Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2004 (10/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

Pag. 270136
TITULO IV INFRACCIONES Y SANCIONES

NORMAS LEGALES


MORDAZA, jueves 10 de junio de 2004
INFRACCION SANCIONES % UIT MEDIDAS COMPLEMENTARIAS

CAPITULO I DE LAS SUPERVISIONES DE LOS ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR
Articulo 39º.- Fiscalizacion de los elementos de publicidad exterior.- Los elementos de publicidad exterior autorizados, de conformidad con la presente Ordenanza, estan sujetos a ser verificados por la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA a traves de la Subgerencia de Control de Actividades Economicas, a fin de certificar el cumplimiento de las caracteristicas autorizadas y su mantenimiento, y de ser el caso, imponer las sanciones establecidas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad. Articulo 40º.- Procedimiento sancionador.- El procedimiento sancionador se inicia siempre de oficio, bien por propia iniciativa o como consecuencia de orden superior, peticion motivada de otros organos o entidades o por denuncia, de conformidad con el Regimen de Aplicacion de Sanciones de la Municipalidad vigente, constituyendo autoridad instructora y decisoria la Subgerencia de Control de Actividades Economicas, siendo MORDAZA instancia la Gerencia de Desarrollo Economico. Sin perjuicio de lo MORDAZA senalado, los ciudadanos, en forma individual o colectiva, o a traves de organizaciones representativas, podran formular denuncias por infracciones a esta Ordenanza ante la Municipalidad.
publico de las vias, sobresaliendo a la vereda mas de 25 centimetros de la linea de fachada o paramento del inmueble. 030.05.8 Por instalar elementos de publicidad exterior que esten pintados, dibujados o escritos directamente en las MORDAZA, muros o cercos. Por instalar elementos de publicidad exterior que afecten las condiciones estructurales de los edificios o que puedan comprometer la seguridad de los ocupantes y vecinos o de quienes circulen por la via publica circundante.

50%

RETIRO

50%

RETIRO

030.05.9

1 UIT

RETIRO

030.05.10 Por instalar elementos de publicidad exterior que esten en azoteas o techos, o en retiro de predios destinados a uso MORDAZA ­ habitacion 030.05.11 Por instalar elementos de publicidad exterior que tengan semejanza con senales, simbolos o dispositivos oficiales de control u orientacion del MORDAZA de peatones o de vehiculos. 030.05.12 Por instalar elementos de publicidad exterior que tengan una superficie de exhibicion mayor a los 50.00 m2 por cara. 030.05.13 Por instalar elementos de publicidad exterior que tengan una utilizacion en exceso de emisores intermitentes de luz artificial en cantidad y variedad de MORDAZA que ademas produzcan deslumbramiento. 030.05.14 Por estar colocados en puertas, ventanas, mamparas, cortinas metalicas, ventanas de los pisos superiores y fachadas laterales. 030.05.15 Por instalar elementos de publicidad exterior que MORDAZA de material combustible. 030.05.16 Por instalar elementos de publicidad exterior en areas de dominio publico. 030.05.17 Por instalar elementos de publicidad exterior sobre las bermas y separadores o jardines centrales y laterales. 030.05.18 Por instalar elementos de publicidad exterior en las barandas de puentes vehiculares, semaforos, senalizadores de MORDAZA o de servicio publico, postes de alumbrados publico o de telefono. 030.05.19 Por instalar elementos de publicidad exterior en los inmuebles declarados de valor monumental historico o artistico, incluyendo fachadas y azoteas. 030.05.20 Por instalar elementos de publicidad exterior que no guarden MORDAZA con el entorno y con la edificacion. 030.05.21 Por instalar elementos de publicidad exterior sobre la superficie en areas verdes de los parques, calzada cementos de las vias destinadas a la seguridad de los peatones o vehiculos tales como islas, taludes, plazuelas publicas o cualquier otro lugar de descanso, esparcimiento o recreacion pasiva y demas instalaciones construidas o disenadas con ese fin. 030.05.22 Por instalar elementos de publicidad exterior de proyeccion o variables. 030.05.23 Por instalar elementos de publicidad exterior que formen parte del mobiliario MORDAZA y no hayan sido otorgados bajo la modalidad de concesion. 030.05.24 Por instalar elementos publicitarios exonerados de la obtencion de la autorizacion municipal sin comunicarlo previamente a la municipalidad o sin cumplir las normas tecnicas previstas en esta Ordenanza. 030.05.25 Por instalar toldos sin contar con la autorizacion municipal correspondiente:

1 UIT

RETIRO

50%

RETIRO

CAPITULO II DE LA RESPONSABILIDAD
Articulo 41º.- Responsabilidad.- El propietario del elemento de publicidad exterior que cuenta con autorizacion es responsable ante la Municipalidad por las infracciones o el incumplimiento de las disposiciones de la presente Ordenanza, inclusive en el caso que el elemento publicitario estuviera instalado en propiedad privada.

10 UIT

RETIRO

3 UIT

RETIRO

CAPITULO III DE LAS SANCIONES
Articulo 42º.- Sanciones aplicables a cada infraccion.- Cualquier trasgresion a las disposiciones de la presente Ordenanza, sera sancionada con multa, demolicion y/o retiro, de ser el caso. Las sanciones aplicables a cada infraccion son las siguientes:
Nº INFRACCION SANCIONES % UIT MEDIDAS COMPLEMENTARIAS 030.05.1 Por permitir el propietario del inmueble la instalacion del elemento de publicidad exterior sin autorizacion municipal. Por instalar elementos de publicidad exterior sin autorizacion municipal: a) En propiedad privada. b) En areas de dominio publico. c) MORDAZA paneles especiales. Por instalar elementos de publicidad exterior en forma distinta a la autorizada: a) En propiedad privada. b) MORDAZA paneles especiales. Por instalar elementos de publicidad exterior en predios ubicados en zonas residenciales: a) Con area mayor a 5.00 m2. b) MORDAZA paneles especiales.

1UIT 50 % 1UIT

RETIRO RETIRO RETIRO

1 UIT

RETIRO

1 UIT

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50%

RETIRO

1 UIT

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030.05.2

50% 50% 5 UIT

RETIRO RETIRO RETIRO

50%

RETIRO

030.05.3

50% 5 UIT

RETIRO RETIRO

030.05.4

RETIRO, DESMON1 UIT TAJE Y 10 UIT RETIRO DE MATERIALES

1 UIT 2 UIT

RETIRO RETIRO

030.05.5 030.05.6

Por incumplir la orden de retiro del elemento de publicidad exterior. Por no prestar mantenimiento al elemento de publicidad exterior atentando contra las normas de ornato y seguridad: a) En propiedad privada. b) MORDAZA paneles especiales Por instalar elementos de publicidad exterior, que invadan los aires de las areas de dominio

2 UIT

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2 UIT

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25% 1 UIT

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50%

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030.05.7

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