S/. 613 923,00, configurando la existencia de indicios razonables de la comision del delito de Abuso de Autoridad, previsto y penado en el articulo 376º del Codigo Penal; Que, consecuentemente funcionarios del Hospital MORDAZA Auxiliadora, responsables de la administracion y custodia de los fondos asignados a la entidad, aprobaron el pago de Planillas de incentivos laborales denominados Responsabilidad Directiva y Productividad Diferencial durante el periodo Mar - May.2002 y Mar - Oct.2003, generados por la aplicacion de las Directivas Internas materia de las Resoluciones Directorales observadas en el parrafo precedente en cuya aprobacion tambien participaron, beneficiandose asi mismos y a terceros hasta por un monto de S/.613 923,00, incluyendo a un ex funcionario que aprobo una planilla en la que se considero como beneficiarios a personal que no cumplia con los

MORDAZA, 3 de junio de 2004 VISTO: La resolucion numero cinco, del dieciocho de MORDAZA del presente ano, expedida por el Juez del Quincuagesimo Noveno Juzgado Civil de Lima. CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Constitucional, mediante sentencia del siete de enero de dos mil cuatro, declaro fundada la accion de MORDAZA, seguida por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el Consejo Nacional de la Magistratura, recaida en el expediente numero 29022003-AA/TC; y, en consecuencia inaplicable al demandante el articulo 3º de la Ley numero 27433, y la Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura numero 0372003-PCNM, del diecinueve de MORDAZA de dos mil tres; ordenando su reincorporacion en el cargo de Juez Titular Penal de la Provincial del MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, hoy Distrito Judicial del MORDAZA, recobrando vigencia su titulo de nombramiento; Que, mediante resolucion numero cinco, del dieciocho de MORDAZA del presente ano, el Juez del Quincuagesimo Noveno Juzgado Civil de MORDAZA, requiere se cumpla lo ordenado por dicha sentencia expedida por el Tribunal Constitucional; Que, la plaza del Juzgado Especializado en lo Penal del MORDAZA, Distrito Judicial del MORDAZA, se encuentra sometida a concurso en la Convocatoria Nº 001-2004CNM, por lo que, debe excluirse una de la misma; Que, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en sesion de la fecha, acordo por unanimidad reincorporar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Especializado en lo Penal del MORDAZA, Distrito Judicial del MORDAZA, y excluir una plaza vacante de la Convocatoria Nº 001-2004-CNM; por lo que, en cumplimiento a los acuerdos adoptados y de conformidad con las facultades conferidas por el articulo 37º incisos b) y e) de la Ley numero 26397 - Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Reincorporar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Especializado en lo Penal del MORDAZA, Distrito Judicial del Santa. Segundo.- Excluir una plaza del Juzgado Especializado en lo Penal del MORDAZA, Distrito Judicial del MORDAZA, de la Convocatoria Nº 001-2004-CNM.

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